#2341
#2342
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Muchas gracias Baltoro !!!!
Por lo que veo, en tu caso, en este mes de Agosto te aplican la DT34.2 porque te sale más beneficiosa que la DT34.3.
En el mes de Septiembre y Octubre, por ejemplo, te saldría más beneficiosa la DT34.3.
Abusando de tu confianza podrías hacer una simulación en alguno de estos dos meses, para ver si te aplican la 2 o la 3 ???
Por lo que veo, en tu caso, en este mes de Agosto te aplican la DT34.2 porque te sale más beneficiosa que la DT34.3.
En el mes de Septiembre y Octubre, por ejemplo, te saldría más beneficiosa la DT34.3.
Abusando de tu confianza podrías hacer una simulación en alguno de estos dos meses, para ver si te aplican la 2 o la 3 ???
#2343
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#2344
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Gracias Baltoro!!!
Efectivamente, te siguen aplicando la DT34.2
Con tu simulación, veo que discriminan, entre los que reunen condiciones para DT34.3 y los que no.
A mi con una base reguladora casi igual que la tuya y un anticipo de 16 meses me aplican la DT34.3 o sea:
BR menos penalización general
Y tal como va el ipc, conociendo el adelantado del mes de Abril, es casi imposible que se vaya a aplicar la DT34.2 a
partir de 2026.
Asi que habrá que ir concienciandose de:
PM menos penalización general
Y ver si respetan la DT34.3, yo creo que si, pero está por ver.
Efectivamente, te siguen aplicando la DT34.2
Con tu simulación, veo que discriminan, entre los que reunen condiciones para DT34.3 y los que no.
A mi con una base reguladora casi igual que la tuya y un anticipo de 16 meses me aplican la DT34.3 o sea:
BR menos penalización general
Y tal como va el ipc, conociendo el adelantado del mes de Abril, es casi imposible que se vaya a aplicar la DT34.2 a
partir de 2026.
Asi que habrá que ir concienciandose de:
PM menos penalización general
Y ver si respetan la DT34.3, yo creo que si, pero está por ver.
#2345
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Hola!
A mi no creo que me vayan a aplicar la DT34.3, pues no reúno las condiciones.
Así que me va a tocar esperar 6 meses más, hasta los 63 y 6 meses, para irme con la misma penalización que si aplicaran la DT34.2.
Habrá que esperar a ver si sacan el criterio de aplicación de la DT34 a finales de año.
A mi no creo que me vayan a aplicar la DT34.3, pues no reúno las condiciones.
Así que me va a tocar esperar 6 meses más, hasta los 63 y 6 meses, para irme con la misma penalización que si aplicaran la DT34.2.
Habrá que esperar a ver si sacan el criterio de aplicación de la DT34 a finales de año.
#2346
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Muy buenas!!!
Una pregunta por si me podéis ayudar.
En 2027 y 2028 para bases reguladoras que estan por encima de la pensión máxima ya no se aplicaran esos reductores más beneficiosos para esos años, no?
A mi el simulador me aplica el Cálculo pensión inicial según art. 210.3 (2º párrafo) = Pensión máxima x Reducción por anticipación.
A mi, en las simulaciones se me aplica esta tabla
Meses Anticipo | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | 2031 | 2032 | 2033
24 | 5,50 | 7,00 | 8,50 | 10,00 | 11,50 | 13,00 | 14,50 | 16,00 | 17,50 | 19,00
23 | 5,25 | 6,50 | 7,75 | 9,00 | 10,25 | 11,50 | 12,75 | 14,00 | 15,25 | 16,50
22 | 5,00 | 6,00 | 7,00 | 8,00 | 9,00 | 10,00 | 11,00 | 12,00 | 13,00 | 14,00
