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Recompra con minusvalías y norma antiaplicación (dos meses)

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Recompra con minusvalías y norma antiaplicación (dos meses)
Recompra con minusvalías y norma antiaplicación (dos meses)
#1

Recompra con minusvalías y norma antiaplicación (dos meses)

Buenos días de nuevo,

Lo primero aclarar que sé que hay numerosos temas al respecto, entre ellos incluso alguno mío, pero por más que los leo no termino de enterarme del tema. Mil perdones.

Como la norma más o menos la conozco, quiero poner algún ejemplo concreto para ver si puedo llegar a comprender este aspecto.

Imaginemos que compró unas acciones, las vendo con minusvalías de 500 euros (que no puedo desgravar como pérdidas al haber recomprado antes de dos meses), y ese mismo día (o al siguiente, sin que pasen dos meses) vuelvo a comprar el mismo número de acciones que al vender ( pueden darse varios supuestos.)

Supuesto 1.
Vendo en pocos días con pérdidas de nuevo de, pongamos, 500 euros.

Supuesto 2.
Vendo en pocos días con beneficios de, pongamos, 500 euros.

Supuesto 3.
Vendo pasados dos meses con pérdidas de 500 euros

Supuesto 4.
Vendo pasados dos meses con beneficios de 500 euros

A la hora de hacer la declaración, en todos los supuestos, tengo cero acciones a 31 de diciembre y no recompro hasta marzo, pasados dos meses.

La pregunta primera es... Afecta en algo a que la venta segunda se realice con más o menos de dos meses desde que ser compraron las acciones?

Y lo siguiente es... En el supuesto uno... Una vez vendidas, me puedo declarar las dos ventas ya? Lo primero no voy a poder por haber recomprado sin dejar pasar dos meses?

En el supuesto dos... La segunda operación esta clara, plusvalías y declararlas para que me retengan, pero... Y la primera operación con pérdidas? Qué hago con ella?

Ya perdonareis pero lo que estoy haciendo ahora es dejar esperar cuando tengo pérdidas dos meses para no tener lios con la declaración... Pero esto me esta llevando a perder buenas oportunidades de compra.

Mil gracias y perdón por el lío.

#2

Re: Recompra con minusvalías y norma antiaplicación (dos meses)

Siempre que te quedes con saldo cero puedes compensar TODO, independientemente de si has respetado o no el plazo temporal de dos meses. Así que si crees que estás perdiendo oportunidades de ganar por este tema, haz lo que quieras y sólo preocúpate de tener saldo cero a final de año en aquellos valores en los que hayas hecho muchas compras y ventas seguidas.

Los que no queden con saldo cero sí tendrás que calcular las minusvalías bloqueadas.

Y una última cosa. El plazo de la norma antiaplicación es de dos meses en el Mercado Continuo y algunos mercados nacionales y europeos más, pero es de un año en el MAB o todos los mercados USA, por ejemplo. Ten cuidado con esto. En cualquier caso, sean dos meses o un año el plazo a considerar, es válido lo de quedarse a cero para poder compensar todas las plusvalías y minusvalías.

Saludos.