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Declaración 347 para gasolineras

3 respuestas
Declaración 347 para gasolineras
Declaración 347 para gasolineras
#1

Declaración 347 para gasolineras

Buenos días, empiezo a llevar la contabilidad de una gasolinera no abanderada y mi pregunta es la siguiente;las ventas son de contado que no superan los 150 €, pero tenemos clientes que repostan todo el año y algunos superan los 6.500 €. ¿ Tengo que presentar el modelo 347 ?. Muchas gracias de antemano.

#2

Re: Declaración 347 para gasolineras

En primer lugar debes de saber que el plazo para presentar el modelo 347 finalizó el 28 de febrero para este año. Cuya falta de presentación conlleva a una sanción pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos, con un máximo de 20.000euros.

En cuanto a cuando se debe de presentar, el modelo 347 obliga a todo contribuyente cuyas operaciones con terceros sean superiores a 3.005,06euros. Englobando tantos las ventas de bienes como de servicios.

¡Saludos!

#3

Re: Declaración 347 para gasolineras

Buenas tardes y muchas gracias por su rápida atención, pero, quizás no hice la pregunta correcta. Conozco la fecha de presentación. La declaración que yo tengo que hacer para el próximo año,( hasta ahora ha sido por el total de las ventas registradas ), ¿ tengo que hacerla cliente por cliente ?. Muchas gracias

#4

Re: Declaración 347 para gasolineras

Hola, perdoname esta vez por mi retraso.

La declaración que debes de hacer es en conjunto, es decir, el modelo 347 se presenta por el conjunto de todas las ventas y servicios realizados con terceros.

Saludos!