El caso particular puede dar mucha pena. Pero los gobernantes deben gobernar en base al interés general, y en base a evidencias.
Dices que un señor mayor, incapacitado, se puede pagar una residencia de 1.600 €/mes con solo una pensión de 820 €/mes.
???
MILAGRO!
¡Obviamente no!
Si se puede pagar, es que existe de donde pagar. O descendientes con una solvencia suficiente, o ahorros financieros en cantidad suficiente.
Podría suceder que el único ahorro fuese la vivienda en propiedad. De esos, hay muchísimos casos. Justamente para estos supuestos, mayores con poca solvencia y gastos más elevados que el ingreso, y sin familia solvente que pueda ayudar, pero con un activo inmobiliario disponible, existe la exención de la ganancia patrimonial por la venta de la vivienda habitual.
Las bonificaciones de los impuestos, que no son más que gastos públicos ex-ante, deben gestionarse con sumo cuidado, y destinarlos allí solamente donde más falta y justicia hacen. A ser posible, atendiendo prioritariamente "necesidades", y solo luego, y si las cuentas lo permiten, compensando el resto de "conveniencias".
A mi entender, si hay o familia con razonable solvencia, o patrimonio mobiliario (ahorros dinerarios) de donde tirar, muy "necesario" no es el caso. Conveniente y quizás hasta justo, pues puede ser. Pero no es el primer escalón.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!