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Participaciones del usuario araceli50

araceli50 21/02/23 15:22
Ha respondido al tema Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total
Lo tuyo va estupendo, me alegro mucho, es cuestión de tiempo solamente!! A mi me la denegaron hace un año sin verme porque la solicite yo y como no había terminado el tratamiento me dijeron que siguiera de baja hasta nueva valoración, se abrió expediente en aquel momento y al concluir el punto 3 desapareció el 5 Ahora ya me citaron y pase el EVI el 19 de Enero, tengo 3 puntos concluidos desde el 10 de Febrero manteniendo de momento los 8,  veremos como acaba..
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araceli50 03/02/23 18:00
Ha respondido al tema Cualificada denegada - Incapacidad Permanente Total
Pues básicamente dice que te des de baja en el trabajo que estés de alta ahora porque es incompatible con la cualificada pero también dice que igual se han cruzado y  estés ya dada de baja en la seguridad social y en ese caso si te correspondería
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araceli50 22/01/23 22:33
Ha respondido al tema Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total
No es por llevarte la contraria.. si no para no desinformar a nadie, esta tabla de jubilación es la que se utiliza también para calcular la base reguladora de la IPT por enfermedad común, mira el punto 2 de esto, no lo invento, esta en la del pagina oficial de la S.S.Es obvio que para calcular la base reguladora de cada persona tienen que tener en cuenta los años cotizados, no es lo mismo tener cotizados 15, que 27 o que 35Al principio a mí me pasaba como a tí hasta que me lo explicaron en la S:S:Si la incapacidad deriva de enfermedad común:Trabajador mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.En mi caso con 20 años cotizados más los 7 que me quedan para la edad de jubilación por poner un ejemplo, seria así:Bases cotización de 96 meses= 130.537/112=1.1651.165 X84% (Porcentaje por 27 años de trabajo)= (978,60 Base Reguladora)978,60 X 75%(cualificada)=733,95 esto seria la pensión a cobrar, aparte se sumaria lo de la brecha  de genero y demás subidas de este año y actualizaciones del IPC 
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araceli50 22/01/23 20:26
Ha respondido al tema Incapacidad Permanente Total Cualificada. - Incapacidad Permanente Total
Si, lo se, pero como veo que había dudas sobre donde se aplica la cualificada, es para informar que se aplica sobre la base reguladora y que le sirva también a quien no sabe sacar dicha base reguladora por enfermedad común.Las IPT por accidente o enfermedad profesional se calculan de otra forma diferente
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