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Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

22 respuestas
Pagar la cancelacion registral de la hipoteca
Pagar la cancelacion registral de la hipoteca
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#1

Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

Si tuviera que pagarla ¿por cuanto me saldria cancelar el registro de una hipoteca del vendedor de 80000€?

Agradecido

#2

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

300-500 euros

#3

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

¿Entre notario, registro y gestoría? me parece poco, el notario se irá fácil sobre 200, otros 150 de registro, y si no se hace el trámite él mismo, hay que sumar otros 150-200 €, no lo sé exacto pero apuesto más para los 500 que a otra cosa.

#4

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

Buenas tardes:

Hoy ha ido mi madre, mi tradicional "secretaria" bancaria hasta que llegó internet, mas contenta que unas pascuas, a cancelar el resto que me quedaba de prestamo hipotecario. Nuestro director de oficina le ha dicho que yo podía, sin ningún problema, hacer la cancelación registral y ahorrarme la gestoría.

Tengo el certificado de la caja como que no tengo ya ninguna deuda en relación a dicho préstamo hipotecario. Agradecería me expliqueís que pasos tengo que hacer ahora. Es mi primera hipoteca cancelada y no se si primero es la gallina (notario), o el huevo (registro de la propiedad)

Gracias por la ayuda y un saludo.

#5

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

Buenas tardes,

Lo primero es la notaría y una vez el notario de fe de que eso es cierto, lo llevas al registro para que lo inscriban y cancelen la garantía real que grava tu finca.

Ya que tienes esa posibilidad, si yo fuere tú iría a la notaría donde firme de forma más habitual ese director que comentas, ya que la cancelación de hipoteca es una escritura que sólo firman los apoderados del banco, diciendo que ya está sufragada esa deuda.

Cualquier duda me comentas, un saludo, Ricardo.

#6

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

Primero notaría, tienes que ir un notario, te recomiendo uno cercano a la oficina del banco o caja, porque los de la entidad financiera tienen que ir a firmar la cancelación, el notario les convocará a la firma, ellos van firman y se olvidan, eres tu quien tiene que pagar la factura y llevar la escritura a registro, pero si no estás acostumbrado a rellenar papeles tienes un problema, porque hay que presentar una liquidación, que es a cero de impuestos pero hay que presentarla. Es posible que el empleado del registro te ayude con ello, pero no es su obligación, si no quieren rellenar la liquidación no se los puedes exigir.

Ten en cuenta varias cosas, te puedes encontrar con problemas con la entidad financiera, con la excusa de que no van a firmar estas cosas, porque lo tienen centralizado en un notario de Madrid, Barcelona o Sevilla, con lo que si aceptases esto no te vas a ahorrar nada. Hay que entender el porqué algunas entidades centralizan esto, creo que nno es para tocas las pelotas, yo supongo que esto consume tiempo de sus apoderados (director y su segundo) para ir a firmar, y en este tiempo no se factura nada, con lo cual centralizar esto es rentable, porque si lo hacen un día donde meten todas las peticiones de cancelación de españa de las últimas semanas, en una sola mañana acaban con todo el trabajo. Recuerda que es tu derecho elegir el notario, y no te lo pueden exigir ellos, ni notario ni la gestión, porque tendría su lógica cuando se hace la hipoteca, ya que deben asegurarse de su correcta gestión y buen registro de su derecho de hipoteca, pero cuando cancelas ellos no deben resguardarse derecho alguno, porque ya no debes nada, con algunas entidades dicen que hay que ponerse muy pesado con esto de que uno quiera hacerse la gestión él mismo.

Luego algunas entidades cobran comisión por ir a notario a firmar, esto va de opiniones, pero la mía es que si esta comisión que son 100 ó 150 €, no está pactada en la escritura de su momento no la pueden cobrar.

El notario a veces tiene su propia gestoría asociada o asignada para presentar esto al registro, pues tenlo en cuenta, porque te puede ocurrir lo mismo que con las entidades financieras, es cuestión de dejar las cosas claras.

#7

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

Gracias a los dos. El miercolés iré a la Notaría donde firmé la hipoteca, que está dos pisos mas arriba del "centro hipotecario" de mi banco, donde firmé hace siete años y medio justos. De hecho no vino mi entonces, y ahora, director de oficina con el que negocié el tema, sino que vino a la firma el responsable apoderado del citado "centro hipotecario". Lo tenían todo bien engrasado entonces y supongo que ahora tambien. No creo que la gestión con el apoderado no vaya mas allá de llamadita telefónica y..."subes un momento o bajo un momento a firmarme una esctritura de carta de pago...", o incluso que aprovechen que va a firmar una hipoteca para llamarlo un momento y que le firme este tema, a todas luces secundario para ellos.

Déjare estos puntos que me habeís comentado claros, y ya os contaré el proceso tanto si sale todo rodado como si surgen problemillas.

Un saludo.

#8

Re: Pagar la cancelacion registral de la hipoteca

Yo para asegurarme, una vez pactado con tu notario, en lugar de comunicar esto de palabra a tu banco o caja, haría una carta o un mail algo así como:

Banco/Caja Pascual
….

Distinguidos Sres.:

Les comunico/amos que he/mos encargado la escritura de cancelación de la hipoteca tal y pascual, de cuyo certificado de deuda cero adjunto/amos copia a la notaria mengano. Según dicha notaria, se pondrán en contacto con ustedes para acordar fecha y hora de formalización a comodidad de ambas partes (notario y ustedes).

Les informo/amos, por medio de la presente, que mi/nuestra solicitud es únicamente la firma de la cancelación en escritura pública, cuya factura de honorarios liquidare/mos yo/nosotros en la misma notaria en el momento en que me/nos sea solicitada por parte de dicho despacho notarial, y les comunico/amos que mi/nuestra solicitud al banco/caja ……. SOLO COMPRENDE LA FIRMA DE DICHA ESCRITURA DE CANCELACIÓN, NO ESTANDO EL BANCO/CAJA AUTORIZADO A ENCARGAR POR MI/NUESTRA CUENTA GESTIÓN ADICIONAL ALGUNA, como por ejemplo una gestoría subcontratada por el banco/caja …….. ni a la presentación de dicha cancelación ante el registro de la propiedad, gestiones las cuales serán en su momento efectuadas directamente por mi/nosotros, o en su caso, a un tercero de nuestra elección.

Asimismo no están autorizados a retener ninguna provisión de fondos para dicha cancelación, ya que como he/mos indicado anteriormente la factura o prvisión será entregada directamente por mi/nosotros al despacho notarial de D. ……………..

Atentamente,

Sr. Championvlc Sra. (en su caso) Chapionvlc.

¿Qué supone esto? Pues que si por algún error encargasen esto a alguien, al no contar con tu permiso, y quedar constancia de ello, se lo iban a comer con patatas …… yo con un mail remitido a tu gestor bancario, una vez encargado el trabajo a la notaria, ya es constancia suficiente, pero si es una carta por duplicado y te ponen el sello es ya la leche ……. Si haces la carta seguro que no tienes problema alguno, porque les quedan claros tus deseos sin posibilidad de confusión.