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Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

8 respuestas
Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad
Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad
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#1

Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

Hola, resulta que quería cambiar la titularidad de una casa que está a nombre de mis abuelos(ya fallecidos) y ponerla a mi nombre y el de mi hermano, que somos los herederos (ya se ha liquidado el impuesto de sucesiones y desde hace varios años la ponemos en nuestras declaraciones).
Como no sabía exactamente los papeles y pasos a seguir, mandé a mi hermano, que vive cerca del Registro, a que preguntara y se informara, ya que imagino que es una consulta bastante habitual. Supongo que también podía haber preguntado a mi abogado habitual o consultado en internet.
El caso es que quien le atendió en el Registro (un chico joven) no se dignó a darle la información y le dijo que ellos no estaban para resolver dudas, más o menos dándole a entender que para eso estaban los abogados y gestoras.
¿Es correcta esa actitud? Yo pensaba que los Notarios y Registradores se hallan obligados a prestar asistencia jurídica gratuita en los asuntos de su incumbencia, ya que para eso desempeñan una función pública.

#3

Re: Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

Dudo que te atendiera el "Registrador". Te atendería uno de su oficina (oficiales), que en el más puro estilo de los bancarios que no banqueros sienten que tienen la venia para darse aires de superioridad (de hecho muchos de sus "consejos"...)
Un saludo

#4

Re: Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

Hola,

Mi experiencia es diametralmente opuesta a la tuya... Cuando recibí la documentación por parte del banco de todo el papeleo hecho con mi hipoteca, me encontré con varias cosas raras, muchas de ellas relacionadas con el registro.

Llamé por teléfono al registro correspondiente y fueron de lo más amables, contestando a todas mis dudas y mirando la situación en la que estaba todo al día de la fecha.

Me quedé alucinada y muy agradecida, tanto por evitarme un desplazamiento como por evitarme solicitar y pagar notas registrales actualizadas.

Supongo que, como en todas partes, depende de con quién des...

Un saludo

#5

Re: Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

Los Registradores no están para resolver cuestiones jurídicas de caracter general; en todo caso, te podrán resolver las cuestiones estrictamente relativas a la inscripción en el Registro de algún documento.
Para otras cuestiones legales hay que ir a un Abogado, que son los que pagan el IAE por esa actividad.

#6

Re: Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

Gracias a los que habéis respondido.
Sin embargo, lo que quería saber específicamente es si en el Registro (no el propio registrador necesariamente también sus empleados) están o no obligados a informar de los pasos a seguir para hacer una gestión que les atañe directamente.
No se trata del caso de un banco, en el que si te atienden mal siempre puedes ir a otro, por el Registro tienes que pasar a la fuerza y además por el específico que corresponda a la finca.
Tampoco quiero depender de la buena voluntad o amabilidad del empleado de turno, lo que querría saber es si tengo derecho a que se me dé esa información de forma gratuita. Parece lógico pensar que así es, por eso me sorprendió lo ocurrido.
Saludos

#7

Re: Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

A continuación pongo lo que dice la ley de administraciones publicas respecto en su apartado G)

Artículo 35. Derechos de los ciudadanos.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:

A) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.

B) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

C) A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.

D) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico.

E) A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

F) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.

G) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

H) Al acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos previstos en la Constitución y en ésta u otras Leyes.

I) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
J) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.

K) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las Leyes.

Hazle una copia y se lo llevas al registrador, si aun asi pasan de ti pon una reclamación.

#8

Re: Consulta sobre el papel de los registradores de la propiedad

Gracias Negociante, parece que el G cubre este caso. Pensaba que a lo mejor me podían decir que ellos no son administración pública pero consultando un poco he descubierto que notarios y registradores son funcionarios, que no lo sabía.