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Herencia

10 respuestas
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#1

Herencia

Hola,

Haber si me podéis echar una mano.
Mis padres tenían una SL donde la madre poseía el 20% de dicha sociedad y el 80% restante lo dejo para sus hijos siendo usufructuaria de la misma y administradora única de ella la madre.
En esta sociedad existían cuentas de ahorro y las acciones de un 30% de otra sociedad donde hay 3 socios.
La madre ha ido disponiendo el dinero a su antojo y ahora quiere vender las acciones de ese 30%.
Al ser usufructuaria ¿ puede hacer lo que quiera sin notificar a todos los herederos favoreciendo a unos y desfavoreciendo a otros?
Por la mala gestión que hace ¿Si en la sociedad cuando muera deja deudas heredaremos las deudas ya que en su día aceptamos la herencia y ella se quedo como usufructuaría?
Haber si me pueden echar una mano.
Gracias

#2

Re: Herencia

Como administradora única de la SL puede gestionar su patrimonio (el de la SL). Otra cosa es que haga una administración desleal, lo cual pudiera constituir un delito.
En todo caso, los nudoproietarios de ese 80% podrían cesarla en su nombramiento como administradora única.
Los socios no responden de las deudas de la sociedad más que con su parte de capital, por eso es SL.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Herencia

Pero seguira siendo usufructuaria por lo que podra seguir haciendo lo que hace hasta ahora. Faborecer unos por delante de otros.

#4

Re: Herencia

Salvo que los estatutos de la sociedad establezcan otra cosa, el usufructuario sólo tiene derecho a los dividendos, correspondiendo a los nudo propietarios todos los demás derechos del socio. Por tanto, los demás socios, teniendo el 80% de la nuda propiedad, pueden decidir, en junta de socios, el cese de la administradora única y el nombramiento de otro, con lo cual ya no podrá seguir gestionando el patrimonio social.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Herencia

Es que ella dice que ella puede vender las acciones y seguir disfrutando del dinero como ella quiere, porque es administradora única y usufructuaria, de los cuatro hijos dos están de acuerdo porque ellos son los favorecidos ¿ No podemos hacer nada los dos hijos desfavorecidos ?
Es que nos dejará sin nada.

#6

Re: Herencia

Ella puede administrar la sociedad mientras sea la administradora única. Eso sí debe hacerlo lealmente, sin provocar perjudicarla.
Los dos hijos supuestamente desfavorecidos podríais hacer cosas dependiendo de cuál sea vuestro porcentaje del capital.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Herencia

Somos propietarios del 40% entre los dos,20% cada uno. ¿Que podriamos hacer?
Gracias

#8

Re: Herencia

Aparte del control que podáis hacer mediante el examen de las cuentas anuales y su contabilidad, podéis pedir al Registro Mercantil que nombre un auditor que examine las cuentas del ejercicio. Eso sí, lo tenéis que solicitar antes de tres meses del cierre de ejercicio. O sea, si el ejercicio termina el 31-12 que es lo normal, lo tenéis que solicitar antes del 31 de marzo.
Creo que esto os podría despejar muchas dudas en cuanto a la gestión de la sociedad.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

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