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Participaciones del usuario Grimbergen

Grimbergen 27/09/13 11:20
Ha respondido al tema Cobran 5 euros por ingresar en bankia
Otro caso: mi anterior casero (Cliente de esa oficina y pasta para aburrir) - Buenos días, quería retirar 400€ - Perdone, pero para operaciones con efectivo con menos de 1000€, las deben hacer en el cajero automático. - En ese caso, retiraré 2000€ - Aquí tiene, muchas gracias, y buenos días. - Es que ahora voy a ingresar 1600€ En otra ocasión, la semana siguiente: retiró 1001€. En otra más, retiró 1001€ e ingresó 501€ Nunca más le dijeron nada. Por cierto, la entidad empieza por BB y acaba por VA (o como sea hoy en día)
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Grimbergen 27/09/13 11:12
Ha respondido al tema Cobran 5 euros por ingresar en bankia
En fin, no se a quién de vosotros contestarle (pero al menos a guille.avz y a Antiladrillo), así que dejo estás ideas y os las vais repartiendo: 1. El banco es una entidad privada, de acuerdo, pero tiene unos clientes (eléctricas, telefónicas, ....) que ofrecen como forma de pago el ingreso en efectivo en sus cuentas, por lo tanto el cobro en efectivo de facturas y los gastos y comisiones que ello genere, se lo tendrán que cobrar a sus clientes (que para algo tienen las comisiones por mantenimiento de cuenta, apunte, ....) y no al incauto que va por allí a ingresar. 2. No puedo si no recordaros que para pagar tasas, multas, etc. existe otro tipo de acuerdo por el que, para entendernos, las entidades "recogen esos pagos" y pasa un tiempo hasta que liquidan con la Administración. Por lo tanto, es su negocio y por otra parte, las Administraciones son clientes de las entidades locales. 3. Añado otra particularidad: la comisión por ingreso en cuenta porque no es la oficina de la cuenta. Para el "no cliente" el mismo razonamiento; y para el "cliente" éste lo es de la entidad, no de la oficina. Por lo tanto, la comisión que se la cobren al cliente (como titular de una cuenta). El que a los pobres pardillos (o al populacho, como yo digo) nos cobren, no depende del conocimiento, si no del conocimi€nto (no es una errata). Además, tasas, sanciones, impuestos,... no son recibos, pero la entidad ya obtiene un beneficio. No te engañes, el banco no está para dar servicio a sus clientes, está para beneficiarse de ellos. Aunque posteo poco, y tengo poca anntigüedad, sí consulto esta web desde hace 4-5 años: quisiera recordaros el caso de un forero que, resumiendo mucho, ante un problema con el día/hora de pagar recibos por caja se abrió una cuenta, ingreso el dinero, cargó el recibo y la canceló en 30 minutos. No podía parar de reirme y me imagino que los de la oficina bancaria anonadados. XDDD (Risas)
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Grimbergen 18/09/13 15:58
Ha respondido al tema Denucia trafico,policia local.
No digo que no sea así. Lo que digo es que tu aportación no se adapta a la consulta de h5wj, en mi opinión. Si tú dejas el coche en la calle sin que esté pintada la señalización horizontal y sólo hay un poste (sin señal) y no hay agente que te lo impida,... entonces no se puede decir que esté prohibido el estacionamiento. Ahora viene un policía y te deja una multa en el parabrisas, ¿cómo se justifica? ¿Porque lo diga el agente que llega? Pues no. Otro ejemplo, tu aparcas y a las dos horas ponen la señal, pintan el paso de peatones, ... Pues tampoco, por mucho que lo digan agente y/o señalización.
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Grimbergen 18/09/13 14:17
Ha respondido al tema Denucia trafico,policia local.
