Carta del Fondo OJO AL DATO
Recibida hoy carta del FGD (texto literal entrecomillado)
Dice textualmente que “el saldo de C/C a la vista se transferirá de inmediato” y que “para el resto en imposiciones a plazo se transferirá en la fecha de vencimiento de dichas imposiciones de acuerdo con las condiciones contractuales”
Es decir lo que nos temíamos:
Los que pudieran tener algo c/c (seguramente pocos y con cantidades poco elevadas) lo recuperarán
Los de imposiciones a plazo y a corto no tardarán...
Los de los depósitos a 5 años, BUENO YA SABEN y sin intereses en ningún caso y recibiendo un importe devaluado por el alza del coste de la vida y la inflación.
VAMOS A VER...
En el mismo escrito se dice que el FGD garantiza hasta 20000 Euros por depositante, “cualesquiera que sea el número y clase de depósitos en los que figure como titular” NO SE HABLA PUES DE PLAZOS NI TIEMPO
Dice que “es deseo del FGD iniciar de forma inmediata el pago de los depósitos asegurados, hasta el límite antes citado, con el ánimo de paliar los efectos que, en especial para el pequeño ahorrador, supone ver inmovilizados sus depósitos como consecuencia de la situación de la entidad bancaria”
¿NO SE CONTRADICE ESTO?
SI EL BDE ha dictado resolución, si Eurobank está admitida su suspensión y si la normativa establece un plazo de 3 meses... A DEVOLVER LA TOTALIDAD HASTA EL LIMITE IPSO FACTO
Los contratos con esa entidad no tienen ya validez alguna para el FGD en cuanto a plazos de tiempo imposibles de cumplir...
ADEMAS, ¿entonces para que precisamos ese FGD que paga cuando le conviene? en ese plazo de casi cinco años que restan de vida a muchos depósitos igual hasta se resuelve el proceso de suspensión o quiebra, incluso aparece un mirlo blanco que compre el banquito... y asuma el tema con inyección/subvención de capital.
Esta pretensión del FGD de eludir el pago inmediato no figura para nada en los textos legales informaciones legales que pueden obtenerse en su propia pag. Web. Y contradice el propìo espíritu y finalidad de lo previsto para su existencia: Asumir las responsabilidades hasta esa cicatera cantidad de forma INMEDIATA con un plazo de max. 3 meses desde que se produzcan los supuestos previstos por la normativa, entre ellos la suspensión o bien la resolución dictada por el Banco de España, entre otras.
Querer eludir el pago inmediato basándose en contratos entre terceros que han quedado desvirtuados por el fallo del sistema financiero y la entidad Eurobank no hace más que añadir leña al fuego en el que se queman los ahorradores y sus familias y supone un intento de fraude de derecho manifiesto y palmario.
LUCHEMOS CONTRA ESTO si así fuera ante todos los entes.
¿Qué opinan ADICAE y AUSBANC?
YA HE DICHO EN OTRAS INTERVENCIONES... me cubre el FGD en el Eurobanquito pero no me basta, ya veía yo venir el tema de intereses perdidos, dinero bloqueado e intento de alargar el pago... TODO PARA PERJUDICAR AUN MAS A LOS DEPOSITANTES
Y POR FIN LA GUINDA: “El FGD se subroga por la cantidad que le abonemos, por el resto UD. Continuará siendo acreedor ante Eurobank”
Claro, eso ya lo sabemos todos...
Lo que no dicen es que el FGD se va a poner en posición de prelación de acreedores (tras la Seg. Social, Trabajadores, Hacienda, Ayuntamientos, etc... pero DELANTE de los ahorradores perjudicados) Es decir, cobraremos el resto de LO QUE QUEDE, pero primero el FGD se resarcirá del dinerito que ahora abonará (y que encima pretende supuestamente alargar su pago)
El tema de las Mutuas no lo toco por evidente...aunque me afecta también.
LO REPITO HASTA LA SACIEDAD el tema del FGD no soluciona el problema en absoluto.
Es una forma de acallar a algunos con el pago (y encima quedarán agradecidos... lo que hay que ver...) y de difuminar el asunto, amén de una BONITA PUBLICIDAD (ya lo veréis en todos los medios...)
ESTE TEMA TRAERA COLA al igual que la Junta de accionistas, la ampli