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Re: Pension de orfandad
Es obligación del huérfano pensionista. De la página web de la Seguridad Social:
(El pensionista) Debe comunicar, dentro de los 30 días siguientes a que se produzcan, las siguientes variaciones:
(El pensionista) Debe comunicar, dentro de los 30 días siguientes a que se produzcan, las siguientes variaciones:
- Cambios de domicilio: residencia habitual o fiscal.
- Inicio de actividades laborales.
- Cambios en la situación económica: rentas de trabajo, reconocimiento y/o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales o extranjeras u otro tipo de rentas.
- Cambios de la situación familiar: estado civil, nacimientos, defunciones...