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¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

8 respuestas
¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?
¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?
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#1

¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

Hola, ante todo felicitar a los administradores de la pagina web; dejando los formalismos os planteo mi caso:compre una vivienda por 129000 euros en el 2004 (aunque se escrituro por 108000) pero con gastos , muebles, etc y una buena tasacion el banco me dio una hipoteca de 169000, y la vendi en el 2008 por 169000 es decir lo que tenia de hipoteca ya que por una carencia mal gestionada el capital estaba intacto;aun no compre casa nueva ya que al cancelar la hipoteca no tengo nada de la ganancia; para hacienda si existe plusvalia por lo que me han dicho ya que lo que me costo (en escritura)+ gastos+incremento anual(que desconozco su nombre real )hasta los 169000 es ganancia aunque no los tenga; despues de mi explicacion la pregunta es :dispongo de dos años por reinversion aun sin tener dinero que reinvertir? y disponiendo de dos años si transcurridos estos no he comprado tengo alguna penalizacion o intereses por demora desde que acabe este ejercicio 2008 aparte del 18% de la ganancia que considere hacienda?
Pido disculpas de antemano por si no me he explicado bien y os doy las gracias por la ayuda que me podais facilitar.
Un saludo

#2

Re: ¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

Primero hay que determinar cuánto es el valor de adquisición de la vivienda, que son los 108.000 euros más los gastos inherentes a la compra: notario, registro e impuestos (los muebles no se incluyen).

La hipoteca solicitada, en parte está destinada a la adquisición de la vivienda (lo que corresponda justo con el importe calculado en el primer párrafo) y en parte está destinada a otros fines. Sólo puedes haber deducido en años pasados lo que se corresponda con adquisición de la vivienda.

Del capital pendiente, en el mismo porcentaje de la hipoteca destinada a adquisición, una parte sigue estando destinada a adquisición de vivienda y otra a otros fines.

Hechas las anteriores aclaraciones empiezo con la exención de la ganancia obtenida en la venta por reinversión en la adquisición de una nueva vivienda habitual. La Ley lo que marca es que si vendo mi vivienda habitual y obtengo una ganancia por dicha venta (precio de venta menos precio de compra actualizado por coeficiente, que en 2008, para inmuebles adquiridos en 2004 es 1,0824), puedo acogerme a la exención de dicha ganancia si reinvierto el 100% del neto de la venta (importe de la venta menos préstamo -sólo lo destinado a adquisición- pendiente de amortizar) a la adquisición de una nueva vivienda habitual, en el plazo de dos años desde la venta. Si reinvierto un porcentaje menor, en ese mismo porcentaje tendré exenta la ganancia.

Ahora, en la declaración de 2008, incluirás la ganancia por esa venta y tienes la opción de acogerte o no acogerte a esa exención por reinversión, comprometiéndote a reinvertir en ese plazo. En caso de acogerte y posteriormente no cumplir los requisitos, deberás de presentar, en el año en el que incumples, una declaración complementaria de este año 2008, y pagar entonces lo que ahora no pagas, más los intereses de demora. Pero no tienes más recargos ni tienes sanciones.

Saludos.

#3

Re: ¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

Hola y gracias por contestar tan rapido, en tu contestacion hablas de reinvertir el 100% de la ganancia equivalente a lo destinado a la adquisicion de la vivienda, estoy de acuerdo pero recuerda que yo no dispongo de capital para reinvertirlo ya que la el dia que la vendi por 169000€ el capital por amortizar pndiente era de 169000€; entiendo que yo aunque compre como no dispongo del dinero fisicamente siempre tendre que pagar;y por ultimo como utlizo el coeficiente actualizado? es decir a los 108000€ de escritura le sumo los gastos de la compra (12000€) y este total le calculo el 1,0824%?
gracias y saludos

#4

Re: ¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

108000+12000=120000.00€ x 1.0824=129888.00€
169000-129888=39112.00€
39112.00x18%=7040.16€

Cantidad a pagar a hacienda 7040.16€

#5

Re: ¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

El cálculo de la ganancia que hace Chaty es correcto, la cantidad a pagar, depende de si puedes trasladar parte del mínimo personal y familiar o alguna reducción para compensar la base del ahorro.

Y te matizo Rmartsil. Lo que tienes que reinvertir es el neto de la venta, el precio obtenido en la venta 169.000, menos el préstamo pendiente de amortizar, pero el préstamo destinado a la compra, que en tu caso, como máximo es 120.000 euros. Los otros 49.000 euros de hipoteca los has empleado para otros fines distintos a la adquisición de vivienda. Por tanto, tienes que reinvertir 49.000 euros para poder acogerte a la exención del 100% de la ganancia.

Saludos.

#6

Re: ¿Que pasa si no compro vivienda pasado dos años?

Muchas gracias por las respuestas, no pude contestaros por estar fuera por trabajo; entiendo que la cantidad que me da Chaty variara segun mis retenciones etc. etc.? y segun lo que me dices tu es que al no tener los 49000 para reinvertir aunque compre casa pagare igualmente ya que a esa compra no aportare nada por lo que no podre acogerme a la exencion?
Gracias a los dos un saludo.

#7

Misma situación: Que pasa si no compro vivienda pasado dos años

Hola de antemano gracias por la ayuda. El caso es que yo tampoco quiero reinvertir el dinero aunque me comprometí a hacerlo en 2 años. Cuál sería la penalización en mi caso?

compré por 149.000 euros
vendí por 154.000 euros
en el momento de la venta (tres años y algo como vivienda habitual) me quedaba por amortizar 91.000 euros.

Muchas gracias

#8

Re: Misma situación: Que pasa si no compro vivienda pasado dos años

Tienes que hacer una declaración complementaria a la del ejercicio en que vendistes tu vivienda. Lo puedes hacer con el programa de ayuda PADRE del ejercicio que te interese. Introduciendo los datos en el apartado G2: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.

Como ayuda a la forma de hacer una declaración complementaria, te puede servir el enlace:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/731585-como-realizar-declaracion-complementaria

Y ten en cuenta que cuanto antes presentes la declaración, menos importe deberás de pagar por intereses de demora.

Saludos.