IRPF: Ganancia Patrimonial en compraventa de bienes no afectos a un negocio. Documentación a presentarRespuestas: 4
IRPF: Ganancia Patrimonial en compraventa de bienes no afectos a un negocio. Documentación a presentar
Hola. Me pregunto si estoy en el lugar correcto para que alguien me eche una mano en la futura declaración del IRPF:
Re: IRPF: Ganancia Patrimonial en compraventa de bienes no afectos a un negocio. Documentación a presentar
Que sea afecta al negocio o no, depende solo de la declaración del empresario (la CB, en este caso). ¿Cómo figuraban en la declaración censal?. Debe existir, en algún lugar al fondo de algún archivo, la declaración censal de alta de la CB. No tiene nada que ver que sean productivas o improductivas. Me imagino que tu preocupación viene de poder aplicar coeficientes de abatimiento (bienes no afectos) y no solo coeficientes de actualizació (bienes afectos). Esto no altera para nada la ganancia patrimonial obtenida, solo altera la tributación de la misma.
Re: IRPF: Ganancia Patrimonial en compraventa de bienes no afectos a un negocio. Documentación a presentar
Gracias por contestar.
Re: IRPF: Ganancia Patrimonial en compraventa de bienes no afectos a un negocio. Documentación a presentar
Esn este caso tan histórico, creo que el primer problema es discernir del precio de venta que parte corresponde a cada tierra concreta, ya que imagino que habrá un precio a tanto alzado por todo el paquete. Habría que ver quien en concreto y bajo que fórmula ejercía el negocio. No es lo mismo que tú fueses una mera propietaria de unas tierras y obtuvieses unos rendimientos del capital mobiliario, y que el negocio lo llevasen unos terceros, a que tú estuvieses directamente vinculada al negocio. Para ver en todo caso que constancia oficial hay sobre cada tierra concreta, quizás estaría bien mirar el SIGPAC. Las tierras que figuran activas (subvención PAC, p.e.), salen como tal, y las inactivas también. También estaría bien solicitar a la AEAT un Certificado censal de la CB, a ver que es lo que a ellos les consta. En todo caso, el % a pagar de la ganancia es el mismo, el 19-21 %. Lo que varía es la determinación de la ganancia, en principio, más favorable a ti si se trata de bienes no afectos.
Re: IRPF: Ganancia Patrimonial en compraventa de bienes no afectos a un negocio. Documentación a presentar
Gracias Cachilipox. Voy a indagar ambas vias.
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