Perdón, compañero forero, pero soy un poco picajoso (pero sin llegar a troll, eh) Dos cosillas, con unas sonrisillas: 1º. Lo que se espera del foro, al menos yo, son comentarios constructivos y que aporten "sustancia" (a favor o en contra). En mi opinión, no has respondido de acuerdo con lo planteado. 2º. Tú examen también vas un poco justi, tanto con el permiso de conducción (si lo tienes), como con la oposición y/o especialización (si también la tienes, lo digo por tu avatar) pues si no hay señalización horizontal, la vertical no existe o está tan deteriorada como dice h5wj, y no hay agente, el fulano no aparcaría en prohibido (aparte de la moral que se nos supone, que hay que ser marido de la cabra para aparcar en zona de minusválidos,... Una sonrisa. Sin ánimo de ofender.
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Grimbergen 18/09/13 13:57
Ha respondido al tema Denucia trafico,policia local.
Si lo que dices es cierto, y "faltaba" la señal en sí misma, podrás recurrirla. Lo que viene a decir phluisma, es que necesitas una prueba para desmontar la "presunción de veracidad del agente", es decir, que lo que el agente diga va a misa, salvo que puedas demostrar que no tenía razón, por eso lo de la foto del lugar,... Según el art 75 del RDL 339/1990 "Las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado". Por lo tanto en el recurso, alegas que la denuncia no es cierta o contiene errores porque no estaba señalizado en modo alguno, ...., y que conforme al art 75 que el agente aporte pruebas además de su declaración. Además aprovechas y pides certificación de la señalización en el lugar, de cuando se instaló la señalización , de su estado de conservación y/o actuaciones para su conservación, fotografía del vehículo presuntamente sancionador, .... Todo ello son pruebas que puedes solicitar para que no se produzca indefensión y que la Administración tiene la obligación de proporcionarte. Si tienes algún testigo, mejor (aunque esto me parece que no vale para mucho). Ojo con los plazos y agótalos hasta el final (la Administración también tiene que cumplir los plazos). Si la multa no te la entregaron en mano, si te la dejaron en el cristal, lo mejor es que esperes a que te llegue a casa la primera notificación (lo que el viento se llevó ...). Te volverán a dar los 20 días para acogerte al "descuento". Pero si la administración no cumple el plazo, o comete errores de localización, matrícula, falta de competencia sobre la vía, ...., te puedes librar. Por si acaso, vas ahorrando algo para pagar 10€/semana. ¡¡¡Buena Suerte!!!
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Grimbergen 13/09/13 12:19
Ha respondido al tema La mejor oferta jamás vista
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Grimbergen 01/06/13 21:05
Ha respondido al tema Vivo de alquiler parte del año y en piso de mi propiedad otra parte, como lo declaro en la renta.
El empadronamiento debe realizarse en el domicilio dónde se viva más tiempo durante el año en el caso de haber más de un domicilio, por lo que su cuñada está incorrectamente empadronada. El domicilio fiscal es aquel en el que puede una persona ser localizada, en concreto, para las personas físicas, el de su residencia habitual. Por lo tanto, lo correcto es que se empadrone en la península y que se deduzca por la vivienda habitual, si es el caso. Lo que no puede hacer es deducirse por todo. No se me ha dado el caso de que no coincidan uno y otro, pero también me parece un poco raro que en la AEAT no te atiendan si no es en la delegación que te corresponde. Por último, comentar que el certificado de empadronamiento es prueba de residencia, por lo que si Hacienda le solicitase demostrar una u otra residencia le bastaría con ese certificado. Podría haber algún problema a la hora de justificar el domicilio habitual en la península aunque puede hacerse con los consumos de los suministros y declaraciones de los vecinos, pero eso no la libraría, por deducirse incorrectamente, de devolver las cantidades deducidas y de la sanción. Las cosas bien hechas, bien hechas están, digo yo.
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Grimbergen 19/04/13 11:22
Ha respondido al tema ¿Caducan las multas de trafico?
