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Cachilipox 30/12/23 14:54
Ha respondido al tema Presentar declaración de la renta en papel
La sentencia decía lo que decía: Que no existía base "legal", o sea que no era un procedimiento establecido por Ley. Por tanto, en ausencia de una ley tributaria o "ierrepefera" específica que lo regulase, prevalecía la norma con rango de ley general (ley de procedimiento administrativo), que no obliga ni exige ni excluye que se pueda presentar comunicaciones en papel.Lo que han hecho con la ley omnibus (RDL 8/2023) es simplemente darle rango de ley a lo que hasta ahora estaba establecido por rango de mera Orden ministerial (que es un rango normativo muy inferior)O sea, a partir de ahora ya existe base "legal" (= basada en una ley) para poder establecer la exclusividad de la presentación telemática.
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Cachilipox 28/12/23 13:53
Ha respondido al tema Fiscalidad autonómo
Quizás pagues un poquito menos de impuestos, pero no se yo si eso va a significar un ahorro.Hagamos un supuesto:Ganas como autónomo 20.000, y tributas al marginal 43 %, coste = 8.600 €Interpones una sociedad unipersonal, y no haces trampas (que te pueden salir muy caras).Tu SLU gana 20.000, y la sociedad debe tributar ISoc 25 % , coste = 5.000 €Quedan para dividendos 15.000, que te los traspasas a tu bolsillo particular.Entre una cosa y otra, suponiendo que no tengas ninguna otra renta del ahorro, el coste en tu IRPF son 3.030 €Por tanto facturando con SLU interpuesta, el coste en impuestos baja de 8.600 a 8.030.570 € de ahorro (en el mejor escenario)."Casi" un 3 % de ahorro en imposición directa.A partir de ahí, debes contabilizar el mayor coste de gestión de una sociedad frente a un autónomo persona física.
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Cachilipox 27/12/23 23:46
Ha respondido al tema Prestación denegada SEPE
Más que recurrir esa denegación, yo cursaría una nueva solicitud tomando como fecha del hecho causante no el fin del trabajo si no el fin de las vacaciones (que implican pago, cotización y alta en seguridad social).Lo raro es que esa situación ya debería haber salido en el certificado de empresa, y quien te gestionó la primera solicitud debería haberlo visto, y te debería haber advertido ("Mire ud. es que aun no está desempleado. Vuelva ud. mañana")
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Cachilipox 27/12/23 19:54
Ha respondido al tema Prestación denegada SEPE
Te han denegado la prestación por desempleo por la simple y sencilla razón que al momento de la solicitud NO ESTABAS DESEMPLEADO.Según los datos que debieron consultar de la seguridad social, apareces como de alta y a jornada completa.Y claro, estar desempleado y no estar desempleado a la vez es como incompatible.
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Cachilipox 24/12/23 11:06
Ha respondido al tema Pago por venta de vivienda
La fecha de efectos en la que "oficialmente" adquieres la propiedad no es ni la de la venta ni la de la escritura notarial, sino la fecha de fallecimiento de tu padre. No importa lo que tarden en hacerse los papeles. Tu valor de adquisición para determinar la ganancia no es el original de compra años 60 del siglo pasado, sino el valor asignado a la sucesión al fallecimiento de tu padre.Sobre esa fecha (fallecimiento de tu padre), valoración (al momento del hecho causante, no la compra original años 60), porcentaje adquirido, situación habitacional (empadronamiento...), es lo que determinaría cual es la ganancia, si es tu vivienda habitual, si has consolidado fiscalmente ese carácter, si es de aplicación la exención por reinversión.....Me suena algo raro eso de "adelanto" de la futura herencia de tu madre. Esta parte del negocio jurídico es lo que me da que puede generarte algún dolor de cabeza con hacienda.
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Cachilipox 23/12/23 10:31
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
" No se excluía a ningún miembro de la familia por sus ingresos. "Incorrecto.Redactado aun vigente del 275.3 párrafo 2º de la LGSS: "No se considerará a cargo el cónyuge, hijos o menores acogidos, con rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias."Nota: si bien no es de aplicación al subsidio mayores 52 (solo se considera la carencia de rentas propias), es un cambio bastante sustancial para el resto de casuísticas, pues cambia lo de "tener a cargo la familia", por lo de "existir una carga familiar". 
