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¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

86 respuestas
¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?
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¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?
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#31

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Bueno. Te pierdes que las deducciones las aplicas sobre lo aportado y en el rescate tributaras por lo aportado más las rentabilidades obtenidas.

Haciendo unas cuentas rápidas con aportaciones de 8000 € al año durante 20 años, lo invertido son 160.000€ y la deducido sobre ese importe.
Con un PPs que merezca la pena, que menos que en esos 20 años se hubieran obtenido 80.000 € de rentabilidad, acumulando 240.000€, que será el importe por el que tributes.
Percibiendo esos 240000€ en 20 años, percibirás 1000€ al mes procedentes del PPs, y 
es de suponer que a renta de trabajo alta le corresponderá una pensión de jubilación alta. La máxima se encuentra en torno a los 2700 € mes, por 14 pagas igual a 37.800€, más 1000€ por 12 pagas del PPs, suman un total de 49.800€, cifra por la que tributaras en torno al 32%.
Pan para hoy.....

Respecto a la reinversión en fondos del importe deducido, es una buena opción siempre
que tu declaración de la renta salga a devolver, pero mejor sería aportarlos a un PÍAS. El fondo tributará como rendimientos del capital, y en cambio el PIAS puedes rescatarlo como renta vitalicia quedando exento de tributación lo invertido y la rentabilidad obtenida. 



#32

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

@Campalin, si te acoges a la opción de rescate en 2025 sin estar jubilado, no puedes rescatar parcialmente. Tendrás que hacerlo de una sola vez con el correspondiente hachazo fiscal.
Por otra parte, quien tenga plan de pensiones anterior a la reforma fiscal de 2005 y quiera acogerse al beneficio de no tributar por el 40% de lo aportado hasta 2005, deberá rescatarlo en 2025, pues de no hacerlo, perderá ese beneficio del 40%. 
Como veis con los PPs "todo son ventajas". :((
#33

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Y por último, @Elpajaroloco. Respecto a las formas de rescate de un plan de pensiones.

Si optas por hacer rescates parciales, puedes hacerlo rescatando una cantidad cada año hasta agotar el capital, tributando al menos el mínimo del 19 % de los importes rescatados. 
Algunas entidades gestionan el rescate en forma de renta mensual. Pero eso no es una renta vitalicia, sino temporal. Una vez consumido el capital, finaliza la paga mensual.
Una Renta Vitalicia no se puede constituir desde el capital acumulado en un plan de pensiones. Una renta vitalicia, como ya expliqué, es un producto del mercado asegurador, y para contratarlo hay que rescatar el capital del PPs, pasar por caja declarando el capital acumulado como renta de trabajo (entre el 19% y el 45%) y con el capital restante constituir esa renta vitalicia.
A vuestra disposición 

#34

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

@salvador-duque  Muy interesante todo. ¿El Pias puede no rescatarse, se puede designar a herederos como un PP, no va a patrimonio de momento verdad? Gracias. Y profundizando, qué se entiende por renta vitalicia
#35

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Por otra parte, quien tenga plan de pensiones anterior a la reforma fiscal de 2005 y quiera acogerse al beneficio de no tributar por el 40% de lo aportado hasta 2005, deberá rescatarlo en 2025, pues de no hacerlo, perderá ese beneficio del 40%. 
Supongo que te refieres a las aportaciones antes de 1/1/2007.
Por otro lado, podrías indicar algún documento oficial en el que se indique lo que afirmas. Yo no tenía entendido que a partir del 2025 se iba a perder esa reducción del 40% para aportaciones anteriores a 2007 si no se rescataba ya el plan en ese momento.
Saludos
#36

