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Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones

3 respuestas
Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones
Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones
#1

Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones

Hola estoy haciendo pruebas con el simulador que sacó AEAT hace una semana o dos para ver lo que tendría que pagar o no el año que viene:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/dacoda0rs00w

El caso es que en teoría me sale a pagar y quería ver si abriendome un plan de pensiones puedo ir reduciendo la cantidad. ¿Alguien sabe en que casilla lo tengo que poner?

Es que viendo el simulador no lo tengo nada claro.

Gracias!!

#2

Re: Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones

Casilla 500. Pero recuerda, lo único que logras es un diferimiento. Las prestaciones luego las tienes que tributar como rendimiento de trabajo.

Saludos.

#3

Re: Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones

La verdad es que no tengo mucha idea sobre planes de pensiones, me lo comentaron el otro día en el banco y les dije que me lo pensaría, porque con los bancos creo que es mejor no precipitarse en decisiones por muy bien que te "vendan" el plan de pensiones.

Dicho esto... no entiendo muy bien cuando hablas del diferimiento, pero imagino que en este foro se habrá hablado del tema, ¿Sabes de algún sitio dónde lo expliquen de una forma clara?

En mi caso estoy viendo que con una aportación de 1000 € no tendría que pagar practicamente nada, pero tampoco me hace mucha gracia meter 1000 € que no puedo disfrutar hasta que me jubile dentro de muchos años...

Muchas gracias!

#4

Re: Duda sobre el simulador de la renta 2010 y plan de pensiones

Tampoco hay mucho que explicar. De forma muy básica:

1.- Las aportaciones a los planes de pensiones reducen (restan) la base general del partícipe (estoy hablando del régimen general). Hay que tener en cuenta que hay unos límites. La aportación no puede superar, bajo ningún concepto, los 10.000 euros anuales (12.500 euros si eres mayor de 50 años). Fiscalmente sólo puedes reducir las aportaciones que no superen un 30% de los rendimientos netos del trabajo y o actividades económicas (50% si eres mayor de 50 años), si has aportado una cantidad superior a este límite porcentual el exceso puedes reducirlo en los cinco ejercicios siguientes. Por último, la reducción no puede dar lugar a una base liquidable negativa, en este supuesto, los excesos también puedes aplicarlos en los cinco ejercicios siguientes.

2.- Cuando percibes la prestación, ésta tributa como un rendimiento de trabajo, es decir, suma en la base general. Además sin posibilidad de reducción, tributan en su totalidad (salvo percepciones en forma de capital que tengan su origen en aportaciones realizadas hasta el 31.12.2006). Y tributan aunque no hayas reducido las aportaciones.

Los "beneficios" fiscales son: un diferimiento, ahora rebajas tu factura fiscal y dentro de unos años la incrementas en lo ahora reducido (a algunos con sólo esto les basta). Por otra parte, puede, pero hay que planificar bien las prestaciones, que consigas reducir tus aportaciones a un marginal superior al que luego vas a tributar las prestaciones (pero en ocasiones es muy difícil conseguirlo).

Si estás casado y tu cónyuge no tiene rendimientos del trabajo ni de actividades económicas, o su importe neto es inferior a 8.000 euros; lo que sí resulta beneficioso fiscalmente es que tú aportes hasta 2.000 euros a un plan de pensiones en el que el partícipe sea tu cónyuge. Tu reducirás esa aportación y cuando tu cónyuge tenga 65 años percibirá las prestaciones, que aquí sí que no van a tributar con sólo pensar un poco en el diseño de la prestación.

Saludos.