Buenas tardes;
Hacerle saber que lo que debe presentar es una solicitud de devolución de ingresos indebidos ya que el error cometido le causo un perjuicio a usted (una menor cantidad a devolver o una mayor cantidad a pagar) ,la complementaria procedería si el error cometido hubiera sido en perjuicio de la Hacienda Pública.
Una vez hemos aclarado este punto le hago saber que en la propia web de la AEAT tiene usted colgados formularios tipo para poder realizar este tipo de comunicaciones.
Debe acompañar el escrito con toda la documentación que usted considere oportuna para poder acreditar la situación (en su caso concreto sería conveniente que adjuntara copia del contrato de alquiler y detalle bancario que acredite el pago de las mensualidades).
Sanción ? en ningún caso, usted presento la renta dentro del plazo voluntario de presentación y cometió un error que le perjudico a usted, es más una vez la administración resuelva y dictamine le pagaran intereses de demora a contar desde el último día de plazo voluntario para cada uno de los ejercicios para los que usted presente reclamación.
En cuanto al plazo de prescripción el mismo está fijado en 4 años por lo que actualmente usted podría presentar reclamación por errores cometidos en sus rentas de los ejercicios 2014 , 2013 ,2012 ,2011 ,tenga en consideración que la renta de 2011 se presentó en el año 2012 y que el plazo de prescripción de la misma empieza a contar desde el último día del plazo voluntario de presentación (suponiendo que aquel año el plazo finalizara el 30 de junio pues tendría usted hasta el 30 de junio de 2016 para poder presentar su solicitud de devolución de ingresos indebidos si en la misma se encuentra incluida alguna corrección con respecto a la renta 2011)