Re: En 2010 he obtenido mas de 1500€ de dividendos pero no tengo obligacion de hacer declaracion de la renta
Entonces estan incluidos los rendimientos por trabajo segun comentas.
Saludos
Entonces estan incluidos los rendimientos por trabajo segun comentas.
Saludos
Claro, tienes que incluir: rendimientos de trabajo, rendimientos de capital mobiliario, rendimientos de actividades empresariales, ganancia patrimoniales, imputación de rentas.
En definitiva, que los señores de Hacienda han llegado a la conclusión que los primeros 5.151 euros que obtengamos por rendimientos, no tienen que pagar por el IRPF, porque considera a esta cantidad la indispensable para vivir (o según lo veas, para sobrevivir.
Esto es para una persona sin cargas familiares, por lo que si tienes, por ejemplo, hijos a tu cargo, la cantidad aumenta según su número.
Saludos.
Muchas gracias, me quedo mucho mas tranquilo.
Sabes tela marinera :)
Saludos
Una duda que me surge al ver la guia de la declaracion de la renta es que ahi indica que estan exentos los primeros 1.500 euros, entonces los 5.151 euros? como es eso? que diferencia hay?
Saludos
Imagina que tienes unos dividendos de 6.500 euros, pero que te puedes aplicar la exención de los 1.500 euros:
Tendríamos entonces: Rendimientos de capital mobiliario: 6.500 euros-1.500 euros= 5.000 euros.
Tu base imponible del ahorro, sería de 5.000 euros. Y como 5.000<5.151 no tendrías que pagar nada por IRPF. Por tanto, todas las retenciones que te hubieran hecho durante el año, te las tendrían que devolver
Saludos.
Perfecta respuesta compañero.
Me ha quedado muy claro.
Mil gracias siempre.
Saludos
Perdon si soy reiterativo:
Las plusvalias de la venta de acciones entra en la exencion de esos 5151 euros tambien?
Saludos
Como te he dicho en el comentario 26, de la suma de los rendimientos netos de trabajo personal, de los rendimientos netos del capital mobiliario, de los rendimientos netos de actividades empresariales, de las ganancias patrimoniales y de las imputaciones de renta, es de donde nace la exención de los 5.151 euros y siempre que no se supere esa cantidad.
La plusvalías irían dentro de las ganancias patrimoniales. Por tanto, y en el caso de que no hubiera más rentas y fueran menores de 5.151 euros, de las ganancias patrimoniales se deducirían 5.151 euros.
Saludos.