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Duda sobre cláusula contrato alquiler.

14 respuestas
Duda sobre cláusula contrato alquiler.
Duda sobre cláusula contrato alquiler.
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#1

Duda sobre cláusula contrato alquiler.

Buenos días, esta mañana mi futura casera me ha pasado el contrato para que le eche un vistazo antes de firmarlo y me he encontrado con la siguiente cláusula:

"El plazo de duración del presente contrato es de TRES AÑOS, y comenzará a regir en el día de la fecha del mismo. Transcurridos los primeros 12 meses del presente contrato, y no antes, el arrendatario podrá rescindirlo avisando a la propiedad con un mes de antelación, sin que ello sea causa de penalización alguna."

Total, que si me voy antes de 1 año, ni con preaviso de un mes ni nada, he de pagar los 12 meses. ¿Es ésto legal? En ninguno de los contratos de alquiler que he firmado hasta la fecha me había encontrado con algo así, siempre he firmado contratos de 1 año con el mes de preaviso para dejar la vivienda desde el principio.

Gracias y saludos.

#2

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

Es una clausula perfectamente posible. Otras veces se establece que si te vas antes de un determinado periodo (tres años, por ejemplo), tienes una penalización equivalente a la fianza.

Al arrendador no le interesa volver a colocar en el mercado el piso en poco tiempo. Dejas de cobrar una renta, tiempo dedicado a los anuncios y visitas... Y a ti, si es para servir de vivienda habitual permanente, no debería ser un problema.

Como todo, es negociable. Y si no te convence, pues habrán otras viviendas y otros caseros.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

¿Y qué texto alternativo se podría proponer para no obligarme a pagar el año entero si tuviera que irme antes? Me gustaría obtener ayuda para negociar esa cláusula sin quedarme tan desprotegida.

#4

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

no será mejor q busques otra cosa
es legal, y si a mi me vinieses con esas, ya sospecharia q no vas a quedarte ni siquiere un año, por lo que prefiriria seguir buscando inquilino

la costumbre suele ser en algunso sitios q se quedan con la fianza, si te vas antes del primer año, aúnque lo legal es poder reclamar todo lo que dejan de perder por el incumplimiento del contrato

saludos

#5

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

Ya que eres tan agudo para sospechar, podrías sospechar sin ser necesaria mucha agudeza que las cosas están muy jodidas y que es normal que alguien tenga miedo a la previsión de que dejar un piso para buscarse la vida en otro sitio le cueste un millón de pesetas. Puede que sea mejor buscarme un cajero con vistas mientras alguien viene a pagarle la hipoteca del chalet a mi casera. He estado 2 años pagando 800 euros de alquiler puntualmente y manteniendo el piso en perfectas condiciones, así que quizá no sabes tanto de la psique humana. De todos modos, gracias por responder.

#6

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

soy casero y soy inquilino, con lo que conozco la "psique" de ambos roles.

como casero me tengo q preocupar de mi inversión, pero no tengo q buscar explicaciones,la cuestión es que existe el riego de quedar tirado con el piso y quizás en una época con menor movimiento de alquileres

por cierto pagar el alquiler y mantener el piso, viene también en el contrato, y es otra de las obligaciones q tenemos los inquilinos

si bien, cuando eso sucede puntualmente se valora

saludos

#7

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

Puede ser razonable cambiar esta cláusula por la del mes por año pendiente.

Está establecida por ley, pero para contratos de duración superior a cinco años. Pero nada impide que se pacte en contratos de duración menor.

Obliga a un preaviso de 30 días, y a pagar una indemnización equivalente a una mensualidad por cada año (o parte proporcional) que queden pendiente del periodo pactado en contrato.

O como alternativa, que ya que te obligan a un periodo mínimo de permanencia, que en caso de necesidad de desplazarte, puedas libremente subarrendar la vivienda por el periodo pendiente.
Así, la propiedad mantienen vigente y cobrante el alquiler, y tú como inquilina cobrarás un subarriendo que te permitirá pagar la renta del arriendo.

En este segundo caso el lío de buscar nuevo inquilino lo asumes tú. Y puede ser farragoso. Eso es precisamente lo que la propiedad quiere evitar.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: Duda sobre cláusula contrato alquiler.

Primero que tengo mis dudas de que eso sea legal. Habría que ver que dice la LAU. y si eso se puede pactar libremente. Cabe recordar que uno en un contrato puede poner misa cantada pero que, por encima del contrato está la LAU que no puede ir en contra de ella.

Dicho esto, tampoco me iba a meter en complicaciones. Creo justo que el propietario tenga alguna garantía de que no te vas a ir, aunque creo que cobrar el año entero es cuando menos una sinvergonzonería. Soluciones:

Yo por lo pronto nunca firmaría eso. Propuestas:

a) Negociar 1 mes de indemnización si te marchas antes de los 12 meses. Para ello comentar que igual por temas de trabajo o por enfermedad o por vete a saber tienes que irte (1% de posibilidades) y que pese a que tu idea es quedarte ese tiempo podría pasar algo y no puedes estar hipotecada con 12 mensualidades.

b) Firmar esa cláusula PERO diciendo que quedaría sin efecto en caso de que estés en el paro, o en caso de que te trasladen de lugar de trabajo. Igualmente en caso de enfermedad o algo así. Es decir, cubrirte los supuestos por los que tendrías que marcharte.

Un casero sensato eso debe entenderlo y más en los tiempos que corren. De lo contrario y si se cierra en el asunto vete a otro sitio. Pisos hay más que perros descalzos.

Método, disciplina y tiempo