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Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

9 respuestas
Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015
Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015
#1

Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Hola. Tengo una duda sobre quien firmará la declaración conjunta de la renta 2014 que sale a devolver cuando fallece un cónyuge en 2015. La unidad familiar fue de 2 cónyuges y un hijo menor durante todo 2014.

He encontrado información sobre el IRPF de un fallecido durante el periodo impositivo, pero pregunto sobre quien firmará si fallece tras el periodo impositivo (fallece el año siguiente).

- ¿Presento declaración conjunta por internet firmando con los números de referencia?
- ¿Presento declaración conjunta por internet firmando con los certificados de usuario?
- ¿Imprimo y presento en banco poniendo fallecido un cónyuge?
- ¿Imprimo y presento en Hacienda poniendo fallecido un cónyuge?

He leído que hay que declarar en el impuesto de sucesiones la devolución prevista (o hacer complementaria) cuando fallece en el periodo impositivo, ¿pero y si fallece tras el periodo impositivo como es el caso preguntado?

Saludos.

#2

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Yo lo haría de cualquiera de las formas que relacionas.

En el caso de que la presentes en el banco, adjuntaría fotocopia del certificado de defunción.

Y si la presentas en hacienda, es posible que te exijan además del certificado de defunción, otros justificantes como pueden ser libro de familia, certificado del registro de últimas voluntades, testamento....

En el Impuesto de Sucesiones en el caso de que no lo hayas presentado, deberás incluir como bienes del fallecido el importe de la devolución de IRPF.

Saludos.

#3

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

El impuesto de sucesiones ya lo he presentado y no he incluido la devolución porque:
1.- La declaración IRPF 2014 es conjunta porque el fallecimiento fue en 2015.
2.- El importe de la devolución no lo sé. Ni siquiera está disponible el programa PADRE.
3.- Entiendo que si fallece en 2015 no afecta a los datos personales del periodo impositivo que son al 31-12-2014 donde seguimos casados.
4.- Creo que las devoluciones que se incluyen en el impuesto de sucesiones son las de fallecimientos durante el periodo impositivo, no las devoluciones del año anterior.

Falleció el 12.02.2015 y quiero hacer la renta 2014.

#4

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Estamos de acuerdo que en IRPF 2014, no afecta en nada el fallecimiento en la declaración que presentaremos en mayo-junio próximo. En todo caso lo hará en la que tengas que presentar en la renta del año 2015 que se hará en mayo-junio del año 2016.

Y en mi opinión, si ya has presentado declaración del Impuesto de Sucesiones y evidentemente no sabías la cantidad a devolver del Impuesto Renta, tendrás que hacer una declaración complementaria de aquel aumentando los bienes del fallecido en la cantidad que le correspondían por la devolución de renta.

Saludos.

#5

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

A mi no me cuadra si la declaración es conjunta. ¿Cómo sabré qué parte es mía y cual de ella? ¿El 50%?

En el manual de la renta siempre se habla de la declaración de un fallecido durante el periodo impositivo y que debe ser individual.

Pero es mi caso es la declaración de la renta de una persona viva durante todo el periodo impositivo.

#6

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Creo que no me explico bien. Para el IRPF del año 2014, no influye en nada el fallecimiento del cónyuge y puedes hacerlo conjunta o individual según te convenga: la que presentamos en mayo-junio 2015.

Lo que lees en el manual de renta, tendrás que aplicarlo el próximo año porque tu cónyuge ha fallecido durante el ejercicio de 2015. Es durante ese periodo impositivo cuando ha ocurrido y habrá que hacerlo con declaración individual: la que presentamos en mayo.junio 2016.

Saludos.

#7

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Una cosa a considerar, seguramente cuando se vea que uno ha fallecido paralicen la devolución hasta que no se justifique el pago de Impuesto de Sucesiones, así que ten la mano la adicción a la herencia para cuando te soliciten que lo presentes.

#8

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Si presentas la declaración por interned evitas el problema de la firma.
Para evitar que lo bloqueen por haber fallecido, unos días después de presentarla vas a Hacienda rellenas un formulario que tienen solicitando la devolución como heredero, presentando certificados de defunción, últimas voluntades, titularidad de la c/c donde lo domicilias, testamento, el libro de familia, DNI vuestros y de los hijos, supongo que también tendrán que firmar como herederos. Si la devolución es de menos de 2.000 € no piden el ISD.

#9

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Como dice Empty, en la declaración de sucesiones se deben incluir todos los créditos no cobrados de que sea titular el fallecido, tanto si vienen del IRPF del 2014, como del 2015 (si procede y la pedís), como si viene de cualquier otro impuesto. El problema es que no conoces el importe, no pasa nada, lo adicionas si se empeñan (normalmente a partir de 2.000 euros de devolución) cuando presentes las declaraciones correspondientes. Entiendo que debes adicionar la mitad de la devolución del 2014 al ser conjunta y el 100% de la del 2015 al ser individual.

Un saludo

#10

Re: Declaración de la Renta 2014 de fallecido en 2015

Como dice Empty, la presentación del IRPF 2014 no afecta al echo de que el contribuyente haya fallecido este 2015.
El IRPF 2014 se hace declaración conjunta y para evitar la firma, se presenta telemáticamente y la cuenta bancaria de los titulares. No tiene porque haber ningún problema.
Ya será en el IRPF 2015 cuando haya que presentar la declaración individual marcando la casilla como contribuyente fallecido, presentación de la oficina tributaria junto con la aceptación herencia, certificado defunción, etc, y todo lo demás con respecto a Sucesiones si queréis cobrar la devolución del IRPF 2015 del fallecido.