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Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

7 respuestas
Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta
Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta
#1

Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

Buenas a tod@s, no he visto dónde presentarme, este es mi primer mensaje. Si incumplo algo por favor disculpad.

Al grano, je, je.

Mi mujer dispone de una vivienda en propiedad 100% ya está pagada, otra en la que vivimos 100% mía y es la que ponemos como vivienda habitual con hipoteca pagándola y por la que nos deducimos lo que pagamos al año. Ademas tenemos otra vivienda entre los dos 50%.

Dudas.

1. ¿Puedo poner dos viviendas como habituales para evitar tener que pagar por "renta inmobiliaria imputada"?, aunque sólo me deduciría por una. Revisando declaraciones hace dos años lo hice así (estando en la misma sistuación) y no me dijeron nada, pero claro puede ser porque no se dieran cuenta, ¿o porque se puede hacer?.

2. Si no puedo, en el caso de la vivienda entre los dos, el periodo imputable ¿puedo poner 180 días yo y 180 días mi conyuge? que es lo que sumaría un año

Creo que la pregunta es para más o menos expertos.

Muchas gracias y un saludo, espero vuestras respuestas.

#2

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

Entiendo que las viviendas que dices que son 100 de cada uno, son bienes privativos, si estaís casados en Gananciales , estas viviendas se adquirieron antes del matrimonio o provienen de herencia.

Si están adquiridas estando casados en Gananciales, pertenecen al 50% a cada cónyuge y como tales hay que declararlas.

La vivienda que su uso es vivienda habitual , que tiene hipoteca, salvo que esta hipoteca se este pagando con dinero privativo del cónyuge titular y se deduce únicamente el mismo , si se esta pagando con dinero de Gananciales , se asigna la deducción al 50% a cada cónyuge.

Las viviendas que son vivienda habitual , deben ser declaradas como "A disposición de sus titulares" y por tanto generan Rentas Imputadas.

Cuando se indica % propiedad es donde si son al 50% se pone este porcentaje y el programa asigna la mitad de lo declarado.

Saludos

#3

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

"Las viviendas que no son vivienda habitual" , he omito el no y cambia el sentido.

Saludos

#4

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

Hola, estamos casados en separación de bienes, y las viviendas de cada uno fueron adquiridas antes del matrimonio, la otra está puesta a nombre de los dos al 50% y adquirida después de matrimonio.

Revisando la declaración de hace dos años puse vivienda habitual la mía, y después vivienda habitual la de ella, conyuge , puse dos viviendas habituales sin darme cuenta, no me han dicho nada. Por lo que me ahorré de pagar por una de ellas Rentas Imputadas. Pero ¿esto está mal?.

Te cuento, al hacer la declaración si tildas vivienda habitual, no se generan Rentas Imputadas (lo que te ahorras de pagar), creo esto no es como dices.

Cuando no tildas vivienda habitual es cuando luego tienes que poner opción 2. "A disposición de sus titulares" y es cuando se generan Rentas Imputadas.

Segunda duda, en la vivienda que tenemos a medias, pongo tanto en mi caso como en el de mi conyuge 50% propiedad y 50% ususfructo, la duda es si pongo en cada caso 180 días yo y 180 días mi conyuge o 365 días cada uno. Por favor aclararme esto. Y lo otro también, je, je.

Gracias, un saludo.

#5

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

De acuerdo con lo que comentas, solo puedes asignar como vivienda habitual en la ambos ocupáis y efectivamente esta no tiene Rentas Imputadas, pero solo una vivienda, la que es el domicilio.

La otra vivienda de titular el cónyuge, tiene que asignarse l00% propiedad (nada de usufructo) y a disposición de sus titulares.

La que es 50% de ambos cónyuges , se asigna a disposición de sus titulares y la propiedad se asigna 50% en cada uno (nada de usufructo) y en cada uno se pone la totalidad de días y el total de valor catastral, el programa asigna el 50% a cada uno.

En el PADRE , te confecciona las DOS individuales y la CONJUNTA , los datos solo se pueden cumplimentar en cada Individual ( DECLARANTE - CONYUGE ) , es indistinto quien figure como Declarante y quien como Cónyuge.

Las normas se han de cumplir de acuerdo con la realidad y no en función de como convenga mejor fiscalmente.

Saludos

#6

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

Se puede decir más alto pero no más claro.

No entiendo las vueltas que le llega a dar la gente a las cosas con la única finalidad de no cumplir lo que establece la normativa.

Si tienes tres inmuebles en propiedad pues los dos que no son tu vivienda habitual suponen una imputación de rentas,salvo que estén afectos a una actividad económica o bien sean generadores de rendimientos de capital inmobiliario.(tampoco resulta tan difícil de entender).

#7

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

Muchas gracias Lunatico no sabía si lo estaba haciendo bién por eso preguntaba. Y fíjate que hacía mal lo de poner usufructo. Gracias de nuevo ahora lo tengo todo claro, antes no.

En otro orden de cosas lo que no es entendible es que alguien se meta en un post para no decir nada y criticar. Quién pregunta es porque no sabe y lo hace para saber y que le ayuden, no para que lo critiquen. Claro que estamos de todos je, je.

Un saludo a todos menos a uno, je, je.

#8

Re: Periodo computable segunda y tercera vivienda - declaración de la renta

Hola, y cuando una vivieda secundaria ha estado alquilada solo unos meses, donde se reflejan el nº de dias?- Muchas gracias