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Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

5 respuestas
Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta
Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta
#1

Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

Hola,
el año pasado falleció mi mujer y teníamos cada uno un seguro de vida por valor de la mitad de la hipoteca. El seguro pagó la parte correspondiente de mi mujer. ¿tengo que poner algo de esto en mi declaración de la renta?
He intentado buscar información al respecto pero solo encuentro temas de seguros de vida como inversión.
Saludos y gracias,
Javier

#2

Re: Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

No afecta para nada a tu declaración, no te preocupes.

Un saludo

#3

Re: Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

Hola Leopol72,
es que mi gestor me ha llamado para preguntarme por la cantidad para ponerlo como ganancia patrimonial. ¿se tiene que declarar este dinero de alguna forma? Yo el dinero ni lo he visto, me lon descontado de lo que quedaba de hipoteca.
Saludos y gracias,
Javier

#4

Re: Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

Pues que te explique por qué lo pretende poner como ganancia cuando no la hay.
La cantidad amortizada de la hipoteca por el seguro no es un incremento de patrimonio sino un rendimiento del capital mobiliario si el tomador es el mismo que el beneficiario como parece el caso (da igual que el beneficiario sea el banco, se destina a amortizar hipoteca del beneficiario).
Por lo tanto, en la renta de tu mujer, hay que ponerlo pero como rendimiento del capital mobiliario por diferencia entre lo percibido o amortizado y las primas satisfechas; y en tu caso, si ha amortizado también algo de tu mitad, lo debes declarar en sucesiones, y si no, pues en ningún sitio.

Un saludo

#5

Re: Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

En mi caso el Tomador del seguro era mi mujer y el beneficiario el banco o mi hijo y yo por herencia. ¿debo ponerlo en la declaración de mi mujer como indicas? Por lo que he visto por ahí (y que no me queda muy claro) se debería incluir en sucesiones.

#6

Re: Cobro de seguro de vida por fallecimiento en declaración de la renta

Como digo, si el que recibe el dinero es el tomador, tributa en renta como rendimiento del capital mobiliario, y da igual que lo reciba el banco y se destine a amortizar su hipoteca, tributa el que sale beneficiado por el seguro siendo el tomador.
Si el que lo recibe no es el tomador, tributa por herencia en el impuesto de sucesiones, por ejemplo si la indemnización superase la hipoteca pendiente y el resto lo hubieran percibido los herederos.

Un saludo