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Renta y prestación por hijo a cargo

8 respuestas
Renta y prestación por hijo a cargo
Renta y prestación por hijo a cargo
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#1

Renta y prestación por hijo a cargo

HOLA A TODOS: Tengo una duda para que me concedan la ayuda de prestación familiar por hijo a cargo. Somos familia numerosa de carácter general matrimonio y tres hijos de 18,15 y 10 años .Mi duda es en la declaración de la renta que cantidades son las que se calculan para este fin, 1º( base imponible general + base imponible del ahorro ) 2º(base liquidable general + base liquidable del ahorro). vivo en la comunidad de Castilla y león (SEGOVIA), si no son estas opciones cual serian .MUCHAS GRACIAS.

#2

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

Buenas tardes, 

La Seguridad Social establece que podrás ser beneficiario de esta prestación siempre que los progenitores

No perciban  ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a 11.519,16 euros. Dicha cuantía se incrementa en un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo, a partir del segundo, incluido éste. No se exige límite de ingresos para el reconocimiento de la condición de beneficiario de la asignación por hijo o menor acogido a cargo con discapacidad. 

Cuando se trate de familias numerosas, los ingresos anuales no serán superiores a 17.337,05 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 2.808,12 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, incluido éste.

Para acreditar el requisito relativo al límite de ingresos, se tendrán en cuenta los rendimientos del trabajo, del capital, de las actividades económicas y ganancias patrimoniales, en los mismos términos en que son computados en el apartado 1 del artículo 50 de la LGSS  para el reconocimiento de los complementos para mínimos de las pensiones, de conformidad con las reglas siguientes:
  • Los rendimientos procedentes del trabajo o de la realización de actividades económicas se computarán en su valor neto (rendimiento neto).
  • Cuando se trate de rendimientos del capital mobiliario, los ingresos se computarán en su valor integro.
  • En el supuesto de rendimientos del capital inmobiliario, los ingresos se computarán en su valor integro, excluyendo los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal.
  • Las ganancias patrimoniales se computarán, únicamente, las ganancias netas, con saldo positivo, derivadas de la venta de bienes muebles (acciones, fondos de inversión,…) o de bienes inmuebles.
  • No se computarán las rentas exentas a las que se refieren los párrafos a), b), c), d), e), i), j), n), o), q), r), s), t), x) y z) del artículo 7 del texto refundido de la Ley del IRPF , así como las prestaciones familiares recogidas en el párrafo h) del citado artículo, ni el importe del complemento por tercera persona, en el supuesto de pensiones de gran invalidez.

Saludos

#3

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

Entendido se computa la base imponible . MUCHAS GRACIAS

#4

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

Pues no lo tengo tan claro que sea la base imponible.

Según el comentario de Carla Quinto, habla de RENDIMIENTO NETO. No de base imponible.

Saludos.

#5

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

OK ,se contabiliza los ingresos íntegros sin ningún tipo de deducciones .CRACIAS A TODOS POR VUESTRA AYUDA

#6

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

Los ingresos íntegros, se refieren solamente a la hora de computar los rendimientos de capital mobiliario. Si por ejemplo has tenido unos intereses en un cuenta bancaria de 200 euros íntegros y te han practicado una retención del 21%, tienes que declarar como ingresos 200 euros y no lo efectivamente cobrado que habrán sido 158 euros.

Cuando se trate de rendimientos del capital mobiliario, los ingresos se computarán en su valor integro.
En cambio, si tienes rendimientos de trabajo personal tienes que declarar los ingresos netos, es decir al importe bruto que has cobrado le restas las cuotas a la seguridad social que te hayan descontado y las cuotas a sindicatos que hayas pagado. Y otros si los hubiera. En definitiva, el importe que te aparecería en la declaración de la renta en la casilla 015.
Los rendimientos procedentes del trabajo o de la realización de actividades económicas se computarán en su valor neto (rendimiento neto).
Saludos.
#7

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

Buenas otra vez aquí el de las dudas, y perdonar por las molestias pero a ver si me aclaro.
1º- yo cobro una pequeña pensión por incapacidad se computa lo reflejado en la casilla de la renta rendimiento neto casilla 015.
2º- intereses de las cuentas bancarias , se computan los ingresos integros o el rendimiento neto ya que tengo gastos ¿ a esta cantidad se le suman las retenciones?.
3º- mi mujer tiene actividad agrícola aquí es donde hay mas dudas se computa el rendimiento minorado o rendimiento por módulos que es la misma cantidad casillas 158,166 . y luego esta el rendimiento neto de la actividad y rendimiento neto reducido total que son el mismo importe casillas 171,180 (la actividad es en estimación objetiva?
GRACIAS POR VUESTRA AYUDA

#8

Re: Renta y prestación por hijo a cargo

Tal como está redactado la normativa de la Seguridad Social y en mi opinión:

-Casilla 015.

-Casilla 028.

-Casilla 171.

Saludos.