Si las fechas que pones son correctas, en algún momento pueden haberse incumplido los plazos administrativos, ya sea en la notificación primera de la sanción o en la respuesta al recurso que hayas interpuesto (a lo bruto, tres mes si es recurso de alzada o uno si es de reposición, pero hay unos días por ahí...) Si alguno de los plazos se han incumplido por la Administración, se les ha pasado el plazo, deberás alegar esta circunstancia e instar la caducidad del procedimiento. Suerte has tenido, pero como dice el compañero delfos, ve con más precaución.. De nada
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Grimbergen 05/12/12 16:42
Ha comentado en el artículo Dos años después de la "huelga" de controladores...
No hay nada como tener razón. Yo también tuve varias discusiones familiares con este tema, incluso uno de mis familiares de muy izquierdas llegó a decirme que si el controlador cobrase 1000€ tenía razón, pero como cobraba 6000€, que no. Por cierto, marcsanchez558, no es que las condiciones de trabajo no fueran buenas, si no que SE LES PROHIBIÓ (por Real Decreto o Decreto Ley, creo recordar) hacer más horas. En mi opinión, lo único que les faltó en aquel entonces es ir a inspección de trabajo, ... Pero ahora resulta que gracias al sr juez de Santiago (para quién no lo recuerde fue el que empezó a ponerse serio contra el contrabandismo de tabaco y droga en las Rías Baixas, por la zona de Cambados - grandes vinos albariños, por cierto) nos enteramos de que había pesonas de baja en los cuadros de turnos, y hasta muertos. Válgame Dios!!! Si hasta creo recordar que se les obligaba a recuperar las horas no trabajadas por baja médica o incluso vacaciones; le decía yo a mi cuñado:" Tienes un accidente el 1 de enero y estás 6 meses de baja, pues los otros seis meses del año a recuperar el tiempo no trabajado.. Para flipar en colores". Por cierto, ¿no ha salido ya la sentencia del Constitucional que avala la actuación del Gobierno? Otros dos apuntes: 1 Art. 102 de la Constitución:Responsabilidad de los miembros del Gobierno La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo. 2 Si no recuerdo mal la prevaricación se regula en los artículos 404 y ss. del Código Penal. Así que, todo el Gobierno (que declaró el Estado de Alarma) y el Congreso de los Diputados, excepto IU y ERC (http://elpais.com/elpais/2010/12/16/actualidad/1292491019_850215.html), que lo respaldó por acción u omisión también deberías ser procesados. Ah, no que son políticos. Aquí lo que hace falta son jueces como Vázquez Taín y Castro (Caso Noos), y no otros que se pongan a ver si Franco está muerto o no .. En fin, País que tenemos ... (Y perdon por el rollazo)
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Grimbergen 03/10/12 12:54
Ha respondido al tema Me penalizan por comprar barato...
Te añado unas sentencias, para que veas un poco por dónde van los tiros: sobre la validez o no del valor que aplica la Administración: Sentencias TSJ Andalucía: http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6294951&links=transmisiones%20patrimoniales%20y%20comprobacion%20valores%20ineficacia%20como%20medio%20de%20comprobacion&optimize=20120306&publicinterface=true y también: http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6030312&links=transmisiones%20patrimoniales%20y%20comprobacion%20valores%20ineficacia%20como%20medio%20de%20comprobacion&optimize=20110630&publicinterface=true y una de Galicia: http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6193957&links=transmisiones%20patrimoniales%20y%20comprobacion%20valores%20ineficacia%20como%20medio%20de%20comprobacion&optimize=20111124&publicinterface=true Si tu caso se adecua al primero o tercero, lo tienes más o menos bien, pero si es el segundo (factores multiplicativos) según la jurisprudencia el valor válido es el de la Administración. En caso desfavorable, tienes varias opciones: pagar ya, solicitar aplazamientos y plazos de pago (con intereses legales) o recurrir y diferir el pago (siempre con intereses). Lo dicho, Paciencia y suerte
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