Re: Una pregunta sobre Fiscalidad en los Fondos
OK, muchas gracias!!
OK, muchas gracias!!
Puedes hacer lo que dices o lo que te sugiere el compañero Ghost Maltijo (consolidarlo todo en un monetario como paso previo a vender)...
- Si las ganancias son fruto de una sóla aportación, la cantidad a traspasar para quedar en equilibro será del 6% del fondo.
- Si las ganancias son fruto de más de una aportación, habría que verlo (no todas las suscripciones acumularán el mismo porcentaje de ganancias). En ese caso, rige el criterio FIFO (i.e. sen entiende que primero vendes las participaciones más antiguas).
En cualquier caso, una vez consolidadas las pérdidas de 600 € con una ganancia equivalente, venderás sin beneficio, así que no quedará nada pendiente de la declaración de la renta siguiente.
Hola Ghost
En el primer Link k pones de Morningstar, viene reflejado en Coeficientes Reductores.
Más o menos suele ser un 1% anual de beneficio fiscal
Si abres un fondo a 31/12/2014 al día siguiente si no variado su VL le estás sacando un 1%
De esto no tenia ni idea y es bastante interesante. En el link ponen el ejemplo de haber comprado un fondo en 1994, esto es por algo?. Lo mismo tienen que pasar 10 años por que el articulo es del 2003.
Interesante, no. Muy interesante.No estoy seguro si los % son los mismos, pero con las ventas de acciones a la hora de hacer la declaracion, pasa algo similar.Cuanta más antigüedad, mejor ventaja fiscal.
No se exactamente como son las tablas de los fondos.Una vez me lo enseñaron en la oficina de R4 y más o menos era un 1% anual.
No se si algun otro forero nos puede dar algo de luz al respecto.
No sé si siguen en vigor los coeficientes reductores para fondos. En cualquier caso es para compras anteriores a 1994 y dudo que nadie de nosotros mantenga participaciones compradas entonces.
Además, lo de los coeficientes, para todo tipo de plusvalías, incluyendo las procedentes de ventas de vivienda, se acaba el 1 de enero próximo: http://cincodias.com/cincodias/2014/07/07/economia/1404746062_443438.html