Toda esa polémica acusatoria en torno al asunto del catálogo Brookman, se sustenta sobre una estéril falacia (algo que aparenta ser verdadero cuando en realidad es falso).
Afinsa podría tener pretensiones de adquirir la propiedad o los derechos, sobre cualquier empresa o editorial de catálogos filatélicos, con el objetivo de editar su propia lista de precios. No existe nada ilegal en ello. De igual modo que El Corte Inglés, por poner un ejemplo, podría interesarse (es solo un supuesto) en adquirir a Carrefour que vende sus artículos más baratos, para vender a sus propios precios más caros, exclusivamente, pero bajo el logotipo o la marca de este. El Corte Inglés compraría con esta operación, a un competidor que tenía más "gancho", para imponer su dominio en el sector o sin llegar a tanto, tratar de convencer o de influir con el fin de trabajar con un único precio común, negociado voluntariamente.
Cosa distinta sería que se adoptaran formas de coacción o de extorsión (con amenazas incluidas), para coartar una decisión consensuada libremente. En tal caso es preciso admitir que esto tendría que ser denunciado y probado, por la parte afectada, inequívocamente. Al parecer (pues no está nada claro), debe ser o se trata de eso de lo que se pretende culpar a Afinsa.
Por lo demás y contemplando la cuestión por otro lado, es necesario asumir que en un sistema capitalista con una economía de libre - mercado, considerar una manipulación de precios como un comportamiento delictivo o incluso peyorativo, no tiene ningún sentido. La libertad para determinar un precio está tipificada en el mismo Código Mercantil o de Comercio y por tanto, se establece desde el propio ordenamiento jurídico.
Todas las empresas intentarán siempre, influir, sobre las fuerzas que determinan la oferta y la demanda entre los distintos agentes del mercado. La libre asignación de los precios está en principio y en teoría, legalmente garantizada. Así, de una forma o de otra, muchas Compañías intentan por diversos medios, imponer su predominio y eliminar esa competencia ideal que debería prevalecer en el mercado. Pueden establecer, para ello, desde pactos para fijar entre ellas los precios, hasta acuerdos de colusión pasando por métodos de compra o absorción, en los mercados financieros, como las OPAS amistosas u hostiles entre empresas cotizadas. Tan solo algunas veces llegan a intervenir las autoridades, puntualmente, cuando se trata de sectores estratégicos o en los que se ofrecen bienes o servicios esenciales a la sociedad y cuyos precios deben ser asequibles para los consumidores. Este es el caso de las Compañías eléctricas o el de las petroleras, cuyas prácticas perjudiciales requieren de cierta regulación a menudo. No obstante, ni siquiera se llegó nunca a intervenir en sectores como el de la construcción o el inmobiliario, importantes igualmente.
Lo que en todo caso, jamás se ha hecho ni nunca a cualquier autoridad judicial o legislador, ni remotamente se le ha ocurrido, es destruir a una empresa y meter a sus directivos en prisión, por manipular sus precios y actuar como lo permite el Derecho o conforme a ello. Tan solo con Afinsa y con Fórum se hizo esa peculiar excepción (alevosamente).