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Donación al Conyuge?.

4 respuestas
Donación al Conyuge?.
Donación al Conyuge?.
#1

Donación al Conyuge?.

Buenas Noches y Gracias por Anticipado por las Respuestas Futuras.

Vamos a ver, tengo una cuenta vista ahorro con mi mujer en la cual los dos somos titulares solidario, es decir los dos sacamos dinero cuando queremos, tenemos tarjetas de crédito, se hacen transferencias a otras cuentas etc etc.

solo tengo ingresos Yo, la pregunta es la siguiente:

- Si ella saca dinero en miles de euro, para una dentadura con implantes se considera donación?, yo entiendo que no, pero con este Gobierno ahora en la actualidad cualquiera sabe......

- Si ella compra o vende acciones de bolsa se considera donación?.

- si nos compramos un coche y lo ponemos a su nombre, pagado con el dinero de esa cuenta, se considera donación?.

Muchas gracias, Yo considero y siempre he tenido entendido que al estar casado y tener una cuenta a nombre de los dos nunca seria donación, o al menos hacienda no suele meterse.....

s2.

#2

Re: Donación al Conyuge?.

Si estáis en gananciales lo que ganas es de los dos a partes iguales, así que no hay problema.

Si estáis en separación de bienes se presumiría una donación no el gasto realizado sino el ingreso que es tuyo pero que está a nombre de los dos (Ej. ganas 100 que se ingresa en una cuenta conjunta, pues 50 sería presumiblemente donación), pero sería ridículo perseguir esas operaciones y no habría recursos humanos suficientes ni para la cuarta parte.

#3

Re: Donación al Conyuge?.

hola kyrie y gracias por responder.

es una cuenta que esta abierta desde el 1955, hasta ahora nunca hemos tenido problemas, y espero no tenerlos tal como se han puesto las cosas en este país.
así estamos en gananciales me parece, bueno con que es una cuenta tan antigua.

Un saludo.

#4

Re: Donación al Conyuge?.

Da igual la antigüedad de la cuenta. Se aplica lo que te ha dicho Kyrie.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Donación al Conyuge?.

Del único caso en que podría haber dudas es el de la compra de acciones si no se ponen a nombre de los dos, y casi tampoco puesto que se presumen gananciales al comprarse con dinero ganancial.
Lo del dentista es absurdo plantearlo siquiera, y el coche también se presume ganancial salvo que se pruebe lo contrario. Otra cosa sería comprárselo al hijo, eso si es una donación que tributaría.
Vamos, no te preocupes.

Un saludo