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Disolución gananciales por fallecimiento

9 respuestas
Disolución gananciales por fallecimiento
Disolución gananciales por fallecimiento
#1

Disolución gananciales por fallecimiento

Me podríais aclarar un tema,
Cuando fallece uno de los cónyuges y éstos formaban sociedad de gananciales, los bienes inmuebles del cónyuge vivo no se adquieren de nuevo, entiendo que la fecha de adquisición es la fecha en la que los adquirió junto con su marido. ¿ésto es así, no?
Gracias.

#2

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

La mitad que le pertenece al viudo/a, efectivamente, es suya desde que la compró. La mitad heredada es de los herederos desde la fecha del fallecimiento.

#3

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Nos vendimos el año pasado un piso y he visto que en los datos fiscales de mi madre pone que la fecha de adquisición es la fecha del año de defunción de mi padre.
Definitivamente, esta gente no se lee las escrituras al dedillo porque mi madre heredó pero renunció a la herencia en favor nuestra y eso lo dice clarito la escritura de aceptación.
Lo mismo me pasó con la plusvalía que liquidé en 2010. Pusieron a mi madre como contribuyente. Tampoco se leyeron bien la escritura de aceptación de la herencia.
Me estoy temiendo que mi madre tenga adjudicados los inmuebles con valoraciones del impuesto de Sucesiones, visto lo visto.

#4

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Cuidado con esa renuncia, hay que ver si llegó a heredar o no, si renuncia pura y simplemente, no llega a heredar, pero si renuncia en favor de alguien, si, hay dos transmisiones, hereda y luego lo dona.
En la plusvalía da un poco igual quien aparezca como contribuyente, no se preocupan mucho de eso mientras liquiden correctamente por la mitad (o lo que sea) que se transmite.
Y no se han leído ninguna escritura, la información de transmisión de inmuebles se la pasa la CA procedente de las declaraciones presentadas allí, así que si hay un error, lo habrá en la liquidación de sucesiones o transmisiones de la CA. Revisalo todo.

Un saludo

#5

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Hola Leopol, el testamento era en favor de mi madre como heredera universal pero con la cláusula de "sustitución vulgar"a favor nuestro. En la escritura de aceptación, mi madre "renuncia pura y simple" en favor nuestro.

Dices, "la información de transmisión de inmuebles se la pasa la CA procedente de las declaraciones presentadas".
Si, correcto. La Plusvalía se liquidó en dos, la parte de mi madre (desde 1978) y la nuestra (desde 2010).
Pero no entiendo porque en los datos fiscales de mi madre, la AEAT dice que la adquisición del piso es de 2010. En 2010 lo adquirimos nosotras por herencia. A mi madre le venía el piso de la sociedad de gananciales adquirido en 1978.

#6

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Yo creía que la renuncia pura y simple no puede ser en favor de nadie.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Yo también...

Un saludo

#8

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

LA plusvalía es del Ayuntamiento, va por otro lado.
Sin ver lo que pone en los datos fiscales y en la escritura, y en la declaración de sucesiones, no te puedo ayudar mas, algo no cuadra

Un saludo

#9

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Hola Leopol,
Quisiera aclarar un error que cometí cuando te comenté que mi madre renunció "a favor nuestro".
No es así, me volví a leer la escritura de aceptación de herencia y mi madre renuncia pura y simple y nosotras aceptamos.
Tu como entiendes más de estos temas te diste cuenta y yo lo explique a mi manera pensando que mi madre renunciaba a favor nuestro.

Un saludo.

#10

Re: Disolución gananciales por fallecimiento

Era lo lógico.
Bueno, el caso es que la mitad del piso era de tu madre, que lo tenía desde su compra en gananciales en 1978, y la otra mitad de los hijos, desde el 2010, fallecimiento del otro cónyuge.
Cada uno debe reflejar en su declaración el incremento de patrimonio en función de esa realidad y aplicar la normativa que le corresponda, con los valores de adquisición de cada momento; si os requieren porque algún dato no les cuadra, se aporta la documentación y ya está.

Un saludo