Amortizacion
IMPORTE MINIMO PARA AMORTIZAR.- Una persona física tiene una actividad y va a proceder a comprar una maquina registradora para el negocio, cuyo precio es de 400,00.-€ mas el iva correspondiente. Algún asesor le ha indicado que si el precio es menor a 500,00.-€ puede incluirlo como gasto sin tener que amortizarlo, ¿es esto correcto?, o bien los bienes adquiridos para la actividad se tienen que amortizar desde el precio 01,00.-€. Gracias