Declaración de Acciones
Las acciones recibidas en herencia, una vez ingresado el correspondiente ISD, satisfecho los honorarios del Notario por la Escritura de Aceptación y Adjudicación Parcial de Herencia y hecho el cambio de titularidad por la entidad bancaria SIN haber sido vendidas, ¿hay que incluirlas en la declaración de la renta?. Y en caso afirmativo, ¿dónde?.
Sé que la venta de derechos de suscripción tiene que incluirse como rendimientos del capital mobiliario y la venta de acciones se declara en la página 10(I) del PADRE.
Muchísimas gracias y un cordial saludo