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Re: Jubilación: Complemento por hijos
Si tienes derecho a la pensión máxima y tienes derecho al complemento para la reducción de la brecha de género, se cobran ambas percepciones. (art. 60.d de la Ley General de la Seguridad Social).
" d) El importe del complemento no será tenido en cuenta en la aplicación del límite máximo de pensiones previsto en los artículos 57 y 58.7 "
" d) El importe del complemento no será tenido en cuenta en la aplicación del límite máximo de pensiones previsto en los artículos 57 y 58.7 "
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Re: Jubilación: Complemento por hijos
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Re: Jubilación: Complemento por hijos
Es cierto, el complemento para la reducción de la brecha de género sólo puede cobrarlo uno de los progenitores (pensionista de jubilación, incapacidad permanente o viudedad), como está expresamente indicado en el art. 60, apartados 1 y 2, de la Ley General de la Seguridad que he enlazado arriba.
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Re: Jubilación: Complemento por hijos
Entonces entiendo que el complemento por brecha de genero, sustituye al complemento por hijos, en mi cso mi madre se jubila he hecho la simulacion, ha tenido dos hijos y solo le sale complemento brecha de genero 67,73 euros, no se la sale nada por haber tenido dos hijos 5%
gracias
gracias
#7
Re: Jubilación: Complemento por hijos
En 2024 el complemento de brecha de género es de 33,20 €/mes por hijo, 14 pagas, hasta un máximo de 4 hijos. Este complemento sustituyó al anterior complemento de maternidad por aportación demográfica, del 5, 10 o 15% según el nº de hijos, que se reconoció a quienes accedieron a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad entre 1-enero-2016 y 2-febrero-2021, y que mantienen su percepción.
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Re: Jubilación: Complemento por hijos
Gracias