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Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

22 respuestas
Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?
Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?
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#9

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Un juez, en una ocasión, me explicó la "Teoría de la compartimentación de la justicia"... eso significa que como muy bien apuntas, el principal problema es conseguir que dicha justicia analice el desarrollo de los hechos tal y como ocurrieron y no se limite a analizar una sola de las partes. También se puede usar dicha "Compartimentación" con objeto de atascar el proceso.

Por lo que me enseño ese juez, la verdad es que se portó..., la cuestión es partir de un punto claro, como muy bien tu apuntas, por ejemplo el cobro de la comisión ilegal, hecho concreto y puntual y cuando se admita a trámite... darle todo la documentación, con lo que se vera obligado a tomar en cuenta todo el proceso y si hace eso.... al menos para mi, esta claro, que es estafa puesto que hay whatsapp, emails, grabaciones... es decir, estimo que bastante documentados.

Disiento de ti, si me lo permites; por supuesto un foro no va a defenderme, pero sí que me pueden dar ideas, intento que las personas me den diferentes puntos de vista, quizás surja alguna idea de enfoque con respecto a la defensa y sobre todo... poner sobreaviso con este medio limitado a otras personas para que no caigan en la misma trampa.

Si voy por lo mercantil, me da la sensación que no conseguiré parar el proceso de ejecución y ya no nos falta mucho para reabrir las instalaciones... no sólo por ello, sino que ademas pienso que es un tema penal ademas de mercantil como bien dices, por supuesto.

Muchas gracias por la atención que me has prestado.

#10

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Claro que puedo demostrarlo documentalmente, la escritura lo dice muy claro y el director me hizo firmar en un documento con membrete de la entidad, después tengo whatsapp del asesor en donde comenta que el director se ha quedado con mas comisión que el. Por tanto, como he dicho a tu compañero de foro, es un buen punto de partida.

No, eso es precisamente una de las razones por las que puse el tema: estáis equivocados o al menos es lo que me ha comentado un perito tasador judicial inmobiliario. No existe mas que un tipo de tasación. Se tasa una propiedad, una referencia registral y catastral. No se tasa "Volumen de negocio". Ese fue mi error. Cuando miras la segunda tasación, aunque pone en el objeto "Explotación", el técnico valora los metros cuadrados del negocio, con lo cual, por lo que sé hasta ahora, el banco considera que ha hipotecado la propiedad entera. Es la trampa. Yo caí porque me pidieron los balances y demás detalles de la explotación. Me lo creí como idiota. Ahora descubro que todo es diferente.

Las tasaciones se realizan conforme a la norma ECO 805/2003 y si la leéis... hay diferentes métodos de tasar una propiedad, comparación... etc. Se puede discernir en base a que método es el idóneo para realizar la valoración, pero al final... hipotecas una propiedad. Si esa valoración se hace desde un punto de vista parcial, irreal, subjetivo... la consecuencia es que arriesgareis vuestro patrimonio de manera tonta como yo hice.

Yo, inocente de mi, pensé, bueno... si han tasado la explotación, sólo podrán embargar la explotación. Pues no.

Si lo hubiera sabido... ¿Le hubiera dado la copia de dicha tasación?. Nunca. El negocio funcionaba incluso en crisis, reformábamos porque el buen hacer de todos los empleados y mio propio indicaba que podíamos aumentar el volumen de facturación. ¿Para que arriesgar todo de esa manera?, ¿Hubiéramos seguido como estábamos?.

¿Podrías decirme tu punto de vista acerca de la posibilidad de poner en conocimiento del ICO de todos estos hechos?

Hay dos formas de detener y si no ganamos al equipo de juristas del banco... al menos ganar tiempo para reabrir y pagar que es lo que siempre quisimos. La principal es conseguir interponer un proceso penal. La segunda, realizar un concurso de acreedores.

Muchísimas gracias por tu aportación.

#11

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Probablemente tengas base para una demanda penal, pero recuerda que nuestro sistema judicial es extremadamente proteccionista, con lo cual las garantías son para el acusado, entonces evalúa con tu abogado si es más fácil por la vía civil. 

#12

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Incluso años después de firmar un ICO puede ese organismo auditar la operación y te aseguro que no son hermanitas de la , caridad pidiendo documentación y justificantes. Pero no sé si sólo actúan motu proprio o hay manera de pedir que lo hagan.