21 | 4,35 | 5,20 | 6,05 | 6,90 | 7,75 | 8,60 | 9,45 | 10,30 | 11,15 | 12,00
20 | 4,20 | 4,90 | 5,60 | 6,30 | 7,00 | 7,70 | 8,40 | 9,10 | 9,80 | 10,50
19 | 4,08 | 4,67 | 5,25 | 5,83 | 6,42 | 7,00 | 7,58 | 8,16 | 8,75 | 9,33
18 | 3,54 | 4,08 | 4,62 | 5,16 | 5,70 | 6,24 | 6,78 | 7,32 | 7,86 | 8,40
17 | 3,46 | 3,93 | 4,39 | 4,86 | 5,32 | 5,78 | 6,25 | 6,71 | 7,18 | 7,64
16 | 3,40 | 3,80 | 4,20 | 4,60 | 5,00 | 5,40 | 5,80 | 6,20 | 6,60 | 7,00
15 | 2,90 | 3,29 | 3,69 | 4,08 | 4,48 | 4,88 | 5,27 | 5,67 | 6,06 | 6,46
14 | 2,85 | 3,20 | 3,55 | 3,90 | 4,25 | 4,60 | 4,95 | 5,30 | 5,65 | 6,00
13 | 2,81 | 3,12 | 3,43 | 3,74 | 4,05 | 4,36 | 4,67 | 4,98 | 5,29 | 5,60
12 | 2,33 | 2,65 | 2,98 | 3,30 | 3,63 | 3,95 | 4,28 | 4,60 | 4,93 | 5,25
11 | 2,29 | 2,59 | 2,88 | 3,18 | 3,47 | 3,76 | 4,06 | 4,35 | 4,65 | 4,94
10 | 2,27 | 2,53 | 2,80 | 3,07 | 3,34 | 3,60 | 3,87 | 4,14 | 4,40 | 4,67
9 | 1,79 | 2,08 | 2,38 | 2,67 | 2,96 | 3,25 | 3,54 | 3,84 | 4,13 | 4,42
8 | 1,77 | 2,04 | 2,31 | 2,58 | 2,85 | 3,12 | 3,39 | 3,66 | 3,93 | 4,20
7 | 1,75 | 2,00 | 2,25 | 2,50 | 2,75 | 3,00 | 3,25 | 3,50 | 3,75 | 4,00
6 | 1,28 | 1,56 | 1,85 | 2,13 | 2,41 | 2,69 | 2,97 | 3,26 | 3,54 | 3,82
5 | 1,27 | 1,53 | 1,80 | 2,06 | 2,33 | 2,59 | 2,86 | 3,12 | 3,39 | 3,65
4 | 1,25 | 1,50 | 1,75 | 2,00 | 2,25 | 2,50 | 2,75 | 3,00 | 3,25 | 3,50
3 | 0,79 | 1,07 | 1,36 | 1,64 | 1,93 | 2,22 | 2,50 | 2,79 | 3,07 | 3,36
2 | 0,77 | 1,05 | 1,32 | 1,59 | 1,87 | 2,14 | 2,41 | 2,68 | 2,96 | 3,23
1 | 0,76 | 1,02 | 1,28 | 1,54 | 1,81 | 2,07 | 2,33 | 2,59 | 2,85 | 3,11
Gracias y saludos!!!
Una pregunta por si me podéis ayudar.
En 2027 y 2028 para bases reguladoras que estan por encima de la pensión máxima ya no se aplicaran esos reductores más beneficiosos para esos años, no?
A mi el simulador me aplica el Cálculo pensión inicial según art. 210.3 (2º párrafo) = Pensión máxima x Reducción por anticipación.
A mi, en las simulaciones se me aplica esta tabla
Meses Anticipo | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | 2031 | 2032 | 2033
24 | 5,50 | 7,00 | 8,50 | 10,00 | 11,50 | 13,00 | 14,50 | 16,00 | 17,50 | 19,00
23 | 5,25 | 6,50 | 7,75 | 9,00 | 10,25 | 11,50 | 12,75 | 14,00 | 15,25 | 16,50
22 | 5,00 | 6,00 | 7,00 | 8,00 | 9,00 | 10,00 | 11,00 | 12,00 | 13,00 | 14,00
21 | 4,35 | 5,20 | 6,05 | 6,90 | 7,75 | 8,60 | 9,45 | 10,30 | 11,15 | 12,00
20 | 4,20 | 4,90 | 5,60 | 6,30 | 7,00 | 7,70 | 8,40 | 9,10 | 9,80 | 10,50
19 | 4,08 | 4,67 | 5,25 | 5,83 | 6,42 | 7,00 | 7,58 | 8,16 | 8,75 | 9,33
18 | 3,54 | 4,08 | 4,62 | 5,16 | 5,70 | 6,24 | 6,78 | 7,32 | 7,86 | 8,40
17 | 3,46 | 3,93 | 4,39 | 4,86 | 5,32 | 5,78 | 6,25 | 6,71 | 7,18 | 7,64
16 | 3,40 | 3,80 | 4,20 | 4,60 | 5,00 | 5,40 | 5,80 | 6,20 | 6,60 | 7,00
15 | 2,90 | 3,29 | 3,69 | 4,08 | 4,48 | 4,88 | 5,27 | 5,67 | 6,06 | 6,46
14 | 2,85 | 3,20 | 3,55 | 3,90 | 4,25 | 4,60 | 4,95 | 5,30 | 5,65 | 6,00
13 | 2,81 | 3,12 | 3,43 | 3,74 | 4,05 | 4,36 | 4,67 | 4,98 | 5,29 | 5,60
12 | 2,33 | 2,65 | 2,98 | 3,30 | 3,63 | 3,95 | 4,28 | 4,60 | 4,93 | 5,25
11 | 2,29 | 2,59 | 2,88 | 3,18 | 3,47 | 3,76 | 4,06 | 4,35 | 4,65 | 4,94
10 | 2,27 | 2,53 | 2,80 | 3,07 | 3,34 | 3,60 | 3,87 | 4,14 | 4,40 | 4,67
9 | 1,79 | 2,08 | 2,38 | 2,67 | 2,96 | 3,25 | 3,54 | 3,84 | 4,13 | 4,42
8 | 1,77 | 2,04 | 2,31 | 2,58 | 2,85 | 3,12 | 3,39 | 3,66 | 3,93 | 4,20
7 | 1,75 | 2,00 | 2,25 | 2,50 | 2,75 | 3,00 | 3,25 | 3,50 | 3,75 | 4,00
6 | 1,28 | 1,56 | 1,85 | 2,13 | 2,41 | 2,69 | 2,97 | 3,26 | 3,54 | 3,82
