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Daños esteticos indemnizacion

25 respuestas
Daños esteticos indemnizacion
Daños esteticos indemnizacion
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#17

Re: Daños esteticos indemnizacion

Tengo el cuarto de baño escarnado sin azulejos para arreglar la averia de fuga de agua.
No creo, que lo voy a dejar asi, de estetico el roto, no crees..

No me niego a que me verifiquen los trabajos antes, durante y después de realizados por el personal que designe la Cia. lo que no estoy de acuerdo es en , pagar de mi bolsillo, azulejos , material y mano de obra , para luego al final solicitar y previa concesión de la venia de su Señoria, el importe de los mismos.

No prentendo que me des la razón, como ya te he dicho que en mi dinero mando yo, esta es el arma vital que tenemos los consumidores de seguir o no seguir, y si me cambio de Cia, para un seguro arrastro con todas las Pólizas que tengo,.

Lo mismo estoy equivocado, pero no me caso con nadie.

#18

Re: Daños esteticos indemnizacion

te mando este comentario a ver que te parece.

En la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro artículo dieciocho:

"El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por el conocidas.
Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado."

Fíjate que en el primer párrafo para empezar utiliza la palabra OBLIGADO respecto a la actitud que debe presentar el asegurador respecto de la indemnización. A continuación te dice que tiene que hacerlo "AL TÉRMINO DE LAS INVESTIGACIONES Y PERITACIONES" lo cual, como puedes ver no dice ni mú de que tenga que estar reparado. Para seguir dice que eso se hará "EN CUALQUIER SUPUESTO" es decir, sin excepción, "DENTRO DE LOS CUARENTA DÍAS", es decir, del primero hasta el cuarenta (no el cuarenta y uno...) tras la declaración de siniestro. Al menos deberá indemnizar el importe mínimo conocido que es el importe que a esa fecha se conoce. Como todavía no has incurrido en reparación no se ha devengado IVA por lo que DEBEN liquidarte la base imponible.
Verás que el segundo párrafo se dedica íntegramente a dejar clarito que solo se podrá sustituir la indemnización por la reparación SI TU LO CONSIENTES. Lo cual no cambia que siguen obligados a indemnizar.
Por ello tu eliges a quien quieres que te repare. Ellos pagan lo que seguro que te deben que es la base imponible mediante la firma de un finiquito por el importe mínimo; cuando esté reparado, verifican y acaban de completar el pago con el IVA contra un finiquito total con renuncia expresa a demanda, etc.
Yo de tí, mañana les mandaba un burofax requiriendo el pago del importe mínimo conocido coincidente con la base imponible por cada uno de los siniestros, conforme a lo establecido en el art 18 LCS 50/1980 dado que ha transcurrido el plazo indicado en dicho artículo (si ya han pasado los 40 días, claro). A continuación recuérdales que si exceden dicho plazo deberán pagarte los intereses que regula el art 20 de la misma Ley.

Asimismo puedes recordarles que deben cumplir si o sí con esta Ley puesto que en el art 2º se establece su carácter IMPERATIVO.
("Artículo 2.Las distintas modalidades del contrato de seguro, en defecto de Ley que les sea aplicable, se regirán por la presente Ley, cuyos preceptos tienen carácter imperativo, a no ser que en ellos se disponga otra cosa. No obstante, se entenderán válidas las cláusulas contractuales que sean mas beneficiosas para el asegurado.")

#19

Re: Daños esteticos indemnizacion

Corazón Granaino, parece que descubres America y America ya existe desde mucho tiempo atrás, eso es un copio y pego, te lo escribe y recomienda un profesional del sector de seguros, Seguro que es el mariquita de Acrasol
Y es lo que te estoy diciendo yo desde el primer post, que te dirijas a tu agente, que él se sabe todo esto al dedillo, y que no tienes razón en lo que comentas de Generali ,porque Generali no actúa así, y que te lo digo como agente de Generali, estamos todos los días tratando estos asuntos.
Que vallas al dentista y que te cure y no utilices la cuerda. Seguro que tampoco sabrás como pedirlo sin salir escaldado, utiliza a tu agente y déjate de historias, que para eso estamos.

#20

Re: Daños esteticos indemnizacion

Gracias Paniaguado de Generali, por tus consejos de entrar por el aro, todas las ovejas han de entrar al redil y tu las asesoras, eso si, pagando la prima y tu comisión, porque para ti, el cliente no tiene nunca la razón , porque esta forma no es de actuar de la Cia.

A America no la descubro, pero me resigno a conformarme con lo que te quieran dar.( ASESOR !)

El comentario del dentista te sobra, ASESOR !, tengo la dentura entera postiza con implantes de Titanio, ASESOR !.

Con esto ya termino, la solución pasa y pasará por mi bolsillo, ya sabes aquello de :

PODEROSO CABALLERO ES DON DINERO . , te suena verdad

#21

Re: Daños esteticos indemnizacion

No te iba a contestar, pero como no se puede ser más tonto, entro al trapo.
No soy paniaguado de Generali, soy mediador de seguros, y como tal soy mi propio empresario, y por supuesto no cobramos comisiones a nuestros clientes, ni tampoco cobramos por nuestros servicios de asesoramiento, como es en este tu caso.
Y la razón, para mí como mediador, la tiene quien la debe de tener, y en muchas ocasiones me peleo con Generali por clientes que no tienen la razón.
Mira, menos mal que para algunas cosas no pareces tan tonto, por lo menos consultas a los dentistas y no utilizas la cuerda de la puerta.
Y sigues siendo tan tonto como al principio del post si la solución pasa y pasara por tu bolsillo, ya sabes con tu agente de Generali esto no te pasaría, y en tu caso no es tan poderoso caballero don dinero, a tu agente el que tu tengas cuatro póliza pues como que no, y para Generali ni te cuento.

#22

Re: Daños esteticos indemnizacion

lo iba a dejar aqui, pero me puede lo "listo" que eres, calificando al personal de tontos.
Para ser mediador vas un poco de sobrao por la vida.

El Pais , los "mediadores" como tu y las Compañias como andan en la abundancia en estos momentos les importa poco, o muy poco, los clientes , tu sigue mediando así , que vas de empresario sobrao. Quizá lo que necesita el pais son los "empresarios sobraos" como tu.

Ah , tienes que tener mucho trabajo de empresario mediador para entrar al foro con clientes tan tontos , como tu calificas al personal , ya tus afirmaciones de califican el ranking de empresario que eres.

#23

Re: Daños esteticos indemnizacion

No te confundas, al personal no, a ti en concreto. Tonto por no coger lo que te indican y querer ir por libre, tonto por no entender que, lo que por aquí se te dice es mirando por tus intereses y tonto por pensar que no es gratis y que no tienen intereses ocultos los agentes de seguros. En resumen, tonto.
Y si, por fortuna, tengo la suficiente cartera, como para que los ingresos que tengo me permitan dar un poco de mi tiempo a guiar y aconsejar a la gente de este foro, quizás es que no lo hago tan mal.

Suerte.

#24

Re: Daños esteticos indemnizacion

La garantia de daños esteticos, siempre son por reposición. Si tu no repones y presentas facturas no tienen porque abonarte.
Lo mejor es cambiar lo que tengas que cambiar y pasar la factura. ( Acuerdate de que seguramente tienes un maximo de cpital).
Un Saludo