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Clausula suelo Cataluña Caixa

5 respuestas
Clausula suelo Cataluña Caixa
Clausula suelo Cataluña Caixa
#1

Clausula suelo Cataluña Caixa

hola
al tener clausula suelo en catalunya caixa huce los pasos necesarios: reclamacion SAC etc
el banco de españa me ha dado la razon y hoy he ido hablar con el director y quiere que firme un papel en el que pone que me quita la clausula pero que renuncio a acciones futuras.
en la reclamacion al BDE pedia la eliminacion y la dobolucion del dinero.
la cuestion es que yo tube irph cajas se me canvio a euribor+2 el importe que me queda por pagar son 15000 euros de capital y 750 euros de interes. a que he ido abanzando capital la preguntas son?
firmo? , emprendo acciones judiciales? vlele pena por el dinero que me han cogido mi suelo hera del 3,5.
quiero calcular el dinero cobrado de mas lo han de ahcer ellos? quiero pedir un historial de la hipoteca para calcularlo yo y el director me ha dicho que tiene un coste es verdad? por lo que me queda por pagar vale la pena no firmar y esperarme haber si hay sentencia del supremo ?
gracias de antemano

#2

Re: Clausula suelo Cataluña Caixa

Si firmas, te van a retirar el suelo ha mismo, pero al ser reclamación administrativa, ya sabes que te puedes olvidar de devoluciones de lo pagado hasta ahora.

 

¿firmar o no firmar? esto ya depende de cada uno, lo del pájaro en mano, o las posibilidades ante un tribunal, que hay que recordar que no son matemáticas, aunque ciertamente hay mas sentencias favorables a los clientes que lo contrario (o sea no todas), ahora bien, algunas son con retroactividad y costas a cargo del banco, otras con una cosa y no la otra, etc.

Si decides firmar, ten en cuenta dos temas, para mi importantísimos:

1 - La práctica totalidad de las entidades tienen en su libro de tarifas, una comisión para "modificación de condiciones y/o garantías", por tanto el documento a firmar debe dejar claro que no se aplicará ninguna comisión por la eliminación del suelo.

2 - Debes conseguir que se haga en contrato privado, y si alguna de las partes lo quiere elevar a público (notarial), los gastos serán a cargo de quien lo solicite. 

#3

Re: Clausula suelo Cataluña Caixa

Muchas gracias por tu respuesta. Aún tengo una duda, el banco me puede cobrar por pedir un historial de la hipoteca??

Gracias de nuevo

#4

Re: Clausula suelo Cataluña Caixa

Lo de la comisión de modificación/variación de condiciones ... lo tienes en el epígrafe 8 https://www.catalunyacaixa.com/docsdlv/Portal/Ficheros/Documentos/es/2013e08d.pdf

Comisión por variación de condiciones o garantías (a percibir sólo cuando la solicitud de variación de condiciones provenga del prestatario, sobre el límite del crédito) .....  2,00% Mínimo  300,00
 
Dicha comisión  si es aplicada con el argumento del "libro de tarifas", probablemente en una reclamación se consiguiera su devolución, ahora bien si la misma figura en el contrato hipotecario, y te puedo decir por experiencia profesional en estos asuntos, que hay algunos textos que lo contemplan, ya no tengo tan claro que se consiguera su devolución.
 
En cuanto a lo otro de pedir "historiales", supongo que sería tratado al estilo de "duplicados", que normalmente se piden para temas fiscales, y para ello existe tarifa al efecto .... epígrafe 10:
 
Certificados diversos, duplicados y extractos adicionales ..... 12,00 €
 
y nota 4 en la segunda página. 
 
#5

Re: Clausula suelo Cataluña Caixa

Muchas gracias , me has sido de gran ayuda. Si no me hubieras dicho lo de la comisión de modificación de cláusulas , que en mi caso es un 1,5 del capital pendiente me hubieran engañado de lo lindo.
Muchas gracias

#6

Re: Clausula suelo Cataluña Caixa

No, no ... a ver, no digo que te la vayan a cobrar, de hecho no suele ocurrir, al menos en las cosas que he intervenido a través de la web profesional, sin embargo si está ahí en la tarifa, nada impide que no la puedan aplicar, y cuando uno ya viene de una reclamación larga y "farragosa", solo le faltaría ponerse a empezar otra, que como te indico si no está contemplada en la propia escritura, fácil no lo tendrían para justificar la oposición (alegaciones) a devolverla, no obstante eso, la vuelta a empezar no sería un plato de buen gusto, por ello es bueno que en el contrato a firmar, conste que se ha acordado "no hay comisión ni gasto alguno por dicha modificación de condiciones contractuales".