Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Compañías que aseguren viviendas de inquilinos con contenido de propietario

18 respuestas
Compañías que aseguren viviendas de inquilinos con contenido de propietario
Compañías que aseguren viviendas de inquilinos con contenido de propietario
Página
3 / 3
#17

Re: Compañías que aseguren viviendas de inquilinos con contenido de propietario

Lo mismo pienso. La lógica está ahí, pero que lo echan para atrás y ponen todas las pegas imaginables, también te lo digo. Un saludo,

#18

Re: Compañías que aseguren viviendas de inquilinos con contenido de propietario

Gracias a todos

#19

Re: Compañías que aseguren viviendas de inquilinos con contenido de propietario

Normalmente es al revés, uno puede asegurar cualquier cosa en lo que tenga "interés asegurable". De seguros entiendo poco, pero de leyes un poquito más, entonces si el inquilino en su contrato responde por los bienes en alquiler, es obvio que tiene interés asegurable (obligación de garantizar dichos bienes), con lo cual no hay problema, y todas las compañías te lo aceptarán (o casi todas) .... 

El problema es al revés, un propietario que alquila la vivienda asegurando su contenido, si es para todo lo que es de su propiedad, tampoco tiene problema, ya que existe interés asegurable, cubrir lo que le pertenece, de hecho lo sé porque en un piso que tengo alquilado a estudiantes, así está ... sin problema, ahora bien, si pretendo asegurar los ordenadores portátiles de los chavales/as, no hay compañía que lo acepte, bueno aceptarlo si, el problema va a estar si se lo roban, y también lo comprobé, hace unos cuantos años (*), no van a pagar esta indemnización, porque he asegurado algo en lo que no tengo interés, no me pertenece y si se roba no pagarán, porque sería enriquicimiento injusto, cobraría por algo que nunca pagué. El seguro, con una sola excepción (creo) solo indemniza por el valor de lo que pierdes.

(*) También en una vivienda alquilada, hace años entraron a robar, las inquilinas declararon todo, entre otras cosas un par de pendientes, dos anillos, la TV y el vídeo (que esto era de su propiedad), el seguro pago la reparación de la puerta y poca cosa más, lo de propiedad de ellas, ni un euro, y la justificación fue "falta de interés asegurable". Yo que en esto de reclamar voy a saco, no de ahora, sino de siempre, ya quería empezar la oportuna guerra, pero tengo una máxima que dice "no te metas en guerras que no puedas ganar, ya que aun solo entrando en las que si puedes, vas a perder unas cuantas" ... una vez analizado en tema, la conclusión fue "esta guerra no las vas a ganar".

La excepción de indemnizaciones en cuanto al valor que aseguras, son los seguros de vida, el valor que asignes a las coberturas, no es un cálculo de lo que vale una vida, porque no se puede calcular, aseguras lo que crees precisar si faltas, y las compañías lo admiten.