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¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

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¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?
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¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?
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#1

¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Hola, buenos días. Les ruego que me contesten a unas dudas por favor. Yo tengo pérdidas con Degiro y desconocía que había que presentar el modelo D16. No hice la declaración D16 del 2016 ni 2017. ¿Alguién sabe si está prescrita la del 2016? Si caducase en un año y había que presentarla hasta el 31-01-2017, puede que caducase el 31-01-2018. ¿Si está prescrita y se hace me podrían sancionar? La que había que presentar este año que no hice tampoco, la presentaré en breve. Muchas gracias de antemano. Saludos cordiales.

#2

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Es infraccion leve. Prescribe al año. La del 16 si no te han dicho nada estás fuera. Por no presentar hay sanciones pero si se presenta fuera de plazo disminuyen las posibles sanciones, así, si no han pasado 6 meses la multa va de 150 a 300 euros, si han pasado los 6 meses creo que sube a 600.

Legislacion donde puedes concretar cantidades:

Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones Exteriores. Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre régimen jurídico de control de cambios.   Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.

 

#3

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Muchas gracias por tu atención y ayuda. Ayer hice las dos la del 2016 y 2017. Que te vaya todo muy bien. Saludos cordiales.

#5

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Disculpad, ¿Tiene algún sentido presentar ahora la del 16? Yo también me he enterado hace poco y voy a presentar ahora la del 17 (al menos llega por los pelos con menos de 6 meses de retraso).

Gracias anticipadas.

#6

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Hola, buenos días. Yo presenté las dos hace algo más de 4 meses. La sanción prescribe a los tres años según una web:

https://invertir.capital/que-viene-el-fisco-declaracion-de-inversiones-en-el-extranjero-el-modelo-d/

"Sin embargo, al ser una infracción leve, ésta prescribe en tan sólo un año. Así que si no la habéis presentado en años anteriores y no os ha requerido el Ministerio de Economía, estáis de suerte, porque la infracción habrá prescrito. Por su parte, la sanción prescribe a los tres años."

O sea que la del 2016 prescribe en el 2019 según dicha web. Claro que también pone que si es leve ya estaría prescrito en 1 año. Haga lo que usted considere oportuno, pero yo la haría. Mucha suerte. Que vaya todo muy bien. Saludos cordiales.

#7

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Gracias Jose, acabo de entregar la del 17.

Resulta curioso que la sanción por entregarla con más de un año de retraso sea de 600 euros pero al mismo tiempo prescriba al año. Creo que voy a pedir datos a mi broker y entregar la del 2016 también. La sanción por no entregarla se simplemente brutal

#8

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Hola:

 

para que yo lo entienda. el D6 de 2017 caduca el 1 de enero de 2019 ? osea si llega el 1 de enero de 2019 y no te han multado por asi decirlo quedas exento de presentarla y tendras que presentar la de 2018 ya que estaremos en 2019.

es asi?

saludos

 

pd: se le quitan a uno las ganas de andar sacando el dinero fuera de España.... y eso que es "el espacio unico europeo"...possss menosss mal!!! :(

 

#9

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Hola, buenas tardes. https://invertir.capital/que-viene-el-fisco-declaracion-de-inversiones-en-el-extranjero-el-modelo-d/ Sí si la toman como  una infracción leve, ésta prescribe en tan sólo un año como usted dice.. Así que si no la habéis presentado en años anteriores y no os ha requerido el Ministerio de Economía, estáis de suerte, porque la infracción habrá prescrito. Por su parte, la sanción prescribe a los tres años." Si lo tomasen como sanción prescribiría en el 2020 según dicha web. Haga lo que usted considere oportuno. Yo la tuve que hacer porque abrí la cuenta de un broker barato y resulta que está en Holanda. Tienes razón, estando en la Unión Europea y que se monten esas chorradas. Mucha suerte. Que vaya todo muy bien. Saludos cordiales.

#10

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Yo esq desde el 720 hui como de la peste... Pero esq entre el 720 y el D6 te funden rápido ai estas despistao.

Ahora tengo una cuenta en ferratumBank de Malta a cero euros q uso para cuando viajo eso tb tengo q declararlo aunque este a cero euros?

Saludos

#11

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Hola, buenas tardes. Le contesto a las dudas: 
MODELO 720 Solo tienes que declararla, si eres titular
 sobre una cuenta bancaria abierta en el extranjero cuyo saldo a 31 de diciembre 
supere los 50.000 €. Si tienes menos no hace falta hacerla, o incluíso si la tuvo en
otra fecha, parece que tampoco. 
D 6:

https://www.rankia.com/informacion/modelo-d-6#descripcion

Solo tiene que declarar usted si tenía a 31 de diciembre: depósitos,
valores acciones, ETFs y Fondos de inversión.
Usted si no ha tenido ni depósitos,
valores acciones, ETFs y Fondos de inversión a 31 de diciembre en el FerratumBank de Malta
no tiene que hacer el D 6. Da igual que los hubiese tenido en cualquier otra fecha del año.
Salvo en una excepción en:
Declaración de operaciones (flujos): Deberá efectuarse una declaración de flujos por cada inversión o
 liquidación que se realice en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación 
de, al menos, el 10% del capital o forme parte de su órgano de administración o cuando la inversión 
supere 1.502.530,26 Euros. El plazo para la presentación de esta declaración será de un mes a contar 
desde la fecha de realización de la operación.
Por lo que en eso si usted no ha tenido el 10% del capital  en sociedades no residentes y tampoco su inversión 
supera los 1.502.530,26 Euros, tampoco tiene que hacerla.
Que vaya todo muy bien y que tenga buen fin de semana. Saludos cordiales.

#12

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Creo que estáis un poco perdidos en tema de prescripciónes o sea sé de derecho administrativo. Una cosa es la infracción que prescribe al año, es decir si en 1 año el 1 de febrero del año siguiente no te han mandado un papelito a casa no te pueden mandar uno ya.
Y por otro lado está la sanción, la sanción es una vez que te mandan el papelito, tienen 3 años para cobrar, si no cobran en 3 años también prescribe.

#14

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Muchas gracias por las aclaraciones.
Mi pregunta es, presentaré el modelos D6 del año anterior si o si, merece la pena presentar las de 4 años anteriores o no?
Porque no lo he hecho nunca.
¿Las presento por si acaso y muestro buena voluntad? Que es la realidad, pero tengo el temor de que me vaya a meter en un follón por ser honrado. 
¿o me limito a presentar la última? 

Gracias de antemano
#15

Re: ¿Alguien conoce la prescripción del modelo D6?

Me encuentro en la misma situación. Me lleva la declaración un contable y ni enterado.