Hola Sabéis cuanto tarda al finalizar el punto 6 , cuando le queda para el 7 , y el 8 tengo entendido que es automático una vez cerrado el proceso de dictamen , es así? me podéis ayudar por favor
Esos suelen ser los 8 puntos cuando desaparece el 5, suele al final, denegarse, confían en que muchos no van a llegar al juicio. Y volverán a malas penas a su puesto, si sigue ahí tú puesto. Desestiman muchas incapacidades, que efectivamente las necesitan. Muchas veces te obligan a gastarte un dinero que no tienes.
El punto 5 (en tu listado) no tiene sentido, ya que en el 6 aparece el importe de la pensión, o bién el cobro, a mano alzada, de 40 mensualidades del porcentaje correspondiente de tu Base Reguladora, según IP concedida (Total, Absoluta o Gran Invalidez), en la propuesta de resolución.
Este proceso es el que seguí (como habrás visto anteriormente) en Agosto de 2014 para tener concedida la IPT (régimen RETA), sin opción a regresar al puesto de trabajo, ya que era dueño y se me intervino el permiso profesional de conducir por el informe de sanidad a la DGT) y me ví obligado a vender negocio, por no poder pasar revisión metropolitana (permiso BTP NO APTO).
Etapa 1: Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. Comprobación de requisitos previos.
Etapa 2: Emisión del dictamen médico.
Etapa 3: Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades.
Etapa 4: Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas.
Etapa 5: Estudio final y propuesta de resolución.
Etapa 6: Revisión y confirmación del expediente.
Etapa 7: Firma de la resolución
No se a que te refieres en costar dinero, pero yo, en la consecución de este proceso, no tuve que gastar absolutamente nada. Probablente no he entendido bién a que te referías explícitamente.
Bueno en mi caso costo dinero por qué siempre fui asesorado por un letrado y el perito médico también cobro lo suyo, yo inicie un primer proceso por adelantar,que luego no fue así,pero la ley lo estipula que el particular puede solicitar la incapacidad, este proceso concluyó en juicio desestimatorio para mí, en fin que el INSS tenía que seguir el proceso iniciado de oficio por mi, lo lógico es que hubiese dictado sentencia a mí favor y esto se hubiese acabado ya, ya que mis secuelas son definitivas,no me médico ,ni cabe operación. Respecto al número 5 , dice determinación del importe de la pensión. Y el 6, estudio final y propuesta de resolución. No sé por qué pero suele ser así, y si desaparece la denominación del n 5 dicen que es cuando al final la desestiman. Creo que dices unos números que yo no puse.
Respecto de lo que dices del supuesto de indemnizacion a mano alzada, creo que solo lo dan en la total y hay un baremo y unos supuestos para ese pago, con 57años me correspondería 24meses al 100% de mi cotización, lo que no creo que normalmente a nadie le interese,si no es para montarse un negocio, con sus riesgos, claro. Un saludo.
No, los números los puse yo y simplemente no coincidían con los tuyos, simplemente esto. Me imagino que de 10 años atrás, a ahora, han cambiado algunos protocolos. Sin más.. Un saludo.
Efectivamente es a tanto alzado, no a mano alzada. Me parece que estas confundiendo la Incapacidad Permanente Parcial ( única posibilidad del cobro de un importe en total ), con las 2 posibilidades que te ofrecen en la Resolución de una Incapacidad Permanente Total.
Te paso la Resolución de mi caso para que lo veas con claridad IPT concedida el 13/08/2014 con 48 años de edad.
Lo cuelgo así, graficamente, para evitar confusiones a la gente que tenga dudas. Un saludo.
Si no digo lo contrario,lo que digo es que esto es normal en las incapacidades parciales y alguno se pueda llevar a engaño,ya que es verdad que hay situaciones como la tuya que es así pero que no es algo que se pueda elegir
Comprendo, pero según la edad, así es el importe a tanto alzado, normalmente calculan los años que te quedan para jubilarte y te dan algo menos, si tienes idea de montar un negocio, te puede interesar, si no, creo que mensualmente supone más. Agradezco pongas tu concesión,para saber cómo es. Supongo que te subirían,por qué lo mínimo para la de la total, sin nadie a cargo, creo que pasan de los 500. Un saludo. Por cierto te revisaron al año como ponía en ese papel?
La pensión (sin cónyugue) 532€, en el tramo de menores de 60 años (enfermedad común). Al cumplir los 55 años, solicité el aumento del 20% de la base reguladora (+ revalorizaciones) y enseguida vino la resolución aprobada. 604,19€ de Pensión (Incapacidad Permanente Total Cualificada). En cuanto a la fecha de a partir de un año poder instar a revisión, desde Agosto del 2014 no me han llamado núnca. Al haber una retirada de un permiso profesional de conducir, tener informes médicos (Seguridad Social) conforme mi secuela después de 8 intervenciones quirúrgicas continúa latente, debido a una anquilosis de tobillo y una Dorsiflexión y Flexión Plantar limitada con los grados que especifican las tablas 37 y 38 del Texto Refundido de la Ley de La Seguridad Social, imagino que ellos mismos ya ven que no existe una posible mejoría, con lo cual, cabría la posibilidad de considerar el expediente "cronificado". Para estar tranquilo ante las posibles revisiones, se deben tener los informes médicos el máximo de actuales posible y obviamente estar como mínimo igual, que cuando se concedió la IP. Un saludo.
Me alegro que no te mareen con las revisiones. Yo sigo con el n 1 de la solicitud, imagino que apuraran un poco más. Yo también era conductor, de camiones, y por fin que tenía un buen trabajo, perdí un oído y un equilibrio, hace 17 meses, en la app de la DGT, no figura mi carnet C, lo más B+E y el A. Pasé una revisión médica que aunque no me tocaba, me dieron el no apto, y se lo comunicaron a tráfico. Por lo que con esa perdida, puedo conducir coche con remolque,pero no articulados, que era mi profesión habitual, si llego a ser peón ni de sueños me darían la total. Yo aunque pedí la consolidada, espero que cuando tenga el alta, trabaje de algo y me quiten ese 20%. Agradecido, y espero que te encuentres bien.