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Cachilipox 23/12/23 09:46
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
Hay una leve mejora en el computo de rentas para el nuevo subsidio.(Nuevos redactados art. 274 y 275 de la LGSS)En el caso de alegar cargas familiares, es criterio alternativo a la carencia de rentas.Se entiende que existen cargas familiares si el conjunto de familia conviviente no obtiene de promedio una renta del 75 % del SMI.Antes, si algún integrante superaba ese umbral, quedaba excluido de cómputo. Ahora se mantendrán todas las personas.Ejemplo: Hasta ahora (subsidios viejos), tu conviviente gana 1.300 €, no entra en el cómputo de carga familiar.Subsidios nuevos: Aunque tu conviviente gane 1.300 €, si tú no tienes ninguna renta, entre ambos dos son 650 €, inferior al 75 % del SMI. Hay carga familiar.Ejemplo:Menor de 45 años, agota prestación. Tiene una renta propia de un piso alquilado, por 900 €. Esta persona NO cumple el criterio de carencia de rentas.Pero convive con otra persona, que tiene un trabajo a tiempo parcial, y gana 600 €.Ambos ingresos juntos resulta un promedio de 750 € por cabeza, inferior al 75 % del SMI.Por tanto, esta persona menor de 45 años al finalizar su prestación tiene acceso al subsidio (en su plazo máximo) por tener cargas familiares.
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Cachilipox 21/12/23 12:52
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
Tengo la duda (razonable) de que sucede (jurídicamente) en caso de meritar prestación por desempleo.Hasta ahora el derecho de opción existía solo en caso de confluencia concurrente de dos prestaciones contributivas. Y según el caso, implica unas cosas u otras.Pero no estaba (ni está) regulado el supuesto de concurrencia entre dos subsidios (dos hechos causantes diferentes). Hasta ahora era innecesario, pues subsidio solo había uno (y su mejora en el plazo indefinido y las sobrecotizaciones). Subsidio era subsidio, y si eras mayor de 52, era el de mayores de 52. Y punto.Pero ahora existirán dos subsidios para mayores, el viejo "chachiguai", y el nuevo "afeitado".Y claro, la normativa (anterior y actual), plantea dos aspectos que pueden devenir conflicto:.- Es necesario el agotamiento de prestación. Por tanto, habiendo derecho devengado a prestación contributiva, no puedes pedir que te reactiven el subsidio. Debes consumir el paro antes de reactivar subsidio..- La suspensión del subsidio por un plazo superior a 12 meses es causa de extinción. Por tanto, si entre trabajo activo + paro obligatorio acumulas 12 meses de suspensión, eso pasa a ser extinción. Extinción del viejo, aunque a la finalización de la prestación tengas nuevo hecho causante, pero claro, ya respecto del nuevo subsidio.
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Cachilipox 20/12/23 23:17
Ha respondido al tema Reforma de subsidios por paro
Dices: " Pero a mí lo que me parece que va a suponer un gran recorte es la compatibilidad de subsidios con el contrato a tiempo parcial. Hasta ahora son compatibles siempre que no se cobren más de 810 euros al mes por tiempo indefinido, pero a partir del 01/06/2024 serán compatibles sólo 180 días, aunque con un mayor importe del subsidio y sin tener en cuenta las rentas.También desaparece la disposición adicional de la Ley 45/2012 que permitía compatibilizar un trabajo a tiempo completo con el subsidio a los mayores de 52 años. "Y sí, en el literal es un recorte, y significativo.Pero...No tengo los datos de cuantos subsidiados además eran cotizantes activos, pero me da que serían una inmensa minoría.Y por una razón muy simple, si acumulabas X meses de cotización activa, y acontecía un fin de contrato involuntario, seguramente tenías devengado un derecho a prestación.Por tanto, momentáneamente te quedas sin subsidio, y no tanto ya por el importe neto cash (que también, una prestación contributiva de un tiempo parcial puede ser sustancialmente inferior al subsidio 100 %), sino por el efecto de "perder" las sobrecotizaciones. Me da a mi que muy muy pocos estaban utilizando esa prerrogativa de simultanear subsidio con trabajo.Los cambios publicados, aunque tengan la forma de recorte (que la tienen, y para alguna persona lo será), más bien denotan la intencionalidad política de buscar el fomento o la propensión hacia una búsqueda activa de empleo, y en caso de lograrlo, penalizar lo mínimo.Nota: A interpretar/elucubrar; si el subsidio viejo permitía compatibilizar indefinidamente, y el subsidio viejo se mantiene en sus términos hasta su agotamiento ¿Se mantiene asimismo esa posibilidad de compatibilizar indefinidamente para los subsidios viejos? 
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Cachilipox 20/12/23 20:56
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
20.000 € contando TODO menos la vivienda en propiedad.....No hablamos de 20.000 en letras de tesoro en el banco de España.....En un escenario de ausencia de trabajo y que te puede caer una cacho derrama en la comunidad, eso es estar a 6-8 meses de la indigencia miserable, o tener que ponerte en modo Pensión Lolita y alquilar "camas calientes".Nota: "Casualmente" el tiempo promedio de resolución del IMV coincide sospechosamente con el tiempo-margen de maniobra que pudiera darte esos umbrales de patrimonio..... Hay "casualidades" que no son nada casuales....
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