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Por mi parte en 2025 habré cotizado mas de 40 años y espero estar en disposición de jubilación. No me puedo quejar de la rentabilidad los PPs (la mayoria de renta variable)en los ultimos 20 años salvo las debacles del 2008 y 2018. Estoy convencido que un mix de PPs  -Fondos Inversion-SIALP/CIALP y puede que PIAS sean la combinación ideal (sin hablar de otros activos como inmobiliarios o acciones, etfs y demas productos)
 Las devoluciones de hacienda se han reinvertido en PPs y en los ultimos 5 años en Fondos de Inversion. Como veo muy próximo el 2025 es por lo que me estoy interesando por este tema. Los PIAS no me han convencido mucho hasta que vi los de la gama destino de la Caixa que podrían tener cierto interes. Esto es lo que pone en su web:

Los PIAS Destino son un seguro de vida-ahorro unit linked en el que las prestaciones y valores de la póliza dependen del valor de mercado de las inversiones vinculadas al contrato y en el que el tomador asume los riesgos de dichas inversiones.

Rendimiento exento de tributación2 si  se cobra en forma de renta vitalicia que cumpla unos requisitos determinados de consumo de capital.3

1. Comisión de gestión: 1,67 % anual.

2. Para aplicar esta ventaja fiscal, las aportaciones máximas que pueden realizarse son de 8.000 € anuales y un máximo acumulado de 240.000 € en el total de PIAS que se tengan contratados. En caso de cobrar la prestación en forma de renta vitalicia, siempre y cuando hayan transcurridos más de 5 años desde la primera aportación vigente, esta renta tributará como renta inmediata y el rendimiento acumulado hasta la fecha de su constitución quedará exento de tributación, salvo que se trate de una renta que tuviera capital de fallecimiento. 

En su caso, el posterior rescate de la operación, tributará como RCM y se perderá la exención que se obtuvo del rendimiento acumulado al constituir la renta.

3. Será necesario para disfrutar de esta exención que dicho capital de fallecimiento no exceda de los siguientes porcentajes del importe destinado a la constitución de la renta: 95% el primer año, 90% el segundo, 85% el tercero y así sucesivamente hasta el 50% a partir del décimo año y en adelante.
Aqui hay cosas que no entiendo y la comisión de gestion es muy alta. el párrafo en negrita no lo entiendo.

#37

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

El componente de "seguro" de un PP es algo de lo que pocas veces se habla y a mi me parece importante.

Como tu bien dices, con una pension de jubilacion alta, el atractivo fiscal de un plan de pensiones es menor. 

Lo que quiere decir que tu situacion economica en la jubilacion y la ventaja fiscal de un PP estan inversamente correlacionados: La rentabilidad de un PP aumenta SI TU SITUACION ECONOMICA ES MALA.


Para mi, eso es un punto positivo. Si mi situacion economica es buena, podre asumir que la rentabilidad fiscal del PP sea menor (o nula), ya que mi situacion economica es buena.
#38

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Hombre, yo no voy a presumir de ser un gurú financiero ni mucho menos, pero desde luego no soy alguien totalmente desinformado, como parecen querer acusarme algunos compañeros por aquí, ellos que sí parecen dominar ampliamente los secretos de la inversión. Simplemente soy un inversor que ha intentado aportar su granito de arena, mediante su experiencia propia, para evitar que muchos incautos sucumban ante la publicidad invasiva de los planes de pensiones, que sobre todo las entidades bancarias intentan colocar a diestro y siniestro entre sus clientes, con la golosina del ahorro fiscal. Por supuesto que la situación de cada uno es diferente y que la fiscalidad puede cambiar (hasta ahora siempre a peor, como ocurrió con la reducción del 40%), pero hoy por hoy es un producto que no resiste la comparación con otras opciones de inversión. Es mi humilde opinión, pero cada uno es muy libre de hacer con sus ahorros lo que crea más conveniente.
Un saludo.
#39

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

El PÍAS no tributa hasta el momento del rescate y si se rescata en forma de Renta Vitalicia contará con una exención fiscal que deja libre de impuestos capital y plusvalías hasta el 92%, dependiendo de la edad del rescate. 
Se puede rescatar a cualquier edad, antes o después de la jubilación y se puede dejar a herederos o designar beneficiarios en caso de fallecimiento (esto último es lo más recomendable). Al ser un seguro de vida la designación de beneficiarios es libre pudiendo saltar la cadena de herederos. Esto es una gran ventaja, porque en ciertas ocasiones, el beneficiario puede no ser la persona más apropiada (separaciones, embargos, incapacidad, etc...)

