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Compra de vivienda + concesion plaza garaje

2 respuestas
Compra de vivienda + concesion plaza garaje
Compra de vivienda + concesion plaza garaje
#1

Compra de vivienda + concesion plaza garaje

Buenos dias
Tengo un par de dudas. Voy a comprara una vivienda y con la misma, me dan el derecho de uso de una plaza de garaje que es una concesión del ayuntamiento a 50 años. 
Inicialmente se acordó un precio de 250.000€ por ambos, y en el contrato de arras, han indicado 245.000 por vivienda y 5.000 por el garaje.
No tengo ni idea si me interesa que en el contrato de arras se ponga mayor valor de la concesión de la plaza de garaje, o que se indique un precio menor, a efectos fiscales o similares. Alguien me podria indicar?
Por otro lado, en el contrato de arras indica "derecho de uso" de la plaza, porque es una concesion del ayuntamiento. Tengo claro que esto indica que puedo aparcar mi coche en la plaza de garaje, pero no se si con este derecho de uso podría a futuro, en caso de que me interesase, alquilarla o vender la concesion a un tercero
Gracias!
#2

Re: Compra de vivienda + concesion plaza garaje

Te interesa que la vivienda tenga el mayor precio posible (siempre dentro de lo que vas a pagar) porque, si después la vendes, tendrás que pagar por la diferencia entre ambos valores. Es decir, que lo que consta en el contrato de arras es una buena opción para que aparezca en la escritura.
Lo habitual es que los usufructos temporales sí puedan transmitirse, aunque tendrás que hablar con el Ayuntamiento para asegurarte de que, el tuyo, lo permite.
#3

Re: Compra de vivienda + concesion plaza garaje

como te dicen, infórmate primero de las condiciones de ese derecho de uso de la plaza.
Por ejemplo, en Madrid, no se pueden transmitir libremente: tiene que ser precisamente a alguien que vendas la vivienda, o que viva en esa casa (un familiar, el inquilino...), o por fallecimiento. Si quieres deshacerte de ella por otra causa o porque te vas a otra zona, tiene que ser a través del ayuntamiento que consulta la lista de espera existente y va llamando a los inscritos, y en cualquier transmisión, aunque sea por venta de la vivienda y que se la quede el nuevo propietario, hay que solicitar el cambio al ayuntamiento. Y el precio lo determina el ayuntamiento, en función del inicial, depreciando por los años transcurridos y aumentado por la inflación. Y NO se puede alquilar. De hecho, llevan años revisando in situ quién aparca y donde lo han revisado, la mayoría están incumpliendo la norma y el ayuntamiento puede quitarles el derecho de uso.
No sé si tu ayuntamiento apretará tanto, pero piensa que se suelen construir en zonas donde hay problemas de aparcamiento para que la usen los vecinos, y que no sea un negocio.