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Valor fiscal del inmueble ITP

2 respuestas
Valor fiscal del inmueble ITP
Valor fiscal del inmueble ITP
#1

Valor fiscal del inmueble ITP

Buenos días, 

Me gustaría saber cual es el valor sobre el que debo calcular el ITP a pagar en la compraventa de un inmueble ( Vivienda + garaje ). La situación es la siguiente: nos encontramos en proceso de compraventa de una vivienda + garaje ( cada uno de ellos tiene una escritura diferente, una entrada en el registro para cada , aunque en la firma de la compraventa lo más seguro es que se pongan en la misma escritura). El precio total de la compraventa está fijado en 175000 euros y el valor catastral de la finca y el garaje asciende a los 98000 euros. Para calcular el valor fiscal tengo entendido que debo multiplicar este valor por un coeficiente que está establecido por comunidades. El inmueble está en la provincia de Barcelona (Cerdanyonla del vallés) y por lo que he podido mirar ( con mi escaso conocimiento en este tema ) el coeficiente aquí tiene un valor de 2, ahora la pregunta: ¿Significa esto que el valor sobre el que yo debo calcular el ITP a pagar es 98000 * 2 ? Es decir 196000 que tiene un valor menor que el valor de compraventa ¿Cómo debo comunicar que el valor del ITP se hará sobre esa cantidad en lugar de ser la cantidad de compraventa?. ¿Qué diferencia hay entre valor real, valor fiscal y valor mínimo escriturable? Sé que hay bastantes entradas en el foro sobre este tema y siento si estoy repitiendo una consulta realizada en múltiples ocasiones. 

Pd: el simulador que tiene la generalitat no funciona actualmente https://atc.gencat.cat/es/utilitats/simuladors/simulador-bens-immobles/

Gracias de antemano

#2

Re: Valor fiscal del inmueble ITP

El coeficiente de Cerdanyola es de 1,5 (https://atc.gencat.cat/web/.content/documents/valoracions/icv/2017/icv_2017_coeficientsbarcelona.pdf). Es del año 2017 pero sus efectos, hasta instrucción nueva, sirven para el 2018.

Ese valor tienes que multiplicarlo por el valor que la finca tiene en Catastro (suelo + construcción). Si son 98.000€, el valor fiscal mínimo que hay que poner es 147.000€. Si pones un valor inferior a ese corres riesgo alto de liquidación complementaria, que en la práctica sería pedirte el 10% (que es el impuesto que te toca pagar en Catalunya) de la diferencia entre el valor fiscal mínimo y el que se ha puesto en la escritura, más intereses de demora. Tienen un plazo de 4 años (desde que vence el plazo de un mes para pagar el impuesto) para girarte esa liquidación complementaria.

Si compras por un valor inferior a esos 147.000€ tienes la posibilidad de decirle a la gestoría del banco que quieres liquidar el impuesto por 147.000. Es decir tú comprarías esa vivienda por 135.000€, por ejemplo, pero liquidarías el impuesto como si hubieras comprado por 147.000€.

El valor real es lo que esa cuesta en el mercado mientras que los otros valores son lo mínimo que hay que poner para evitar problemas con Hacienda.

Por eso te comenté que miraras si podías jugar con los valores. Por ejemplo si pagáís por todo 160.000€ (vivienda + garaje) en vez de poner 140.000 para la vivienda y 20.000 para el garaje, podéis ponder 147.000 para la vivienda y 13.000 para el parquing. Con esto al menos la vivienda cumple lo del valor fiscal mínimo. Luego sería cuestión de ver si los 13.000 cubren el valor fiscal mínimo del parquing.

#3

Re: Valor fiscal del inmueble ITP

Muchísimas gracias de nuevo. Muy clara tu explicación
Un saludo