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No renovacion Mediterraneo Vida

4 respuestas
No renovacion Mediterraneo Vida
No renovacion Mediterraneo Vida
#1

No renovacion Mediterraneo Vida

Hola. Este año pienso anular la póliza que me colaron con la hipoteca con mediterraneo vida, pagar casi 800 euros por un seguro que cubre menos capital y tiene mas limitaciones en caso de siniestro que otro que puedo conseguir por colectivo cuya prima es de 240 es una tontería.

El seguro se renueva a primeros de año, y ya mande escrito de no renovación a la dirección de contacto electrónica de la compañía mediterraneo seguros diversos, pero me responden que esa clase de seguros se tienen que gestionar en la oficina bancaria.

Por tanto reenvié esa respuesta y la carta de no renovación a mi asesor según la banca online del Sabadell, y he marcado la domiciliación como no pagar.No he obtenido respuesta alguna de ambas gestiones...

¿He cumplido mi obligación de comunicar la no renovación o no? me queda un mes y medio para poder pasarme por la oficina y asegurarme, pero si no lo hiciera ¿tengo base para decir que ya he comunicado dentro de plazo mi intención de no renovar?.

¿Es de recibo que si el domicilio de la compañía con la que tengo el seguro, es el mismo de a quien le comunique mi intención de no renovar me digan que no lo gestionan ellos y que hay que hacerlo en la oficina del Sabadell?

#2

Re: No renovacion Mediterraneo Vida

Como usuario creo que, para mayor seguridad, te convendría obtener un acuse de recibo de tus gestiones.

Aunque seguramente tengas suficiente prueba con los correos electrónicos que citas, especialmente el acuse de recibo de la cía, yo presentaría una copia en una oficina física de la compañía o bien en la oficina del banco, o en ambos.

Con eso te evitas interpretaciones y problemas posteriores,

#3

Re: No renovacion Mediterraneo Vida

Buenas, yo te recomendaria que te acercases a una Oficina y que le entregases la hoha de no renovación al vencimiento, por duplicado y que te sellasen una de ellas, y te la llevas a casa.

En teoria, lo has comunicado al gestor del banco, y con eso bastaría, pero si puedes quedarte con la hoja firmada mejor.

Respecto a Mediterráneo, en principio sería igual si le comunicas tu intencion de no renovar a tu Mediador de Seguros (CAM Mediacion, ó Sabadell Mediación, no sé como se llamara ahora), que si lo comunicas directamente a tu aseguradora.

Saludos

#4

Re: No renovacion Mediterraneo Vida

Seguramente la aseguradora te remite a tu banco por que el tomador de la póliza colectiva sea esa entidad, seguramente tú lo que tienes es el certificado como que estas asegurado dentro de un colectivo, y para dar de baja a un miembro de ese colectivo lo tiene que solicitar el tomador del seguro.
Es una teoría del por qué te mandan al banco.

#5

Re: No renovacion Mediterraneo Vida

Lo que dice el art. 22 de la ley de Contrato de Seguro, es que tienes que comunicar por escrito la no renovación con dos meses antes del vencimiento (yo entiendo que para seguros de vida no es valido este articulo por cuanto en la parte vida dicen que solo puede anular una de las partes, pero en este caso, que ya lo comunicaste lo vamos a obviar, y tratarlo como si fuera obligado para los seguros de vida también)
Bien, al comunicarte la aseguradora que se tiene que gestionar en el banco, ya te esta acusando recibo de que realizaste la comunicación, con lo cual, si esta se produce en plazo, ya esta informada, y tu obligación es hacerlo a la aseguradora, no a ningún mediador, lo puedes hacer a través de un mediador, pero tienes que comunicarlo a la aseguradora.
Si es un colectivo y tu tienes un certificado de adhesión, exactamente lo mismo que si fueras un tomador, existe suficiente legislación sobre el particular, y mas cuando se trata de colectivos de bancos, cajas, etc,,,,,,
Insisto, no tienes que hacer nada mas que no abonar el seguro si intentan cobrártelo, que lo harán, solo pasa al banco donde tengas domiciliado orden por escrito y sellada de que no lo abones, es tu cuenta, tu dinero y tu das las ordenes, pero aún asi, son capaces de hacerlo, y entonces, ya sabes, devuelves, protestas y reclamas gastos si los hubiere.

INSISTO EN QUE PARA SEGUROS DE VIDA NO ES DE APLICACION EL ART. 22 DE LA LEY 50/80, SINO LA PARGTE ESPECIFICA DE SEGUROS DE VIDA DE DICHA LEY

un abrazo