5 | 1,27 | 1,53 | 1,80 | 2,06 | 2,33 | 2,59 | 2,86 | 3,12 | 3,39 | 3,65
4 | 1,25 | 1,50 | 1,75 | 2,00 | 2,25 | 2,50 | 2,75 | 3,00 | 3,25 | 3,50
3 | 0,79 | 1,07 | 1,36 | 1,64 | 1,93 | 2,22 | 2,50 | 2,79 | 3,07 | 3,36
2 | 0,77 | 1,05 | 1,32 | 1,59 | 1,87 | 2,14 | 2,41 | 2,68 | 2,96 | 3,23
1 | 0,76 | 1,02 | 1,28 | 1,54 | 1,81 | 2,07 | 2,33 | 2,59 | 2,85 | 3,11
Gracias y saludos!!!
#2347
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Icens, en el foro hemos comentado varias veces que, a la vista del informe de la DGOSS en respuesta a una petición del INSS sobre la aplicación de la DT34, el informe daba a entender y/o ponía en duda que la DT34 se siguiera aplicando a partir en 2026. Esa duda, es la que tenemos dentro del foro, y que se resolverá, lógicamente el próximo año. Nosotros no tenemos los conocimientos ni la experiencia necesaria para afirmar si eso será así o no y creo que ninguno de los que participamos en el foro, hayamos afirmado que la DT34 se deje de aplicar en 2026, al menos yo no lo he afirmado. En base a lo comentado, es lógico, al menos para mi, que el INSS continúe aplicando los coeficientes asociados a la DT en las Simulaciones.
Te transcribo el ultimo párrafo del informe, - creo que ese informe lo puedes encontrar en alguno de los post-.
"En conclusión, en el año 2024 debe ser de aplicación la DT ª 34 en todos los supuestos en los que la pensión es superior a la pensión máxima que corresponda al año 2024, independientemente del número de meses de anticipo sobre la edad ordinaria de jubilación; igualmente, debe aplicarse en los años siguientes del período transitorio - aunque previsiblemente solo alcance hasta 2026-."
Te transcribo el ultimo párrafo del informe, - creo que ese informe lo puedes encontrar en alguno de los post-.
"En conclusión, en el año 2024 debe ser de aplicación la DT ª 34 en todos los supuestos en los que la pensión es superior a la pensión máxima que corresponda al año 2024, independientemente del número de meses de anticipo sobre la edad ordinaria de jubilación; igualmente, debe aplicarse en los años siguientes del período transitorio - aunque previsiblemente solo alcance hasta 2026-."
#2348
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#2349
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Como ya sabes, el IPC, concretamente el IPC Promedio de Diciembre de 2024 a Noviembre 2025, es el indicador que se utiliza para subir las pensiones, bien es cierto que no todas, y también se utiliza para subir la P. Máxima Anual. Es por este motivo que si el IPC promedio de este año sube por encima de un 2,05% (Hoy ese IPC está en 2,64%) y la P. Máxima supera los 3342,09€, esos son mis cálculos, se podría dejar de aplicar la DT34?, esa es la duda que se aclarará el próximo año.
Espero, de verdad, aunque a mi ya no me afecta, que la DT se siga aplicando hasta la finalización del periodo transitorio.
Espero, de verdad, aunque a mi ya no me afecta, que la DT se siga aplicando hasta la finalización del periodo transitorio.
#2350
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Hola:
A ver si alguien me puede ayudar en la duda que tengo, respecto de la dichosa Disposición transitoria 34.
En mi caso, he solicitado Jubilación ANTICIPADA VOLUNTARIA, y mis circunstancias son:
-BR: 3609,80€ (superior a pension máxima)
-Cotizaciones Acreditadas: 36 anos y 292 dias.
-Edad jubilación: 63 años.
