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Tributación herencia proindiviso en vivienda habitual

6 respuestas
Tributación herencia proindiviso en vivienda habitual
Tributación herencia proindiviso en vivienda habitual
#1

Tributación herencia proindiviso en vivienda habitual

Tanto dos familiares como yo somos los únicos copropietarios de una casa que se compone de varias plantas.

Todos vivimos y tenemos como vivienda habitual dicha casa, solo que cada uno ocupa una planta diferente y tenemos diferenciados los suministrados de agua y electricidad con contratos distintos a nombre de cada uno.

Si uno de esos familiares fallece y me deja en herencia su parte de la casa, ¿me podría acoger a la deducción por vivienda habitual? ¿o podrían objetar que aunque ambos tenemos la vivienda habitual en la misma casa al residir en distintas plantas se consideran como viviendas independientes aun pagándose un único recibo de IBI?

#2

Re: Tributación herencia proindiviso en vivienda habitual

Buenos días,  ¿Conseguiste resolver esta duda? Yo me encuentro en un caso parecido. Todo el edifico está a nombre de mi madre, y es una sola unidad. Mi madre quiso arreglarlo, pero el gestor le aconsejo que no, por el tema de la plusvalía municipal, que donde yo vivo es muy alta.

Sin embargo yo esto no lo tengo muy claro. En el testamento mi madre tiene indicado para quien es cada planta, pero a la hora de pagar el impuesto entre los herederos ¿como se sabe el valor de cada planta? (son muy parecidas pero no exactamente iguales? No se si me he explicado muy bien, pero agradecería tu ayuda. Salduos

#3

Re: Tributacion herencia proindiviso en vivienda habitual

De momento nadie me ha resuelto la duda y no es aconsejable hacer la consulta a la consejería de hacienda por si "les das ideas".

Con respecto a la reforma (no se que tipo de reforma tenéis pensado) a quien hay que temer no es a la plusvalía del ayuntamiento, aquí tu enemigo se llama Catastro; te cuento mi experiencia:

La casa que habitamos data del año 1934, y aunque se encuentra en perfecto estado estructural, hay ciertos elementos que acusan el paso de los años; uno de ellos fueron las ventanas y persianas que originalmente eran de madera y se cambiaron por unas nuevas dado el deterioro sufrido despues de tantos años de uso. Así mismo el ascensor ha tenido que ser actualizado para cumplir con la normativa vigente. Tambien se hicieron reformas menores en cuartos de baño y cocinas, algo lógico dada la antigüedad de las instalaciones originales.

Un día recibimos una carta certificada del catastro en la que nos solicitan fotografías de todas las habitaciones, con especial interés en cuartos de baño y cocinas, y de los espacios comunes. Al parecer, existen "observadores", que son colaboradores o empleados del catastro, que se dedican a pasearse por la ciudad tomando nota de edificios con una cierta antigüedad con ventanas y persianas remozadas, y que realizaron un informe de nuestra casa al notar que las ventanas eran demasiado nuevas para la edad del edificio.

Una vez enviada la documentación solicitada al Catastro y pasados unos días, se personaron en nuestro edificio unos inspectores de dicho organismo para hacer una comprobación in situ a consecuencia de la cual el valor catastral del edificio fue aumentado notablemente porque según ellos al haber "mejorado" el ascensor con respecto al original del 1934 y haber actualizado baños, cocinas y ventanas, habíamos aumentado el teórico valor de mercado del edificio, desoyendo que dichas mejoras no eran fruto de un capricho sino de una simple puesta al día por motivos legales (ascensor) y mantenimiento (la cocina, baños y ventanas originales estaban muy deterioradas).

Evidentemente una vez te aumentan el valor catastral aumentan todos los impuestos de dependen de el como seria el caso de la plusvalia si se vendiera o se heredara la vivienda.

Por cierto, el catastro le dio distinto precio a cada planta en funcion de las mejoras realizadas y a que una de ellas tiene balcones, aunque luego el recibo es IBI es único al tener un único número de registro catastral.

 

 

 

 

#4

Re: Tributacion herencia proindiviso en vivienda habitual

Perdona, que haya tardado tanto en contestarte, pero hemos tenido unos problemas familiares y no he estado al caso. Referente a lo que comentas de reformas, nosotros no lo tenemos previsto ya que las casas estan en buen estado. A mi lo que me da miedo es el impuesto de plusvalia municipal, ya que la poblacion en la que vivo es de los más altos de Cataluña, (me lo han dicho en el mismo ayuntamiento) y eso que es una ciudad pequeña y el no tener la bonificacion puede suponer mucho dinero. ¿Al final has sabido algo?

 

#5

Re: Tributacion herencia proindiviso en vivienda habitual

La plusvalía del Ayuntamiento es la única que no varía por esa reforma, puesto que depende del valor del suelo, no de la construcción.

Un saludo

#6

Re: Tributacion herencia proindiviso en vivienda habitual

Buenos días, Estoy en una situación muy parecida, vamos casi igual y el asesor me ha dicho de no hacer la división. Como en su dia, al empadronarnos, nos pensabamos en estas cosas, mi padre está empadronado poniendo numero y primer piso y yo numero y segundo piso. El gestor me ha dicho que cambiemos el empadronamiento quitando los pisos, ya que seria "una pista" más si no aceptaran la bonificación. Ahora bien, ¿Cuando vaya a hacer este cambio de domicilio, no lo veran raro? Y si preguntan, que escusa les damos?

#7

Re: Tributacion herencia proindiviso en vivienda habitual

No tienen por qué preguntar nada, y si lo hacen, no sé, te lo tendrás que inventar o no contestar. No creo sinceramente que piensen nada, y si lo hacen, tampoco creo que te lo digan en ese momento.

Un saludo

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