Lo normal es que esa operación esté niquelada, o sea, que todo esté correcto. Tendrías que dirigirte al organismo para pedirlo pero desconozco la vía. http://www.ico.es/web/ico/faqs

¿Tasar el negocio?  Poder, puede hacerse. ¿Qué ocurre? Que se usa más, creo yo, para valorar cuanto vale la empresa cara a una venta. En una operación mercantil (bueno, en todas) hay que evaluar lo que vale la garantía por un lado y la capacidad de devolución d ela deuda por otro. Sin ver esa valoración que te hicieron con detalle no me atrevo a pronunciarme pero te dejo unos ejemplos de valoración de negocios y su finalidad; uno de ellos está en la página de Valmesa (conocida y reconocida entidad tasadora) y ahí sí se habla de valorar la posible generación de recursos de una empresa:

http://www.valmesa.com/servicios_empresas.asp

http://www.gestiopolis.com/canales/financiera/articulos/55/quierovender1.htm

http://profesores.ie.edu/fllubian/documentos/trampas_en_valoracion_de_negocios.pdf

En cuanto al tema civil vs penal, no opino pero, personalmente, me fío muy mucho de las apreciaciones de W. Petersen. En todo caso, busca un abogado bueno por que si dispones de pruebas sobre la actuación de esas personas es posible que haya una solución para este embrollo. Ojo, digo personas y no entidades por que sigo convencido que se trata de actuaciones personales y que ninguna entidad financiera se mete en esos embolados; también lo digo por que una de las dos entidades que pienso que podrían estar en el ajo ha tenido problemas con empleados que han chanchulleado en temas de hipotecas e inmuebles...la auditoría interna destapó varios casos donde yo vivo y los despidos (y creo que acciones legales posteriores) fueron fulminantes.

Saludos

#13

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Yo me dio mucho de lo que me decís. Por eso sigo. La cuestión es que... por lo que veo, según lo que me expresas en tu comentario, yo no estaba equivocado en que era una tasación de volumen de negocio... Vaya desmadre con las tasadoras, cada una dice lo mismo.

En cuanto a Valmesa y Tinsa ya las contacte, cada una me dijo una cosa y no estoy en condiciones de volver a pedir otra tasación, por lo que si quiere... que lo haga el juez con quien él confié. Os he preparado unas captura de pantalla y si no es mucho pediros... me gustaría que me dierais vuestra opinión acerca de lo que se tasa en esa tasación. Para mi esta claro... pero hable con un perito judicial en otro foro y me dijo que se tasa lo que hay, es decir, lo que existe físicamente, que no existían ese tipo de tasaciones, de ahí mis afirmaciones.

Asi que investigare; me he leído la ley y no me queda claro. Esta claro que se necesita un profesional, pero antes, debería saber en donde debo hacer hincapié...

Mirando con lupa la escritura... ya imagino porque limitaron la operación a ese importe de 400.000€. No era el ICO. Era que los apoderados que iban a firmarla, tenían poderes por importe máximo de 450.000. Curioso, ¿verdad?.

¿Os fiais del servicio al cliente de las entidades?. Todo lo que he leído habla fatal. Incluso del servicio de reclamaciones del Banco de España.

Gracias por enseñarme. Mirare los links y os tendré al tanto...

Hummm Vaya link me has pasado!!... no he encontrado nada asi. Lo guardare para el abogado.

#14

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Si el banco va a usar, como es lógico el documento firmado ante notario, lleno de imprecisiones, curiosamente, y se le da validez de prueba a ese documento, por la misma razón ha de dar validez al documento de la comisión firmado por el director con membrete de la entidad. Al menos es mi punto de vista.

Como le he dicho al compañero, os he tomado unas capturas de pantalla por si pudierais darme vuestra opinión acerca de lo que se tasa. Ahora solo me queda averiguar como colgaros esas imágenes.

Gracias por tu paciencia y atención, de verdad muy agradecido.

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Ahhh! se me olvidaba deciros, y para colmo... tengo emails del director en donde me exige que pague deudas que no pertenecen a la empresa a la que se dio la operación.

#16

Re: Y si en vez de sobretasar, el banco infratasa. ¿Qué ocurre?

Que tontería... pues claro que si. Faltaría mas.