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#6917
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6918
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Pajarracosin eso que comentas de ser titular en la cuenta de tu madre, sería injusto que te resara a ti su pensión, puesto que hace años ( no tantos) exijian titular y la otra persona ( n se como se dice en este caso) lo recuerdo porque al abrir una en unicaja hace unos 12 años ,mi madre se puso de titular...por ese entonces casi toda la población solíamos ir a sacar dinero a la misma ventanilla , y por motivos de trabajo ,solíamos mandar al titular porque no habren por la tarde. O en tu caso supongo que si tu madre es mayor ,tu te haces cargo de eso.
Ahora disponemos de tarjetas hasta para comprar un chicle..antes no.
No se si me explico
Ahora disponemos de tarjetas hasta para comprar un chicle..antes no.
No se si me explico
#6919
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6920
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6921
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6922
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6923
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Por eso lo digo...esperemos que tengas suerte y no te perjudique y en el caso de tener que reclamar ,dejes constancia de esto.
#6924
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6925
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
8 euros?????? 😱😱
Te cobro??
Te cobro??
#6926
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
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Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Bueno ya os leeré a la madrugada..
Hoy trabajo de 12 a 00:00 y mi jefe me a dicho que como no suelto tlf ,no me puedo marchar hasta las 00: 30 😡😡
Hoy trabajo de 12 a 00:00 y mi jefe me a dicho que como no suelto tlf ,no me puedo marchar hasta las 00: 30 😡😡
#6929
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#6930
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Hola a todos,
Yo considero, como otro usuario indicaba, que, como mucho, se imputaría la mitad del dinero en esa cuenta conjunta, salvo prueba en contrario por cualquiera de las partes (tanto solicitante como Administración).
Para el caso de un adulto sólo, el patrimonio límite es de 16.614,00 €. En tanto no se supere, no debería haber mayor problema.
Saludos.
Yo considero, como otro usuario indicaba, que, como mucho, se imputaría la mitad del dinero en esa cuenta conjunta, salvo prueba en contrario por cualquiera de las partes (tanto solicitante como Administración).
Para el caso de un adulto sólo, el patrimonio límite es de 16.614,00 €. En tanto no se supere, no debería haber mayor problema.
Saludos.