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Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

5 respuestas
Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio
Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio
#1

Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

A mediados de este año 2017 voy a jubilarme. Tengo pensado vender la plaza de aparcamiento cerca del trabajo.

PREGUNTO.: ¿Me interesa esperar al 2018 para vender dicha plaza de aparcamiento dado que mis ingresos serán menores en el 2018? o ¿por el contrario la tributación por el incremento patrimonial derivado de la venta del aparcamiento no guarda relación con los ingresos obtenidos por otros conceptos como es la pensión?

Atte

#2

Re: Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

Entiendo que obtendrás una plusvalía por dicha venta y por tanto tendrás en la Base del Ahorro este incremento consecuencia de la plusvalía.

Los Rendimientos del Trabajo o Pensiones , se integran en la Base General y por tanto se encuentra sometida a otros tipos impositivos distintos a la Base del Ahorro.

Por tanto es independiente tu coste fiscal de esta plusvalía de las Rentas del Trabajo.

Saludos

#3

Re: Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

ok, muchisimas gracias
Entiendo por tanto que es indiferente a efectos fiscales la venta en el 2017 que en el 2018

No así, el rescate de un plan de pensiones en forma de capital (con bonificación del 40% por haber comprado las participaciones antes del 2007) que parece lógico esperar al 2018 para su rescate. ¿Es correcto?

Atte

#4

Re: Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

Efectivamente el rescate del Fondo de Pensiones en forma de Capital con la reducción del 40% , es conveniente esperar al ejercicio siguiente, con menos rendimientos del trabajo puesto que este rescate si se suma en la misma Base General.

Saludos

#5

Re: Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

ok, gracias

#6

Re: Disminución de ingresos por trabajo e incremento de patrimoinio

Ahondando en el asunto y por "rizar" el tema. Al rescatar este plan de pensiones en forma de capital e ingresarlo en una c/c INDISTINTA con mi esposa. En el momento de mi fallecimiento, ¿mi esposa deberá tributar por impuesto de sucesiones por solo el 50% ya que el otro 50% sería de ella? ¿o por el contrario el rescate me lo ingresarán en una cuenta de la que sería YO SOLO el titular y ella tendría que tributar otra vez por el 100% en impuesto de sucesiones?
Atte