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Seguro de vida - Herencia

12 respuestas
Seguro de vida - Herencia
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#1

Seguro de vida - Herencia

Hola, mi nombre es Ruben y tengo una duda importante acerca de un seguro de vida.

Mi padre tiene una empresa junto con un socio. La empresa, con esto de la crisis no va bien, y tiene ya una deuda importante con Hacienda y la Seguridad Social.

Por un lado, mi padre, que no tenia ni dinero ni patrimonio ni nada, fallecio hace 2 meses y claro, en vistas de la deuda de la empresa, yo y mis dos hermanos decidimos hacer un renuncia sobre los derechos a la herencia para curarnos en salud, no vaya a ser que la empresa se vaya a la ruina con las deudas que tiene.

Por otro lado, mi padre tenia contratado un seguro de vida donde los beneficiarios somos los hijos. Mi padre tenia 4 hijos, que somos yo y mis dos hermanos, y aparte un hijo que tuvo con una mujer.

Esta mujer quiere rescatar ese seguro de vida, pero claro, alli le han dixo que para que ella lo cobre en nombre del niño que tenia con mi padre, nosotros, que somos los otros hijos, debemos de cobrarlo tambien.

Mi duda es la siguiente: ese seguro de vida ¿forma parte de la herencia? Si lo cobramos y algun dia la empresa cierra con las deudas que tiene, ¿nos pueden adjudicar esas deudas a partes proporcionales por haber cobrado el seguro?

Muchas gracias de antemano

#2

Re: Seguro de vida - Herencia

Entiendo que el seguro es parte de la herencia.

Vaya chollo para la Aseguradora que se ahorra pagar.

Creo que deberías ir a un profesional cualificado que os busque una formula de como debe cobrar vuestro cuarto hermano y podría ser que incluso vosotros.

Si temeis futuros problemas con la empresa pues mirar una forma de desvincularos de ella totalmente.

#3

Re: Seguro de vida - Herencia

Pues yo, sin ser experto, creo que el seguro no entra dentro de la herencia. De hecho tú puedes nombrar beneficiarios que no sean tus herederos legales. Yo creo que son cosas completamente independientes.

#4

Re: Seguro de vida - Herencia

Bueno, en realidad la clave está en si ha designado beneficiarios expresamente. Si ha puesto como beneficiarios simplemente "a sus herederos", o no los ha designado, el importe del seguro pasa al patrimonio que se reparte en la herencia. Si designa beneficiarios expresamente, entonces no.

Repito que no soy experto y es sólo lo que creo. Lo suyo es consultar a un abogado, o al propio notario que llevó la herencia. O a la propia compañía de seguros.

#5

Re: Seguro de vida - Herencia

Yo no sé si el seguro forma parte de la herencia o no, lo que si sé es que si hay beneficiarios asignados en dicho seguro, esto prevalece ante el testamento a no ser que en el propio testamento el testador, tu difunto padre, en su último testamento cambiase los beneficiarios indicando en el mismo todos los datos de la póliza de seguro, en cuyo caso si que seria válido dicha modificación, pero esto no es nada habitual, posible si, pero poco habitual.

En cualquier caso para vuestra seguriddad juridíca y económica podeis aceptar la herencia a beneficio de inventario, y así salvagauardais totalmente vuestro patrimonio. El "beneficio de inventario" es una figura que mas o menos viene a decir que solo cubrireis los pasivos del difunto (deudas y obligaciones) hasta donde alcancen los activos (bienes y derechos) recibidos, y no añadireis ni un euro de vuestros bienes, no soy abogado y no sé explicarte como va esto legalmente, pero la conclusión y resumen que te haría un abogado sería este, y por cierto en un caso así yo me asesoraría con un jurista, el foro está bien, yo diría que muy bien para dar ideas, abrir caminos que uno puede no conocer, pero ante estas cosas la determinación final debe efectuarse en base a un técnico especialista en testamentarías que no es otro que un abogado que se dedique a esto.

Por último, a efectos meramentes tributarios (impuestos) el seguro de vida forma parte de la herencia a la hora de calcular la "factura" que cobra el fisco, a estos si que les da lo mismo, lo que quieren es cobrar.

#6

Re: Seguro de vida - Herencia

Es un poco lo que se ha dicho ya, si hay beneficiarios expresamente designados, vamos con nombre y apellidos, entonces se puede renunciar a la herencia (o aceptar a beneficio de inventario) y por otro lado cobrar el seguro de vida, está claro en la jurisprudencia y las leyes que el seguro de vida no forma parte de la herencia, por tanto va por otro lado.

Lo que no tengo tan claro, y sin ser experto en temas fiscales, es que a nivel de hacienda vaya por el mismo sitio la herencia y el seguro ya que si entendemos que no forma parte de la herencia (repito si se ha designado beneficiario expreso) y el que lo cobra no es heredero legal para poder acogerse ante hacienda a que eso es una herencia en el sentido que era esa persona heredera, entonces yo,personalmente, creo que sería un incremento de patrimonio no una herencia, y la ley aplicable sería la del irpf, aunque repito no soy experto en el tema, pero si no es herencia como se puede aplicar el impuesto de sucesiones, y si para que sea donación tienen que estar los dos vivos, tampoco el de donaciones, con lo que el que me queda es el incremento de patrimonio por el irpf.

Ya se que lo habitual es que el beneficiario del seguro de vida sea un heredero legal, pero no es tan raro el caso de exmujeres que ya están divorciadas del exmarido y que a éste no se le ocurrió modificar el seguro de vida, y claro esta sras. no serían herederos legales, ya que no es cónjuge ni familia de ningún tipo, y en esos casos es donde me gustaría saber si hacienda te hace declarar por sucesiones (que creo más ventajoso que incremento de patrimonio no?).

#7

Re: Seguro de vida - Herencia

Los seguros de vida en caso de fallecimiento,tributan por el impuesto de sucesiones y donaciones.La prestación de capital por fallecimiento individual,si existen varios beneficiarios,cada uno tributa por separado por su parte de capital.En tu caso, ocurrida la muerte de tu padre,la indemnización no forma parte del caudal hereditario del mismo..Solo en el caso de que no se hubiese designado beneficiario,la prestación se integraria en el patrimonio del fallecido
un saludo