Las Rentas Vitalicias también son seguros de vida, pero PARA VIVOS. El cliente de renta vitalicia es el principal beneficiario, y es un cliente que tiene claro que ha ahorrado o invertido durante su vida laboral para DISFRUTAR LOS RESULTADOS cuando deja de trabajar. 
El fin de este seguro no es la rentabilidad que de, sino la cuota mensual que se perciba.
Para su contratación el tomador aporta el capital procedente de la capitalización de un PÍAS u otros productos de inversión o propiedades, y la aseguradora garantiza y dosifica su disfrute en forma de renta mensual, trimestral, anual...,
Esta renta se calcula dividiendo el capital entre el número de años o meses resultantes entre el momento de la contratación y la esperanza de vida prevista. Ej. Si contratas una RV con 150.000€ procedentes de un PÍAS con 70 años de edad, siendo la esperanza de vida 85 años, la
renta mensual será el resultado de dividir 150.000€ entre 180 meses. Unos 833 al mes DE POR VIDA. 

Si el tomador vive más de 85 años, (o de 100), seguirá cobrando su renta toda la vida y si fallece antes de alcanzar la esperanza de vida prevista, el beneficiario en caso de fallecimiento percibirá el capital no consumido en concepto de seguro de vida.
Hay quien se preocupa porque la aseguradora pierda dinero con un cliente longevo, pero no sufráis. Si lo hacen es porque les renta.

Espero haber aclarado tu consulta @Beni15.

En todo caso, quedó a vuestra disposición 


#40

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Ese PÍAS es uno más. No destaca en nada salvo en la excesiva comisión de mantenimiento.
El párrafo en negrita te informa al constituir Renta vitalicia se aplicar la exención fiscal, pero si al cabo de unos años decidieras rescatar el capital restante, hacienda reclamará los impuestos no pagados.
Es lógico. HACIENDA NO REGALA NADA. 
#41

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Gracias por la respuesta. En mi caso no opte por esta opción de PIAS y renta vitalicia porque no encontré ningun producto interesante desde el punto de vista de la inversion. Por eso preferí PPs, Fondos y SIALP. Despues de leer esto voy a darle otra vuelta y a lo mejor puedo convertir algún fondo en PIAS con el limite de 8000 euros. Con la jubilación a unos años vista si que me puede interesar. Un saludo
#42

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

No hace falta ser un gurú para hablar con seguridad y sinceridad como tú lo has hecho. Has dicho muchas verdades que se deberían decir más veces.
Yo te agradezco el artículo con el que has abierto un melón que ha resultado muy participativo, y eso es bueno.
Todo el mundo debe saber que en el 90% de los casos los planes de pensiones no son el producto apropiado para complementar la jubilación. 
Gracias a tu artículo, habrá gente que haya sabido que además de planes de pensiones, fondos de inversión, SIALP, depósitos, etc..., existen los PÍAS, ese gran desconocido pero sin duda, el producto más apropiado para complementar la jubilación.
Gracias @ub19897

#43

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

De nada @salvador duque. Gracias a ti por ser, sin duda, quien más novedad y positividad ha aportado en este hilo, ya que, efectivamente, los PÍAS eran para mí unos grandes desconocidos y gracias a tus argumentos me he interesado por ellos y por tu estupendo artículo al respecto:
https://www.finect.com/usuario/SalvaDuque/articulos/buscando-plan-ahorro-jubilacion
#44

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Gracias.
A vuestra disposición
#45

Re: ¿Planes de pensiones: pan para hoy y hambre para mañana?

Hola @salvador-duque.
¿Te importaría aclarar las cuestiones que te planteaba en la entrada #35 respecto a algunas de tus afirmaciones acerca de los planes de pensiones?
Muchas gracias.
Saludos