#1
#2
Re: Perdidas patrimoniales
Si no has tenido ganancias en 2013 en compraventas en plazo superior a un año, no puedes.
Las pérdidas pendientes las podrías incluir en la casilla 369, siempre que la 368 tenga saldo.
Saludos.
#3
CÓDIGO AMIGO
Si no has tenido ganancias en 2013 en compraventas en plazo superior a un año, no puedes.
Las pérdidas pendientes las podrías incluir en la casilla 369, siempre que la 368 tenga saldo.
Saludos.