-En mi caso puedo acogerme a la legislacion previa a la ley de 28.12.21, pues he cursado baja
1)en virtud de acuerdo anterior a la fecha de la ley
2)Fecha de baja en empresa posterior a la fecha de la ley.
Me han resuelto un 7,40% de reducción, en virtud del cuadro que aparece en la transitoria 34, pero nadie me aclara cuánto cobraría calculando las reducciones anteriores a la aplicación de la nueva ley,.
¿Alguna alma caritativa me puede decir si la reducción que me aplican es la mejor opción? veo muchos de vosotros estáis puestos en este tema, yo no acierto a aclararme con tanto embrollo. GRACIAS
A ver si alguien me puede ayudar en la duda que tengo, respecto de la dichosa Disposición transitoria 34.
En mi caso, he solicitado Jubilación ANTICIPADA VOLUNTARIA, y mis circunstancias son:
-BR: 3609,80€ (superior a pension máxima)
-Cotizaciones Acreditadas: 36 anos y 292 dias.
-Edad jubilación: 63 años.
-En mi caso puedo acogerme a la legislacion previa a la ley de 28.12.21, pues he cursado baja
1)en virtud de acuerdo anterior a la fecha de la ley
2)Fecha de baja en empresa posterior a la fecha de la ley.
Me han resuelto un 7,40% de reducción, en virtud del cuadro que aparece en la transitoria 34, pero nadie me aclara cuánto cobraría calculando las reducciones anteriores a la aplicación de la nueva ley,.
¿Alguna alma caritativa me puede decir si la reducción que me aplican es la mejor opción? veo muchos de vosotros estáis puestos en este tema, yo no acierto a aclararme con tanto embrollo. GRACIAS
#2351
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Hola Xosé,
Es evidente que te han aplicado la DT34.2.
Y tú piensas que tu situación debería haberse resuelto bajo el paraguas de la DT34.3.
La pensión resultante sería en ese caso la BR menos el coeficiente general. En este caso, como son 24 meses de adelanto, y menos de 38.5 años cotizados, ese coeficiente es del 21%.
Por tanto: 3609,80 - 21% = 2851,31 Euros.
Y sería más ventajoso el coeficiente del 7.80% que te han aplicado sobre la Pensión Máxima. que resulta en una pensión de 3012,91 Euros.
En cualquier caso, echa un vistazo. Yo estoy ya jubilado y un poco oxidado, y me he podido equivocar en algo. Y si crees que tienes derecho a la 34.3 y la SS no te ha aplicado bien los cálculos, reclama. ;)
Es evidente que te han aplicado la DT34.2.
Y tú piensas que tu situación debería haberse resuelto bajo el paraguas de la DT34.3.
La pensión resultante sería en ese caso la BR menos el coeficiente general. En este caso, como son 24 meses de adelanto, y menos de 38.5 años cotizados, ese coeficiente es del 21%.
Por tanto: 3609,80 - 21% = 2851,31 Euros.
Y sería más ventajoso el coeficiente del 7.80% que te han aplicado sobre la Pensión Máxima. que resulta en una pensión de 3012,91 Euros.
En cualquier caso, echa un vistazo. Yo estoy ya jubilado y un poco oxidado, y me he podido equivocar en algo. Y si crees que tienes derecho a la 34.3 y la SS no te ha aplicado bien los cálculos, reclama. ;)
#2352
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Hola Werner, ya hemos "hablado" en alguna ocasión, y al ver tu respuesta al compañero me he animado a actualizar los datos de simulaciones (aunque no me toca hasta 10/26) y he obtenido lo siguiente, ¿qué opinión te merece?, en principio mi jubilación anticipada es voluntaria y mi primera fecha posible 07/10/2026, la extinción del contrato se produjo en Junio de 2021,
gracias.-
gracias.-
#2353
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#2354
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Hola,
Entiendo que te están aplicando en Octubre la 34.2, pues es más ventajosa para ti, mientras que en Noviembre y Diciembre te aplican la 34.3, pues en este caso resulta en una pensión más alta. Siempre teniendo en cuenta que la pensión máxima y la BR son estimadas.
Es decir, desde mi punto de vista el simulador funciona bien.
La gran incógnita en el 2026 es si seguirá aplicando la 34.2, y/o la 34.3. A día de hoy es imposible saberlo. Los datos de inflación van muy ajustados.
Entiendo que te están aplicando en Octubre la 34.2, pues es más ventajosa para ti, mientras que en Noviembre y Diciembre te aplican la 34.3, pues en este caso resulta en una pensión más alta. Siempre teniendo en cuenta que la pensión máxima y la BR son estimadas.
Es decir, desde mi punto de vista el simulador funciona bien.
La gran incógnita en el 2026 es si seguirá aplicando la 34.2, y/o la 34.3. A día de hoy es imposible saberlo. Los datos de inflación van muy ajustados.
#2355