Alegación en propuesta de liquidación y sus efectos de cara a ejercicios anteriores
Muy Buenas:
La AET me ha notificado una propuesta de liquidación provisional del IRPF 2015, poniéndome de manifiesto el expediente, y dandome la posibilidad de alegar.
Se me plantean tres dudas, la PRIMERA de ella es el tratamiento en cuanto a un inmueble de mi propiedad que tengo a disposición, dado que yo a la hora de calcular la renta imponible aplique el 1,1 % puesto que el municipio donde radica éste fué revisado sus valores castastrales: Hacienda dice que debía aplicar el 2 % puesto que corresponde a un municipio no revisado, dicho municipio fué revisado pero hace más de 10 años. La diferencia entre aplicar uno u otro tipo, supone un pago a mayores de poco más de cien euros. ¿Que debo aplicar el 1, 1 % o el 2 % cómo me dice Hacienda?.
La SEGUNDA, es la siguiente, suponiendo que lo haya aplicado mal, y sea el 2 % cómo dice Hacienda, que efectos tiene en las alegaciones a dicha propuesta de liquidcación provisional reconocer en ellas que lo he aplicado mal de cara a los cuatro ejercicios anteriores a este ejercicio, ¿acaso Hacienda al reconocer yo mi error en las alegaciones, me girará las correspondientes propuestas de liquidación provisional de los cuatro años anteriores por haberlo aplicado de igual modo mal?
La TERCERA, de haberlo hecho mal y reconocerlo en las alegaciones tal error, dicho reconocimiento que efectos tiene sobre una posible sanción por parte de Hacienda o no.
Atentamente, un saludo