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Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).

4 respuestas
Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).
Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).
#1

Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).

Si hay un impuesto enrevesado, este es el ITP, sin duda....

a ver: padres donan su patrimonio en vida a sus hijos. a uno de ellos le corresponde la nuda propiedad de la vivienda familiar, reservándose los padres el usufructo vitalicio. los padres murieron hace 15 años. el hijo quiere cancelar el asiento registral del usufructo. hasta donde he podido sacar de los manuales que tengo, la cancelación del usufructo, al tener un origen lucrativo, iría por sucesiones. pero al hacer más de cuatro años del fallecimiento, y por tanto de la consolidación del condominio, entiendo que estaría prescrito. por otro lado, el escrito de cancelación tendría que ser en escritura pública ante notario?, si es así entonces sí liquidaría AJD? en fin, necesito luz amigos....

#2

Re: Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).

Los impuestos de donaciones y sucesiones están prescritos y creo que no es necesario otorgar escritura por la extinción del usufructo, con lo que no hay que liquidar ajd.

Saludos.

#3

Re: Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).

noticias frescas. efectivamente justo como has dicho (gracias en todo caso) es lo que he conseguido averiguar esta mañana tras visitas a registro, oficina liquidadora etc..... ahora tengo un segundo problema (jaja). en el modelo 651, que tengo tengo que adjuntar a la instancia en el Registro (aun siendo la cuota 0) hay que indicar los datos de los donantes/usufructuarios. pues bien, como fallecieron hace 15 años, los numeros de dni están a nombre de otras personas y el "sistema no lo admite", he terminado casi a voces en la oficina liquidadora pero así estoy, es surrealista. Mañana visito al Registrador para explicarle el problema a ver si él pude hablar con la oficina. alguna idea?

#4

Re: Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).

Me imagino que ya tendrán alguna fórmula para solucionarlo ya que el caso no es la primera vez que se da:
www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/253890-otra-persona-cuenta-ing-dni

Personalmente yo también he conocido el caso de dos personas vivas con el mismo DNI. La solución fue que a la persona de más edad la cambiaron el número.

Saludos.

#5

Re: Cancelación usufructo vitalicio, ¿prescrito? (ITP y AJD).

este caso es más complicado. las dos personas están muertas desde el año 86, ni siquiera existía el nif cuya ley creo que es del 90. y además, por pura lógica, si están muertas no pueden solicitar un nif !! por otro lado, antes de tener que pelearme con hacienda que nunca conviene, uno que sabe bastante me ha dicho que presente la instancia al registro sin el modelo 651, amparándome en el artículo 70.1 de la LGT, en el sentido de que no se pueden exigir obligaciones formales sobre una deuda prescrita.

(pd: echevarri !!! date una vuelta por este hilo !!! )