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Emilio44 03/06/24 19:28
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Laura, siento mucho que estés pasando por estos momentos tan difíciles. La espera y la incertidumbre pueden ser extremadamente estresantes y agotadoras. La ansiedad es un enemigo silencioso que, como bien dices, puede seguirnos a pesar de cualquier resolución favorable que podamos recibir. A mí no me deja nunca en paz! Entro en una espiral de ansiedad-depresión que es muy complicada salir y sobrellevarla... muchos días me levanto de la cama y digo... para qué!? Se te van las ilusiones, puras dudas sobre el futuro, me siento como "hombre cojín", ahí estoy nada más, estoy sin estar realmente, porque mi cabeza está en otro lado...una put_ada! Así que puedo llegar a entenderte y seguro que hay muchos en el foro que te entienden más que yo. Pues para eso estamos, para desahogarnos, compartir experiencias, consolarnos, apoyarnos...Hay que cuidar la salud mental tanto o más que la física. Así que no dudes en compartir tus preocupaciones y experiencias. Espero que pronto tengas noticias positivas y que encuentres la tranquilidad que mereces.Un abrazo fuerte y mucho ánimo,Emilio.
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Emilio44 03/06/24 19:18
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Ldl1981, gracias por compartir tu experiencia y las fechas. Es útil tener estas referencias para entender los tiempos que maneja el INSS.Espero que pronto recibas la confirmación oficial tanto en papel como en la web. Es una gran noticia que te hayan dicho por teléfono que está concedida. Felicidades por este avance!Un saludo y que todo siga bien!Emilio.
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Emilio44 03/06/24 19:16
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenas tardes, Lu1975.Entiendo perfectamente por lo que estás pasando y lamento mucho que tengas que pasar por esto. Es normal estar nerviosa antes de un tribunal, especialmente después de todo lo que has vivido desde 2021. Quiero enviarte mucho ánimo y fuerza.Gracias por compartir las fechas de tu expediente con nosotros; seguro que serán de ayuda para otros compañeros en situaciones similares. Espero de corazón que esta vez te toque una persona comprensiva en el tribunal y que todo salga bien.Recuerda que ya has demostrado mucha fortaleza hasta ahora, y estamos aquí para apoyarte. Mucho ánimo para el 21 de junio y cuídate mucho!Un fuerte abrazo,Emilio.
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Emilio44 03/06/24 19:12
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenas tardes, normal no es realmente, pero dadas las circunstancias en las Islas de Gran Canaria y prácticamente toda España, es "normal". La demora es terrible y pueden pasar muchos meses hasta el dictamen final. Intenta estar tranquilo y tener mucha paciencia, no hay de otra! Saludos!
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Emilio44 03/06/24 19:08
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenas tardes Tobbeholm! Tu expediente es un expediente X y todo puede pasar! Que el estudio final y la propuesta de resolución esté antes que el estudio de vida laboral y las cotizaciones tiene guasa! No lo entienden ni ellos! Mucho ánimo, yo creo y pienso que te van a conceder una IP, ojalá mi opinión subjetiva se haga realidad! Saludos y mucha fuerza para aguantar esta tortura! 💪
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Emilio44 02/06/24 19:26
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
En mi caso tengo 3 denuncias y mi abogado siempre me ha hablado de un perito pero pagando (y bastante) para tener más posibilidades... imagino que también depende de las patologías de cada uno, porque en mi caso nombras fibromialgia severa y se cae toda mi historia clínica, porque no nos creen... es sólo un ejemplo. Hasta el año que viene no tengo los juicios, ya se irá viendo... Saludos!
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Emilio44 02/06/24 19:02
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Entiendo perfectamente tu frustración y la de muchas otras personas en situaciones similares (como yo con 4 denegaciones de IP y 3 juicios pendientes contra el INSS y la TGSS). La lucha por el reconocimiento de una incapacidad es un proceso agotador y no se tiene en cuenta adecuadamente la realidad del dolor y las limitaciones diarias. El proceso es complicado y, en ocasiones, desalentador, pero sigue luchando por tus derechos. La clave es la preparación meticulosa, la documentación sólida y, si es posible, el apoyo de un profesional. No estás solo en esta lucha y hay muchas personas que han pasado por lo mismo y han logrado que se reconozcan sus derechos. Mantén la esperanza y sigue adelante con determinación. Mucho ánimo y fuerza! 💪
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Emilio44 02/06/24 16:53
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Sí, se puede sumar el año de servicio militar a los años cotizados. Vamos a desglosarlo paso a paso para que quede claro.Cálculo de Años Cotizados:Años Cotizados por Trabajo: 33.9 años.Años de Incapacidad Permanente (IP): 4 años.Año de Servicio Militar: 1 año.Total de Años Cotizados:33.9 años (trabajo) + 4 años (IP) + 1 año (servicio militar) = 38.9 años cotizados.Consideraciones Adicionales:Servicio Militar o Prestación Social Sustitutoria: Según la normativa vigente, el tiempo del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria puede computarse a efectos de cotización hasta un máximo de 1 año.Periodos Asimilados: Estos periodos asimilados son considerados cotizados, pero es importante verificar que se reconocen adecuadamente en tu vida laboral por la Seguridad Social.Pasos a Seguir:Revisión de Vida Laboral: Asegúrate de que tu informe de vida laboral refleje correctamente todos estos periodos. Puedes solicitarlo a través de la Seguridad Social.Verificación con la Seguridad Social: Consulta directamente con la Seguridad Social para confirmar que estos periodos están correctamente sumados y reconocidos.Documentación: Ten a mano toda la documentación pertinente que acredite el tiempo del servicio militar, así como los periodos de incapacidad.Conclusión:Sí, en teoría, si tienes 33.9 años cotizados por trabajo, 4 años de incapacidad permanente y un año de servicio militar, el total sería 38.9 años cotizados. Verifica siempre con la Seguridad Social para asegurarte de que todos los periodos están correctamente contabilizados y reconocidos en tu historial de cotizaciones.
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Emilio44 02/06/24 16:41
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Entiendo tu preocupación y es importante que tomes en cuenta tanto tu salud como tus opciones para el futuro. Vamos a desglosar un poco tu situación y ver qué podrías hacer:Sobre la incapacidad permanente y el INSS:Documentación Médica:La severidad de tu artrosis facetaria y sus efectos sobre tu capacidad para trabajar son clave. Asegúrate de tener todos los informes médicos detallados y actualizados. Esto incluye diagnósticos, tratamientos, recomendaciones de especialistas, y cualquier evidencia de las limitaciones funcionales que tienes.Tipos de Incapacidad Permanente:Incapacidad Permanente Parcial: Podrías seguir trabajando pero con una reducción de tus capacidades.Incapacidad Permanente Total: Incapacidad para realizar tu trabajo habitual pero posibilidad de hacer otro tipo de trabajo.Incapacidad Permanente Absoluta: Incapacidad para realizar cualquier tipo de trabajo.Gran Invalidez: Necesidad de asistencia para las actividades básicas de la vida diaria.Proceso y Evaluación:La solicitud se presenta ante el INSS. El tribunal médico evaluará tu caso.Los informes médicos son fundamentales. Asegúrate de que todos tus médicos sepan que estás solicitando una incapacidad y te den informes completos y detallados.Factores Considerados:El INSS no solo considera la condición médica sino también la repercusión de esta en tu capacidad para trabajar.La edad, el historial laboral y las posibilidades de rehabilitación o tratamiento también son considerados.Estrategias y Consideraciones:Mantén una Relación Estrecha con tu Médico:Comunica con claridad tu situación y asegúrate de que tus informes médicos reflejen con precisión tus limitaciones y síntomas.Consulta a un Abogado Especializado:Un abogado especializado en incapacidades puede ser muy útil. Puede ayudarte a preparar mejor tu caso y asesorarte sobre cómo proceder.Evalúa el Momento de Solicitar la Incapacidad:Aunque aún puedes trabajar algunas horas, piensa en cómo evolucionará tu condición y cuándo sería el momento más adecuado para presentar la solicitud.Otros Beneficios:Continúa con el subsidio de mayores de 52 años mientras trabajas a tiempo parcial, ya que esto te ofrece una cierta seguridad económica.Conclusión:Dada tu condición y el trabajo físico que realizas, es comprensible que consideres la posibilidad de solicitar una incapacidad permanente en el futuro. La clave será tener una sólida base documental y considerar la ayuda de un profesional especializado para maximizar tus posibilidades de éxito.Sigue con tus tratamientos y recomendaciones médicas, ya que estos también son importantes tanto para tu bienestar como para fortalecer tu caso si decides solicitar la incapacidad. 
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Emilio44 01/06/24 16:34
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
En el caso de que te concedan una Incapacidad Permanente (IP) y no te la quiten hasta la edad de jubilación, la situación sería la siguiente:Cotización durante la IP:Si te conceden una IP a los 60 años con 34,5 años cotizados, esos años con la IP se consideran como cotizados. Así, si mantienes la IP hasta los 65 años, tendrías 34,5 + 5 = 39,5 años cotizados.Edad de Jubilación:La edad legal de jubilación puede ser a los 65 años con el 100% de la base reguladora si alcanzas al menos 38 años y 6 meses cotizados. Dado que en este caso tendrías 39,5 años cotizados, podrías jubilarte a los 65 años con el 100% de la base reguladora.Elección entre Jubilación o IP:Al llegar a los 65 años, podrías elegir entre seguir cobrando la pensión de IP o solicitar la jubilación. Generalmente, en este punto, la pensión de jubilación tiende a ser más beneficiosa, especialmente si se cumplen los requisitos para recibir el 100%.Resumen:Con IP hasta los 65 años:Cotización acumulada: 39,5 años.Edad de jubilación con 100%: 65 años.En conclusión, en tu caso, si te conceden una IP a los 60 años y no te la quitan, podrías optar por la jubilación a los 65 años con el 100% de la base reguladora, ya que superarías los 38 años y 6 meses cotizados necesarios para ello.
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