Rectificación datos IRPF s/imputación pérdidas
Contribuyente que en sus declaraciones de IRPF de los años 2009-2010-2011-2012, además de rendimientos del trabajo y de actividades económicas, ha declarado ganancias y pérdidas sobre compra-venta acciones.
La cuestión es que en el cómputo de las ganancias y pérdidas, por desconocimiento, no se consideró ni la regla antiaplicación de los dos meses, ni el método FIFO sobre valores homógeneos, y se imputaron íntegramente todas las pérdidas obtenidas en cada ejercicio fiscal, sin que en ningún caso hubiera ganancias patrimoniales que derivarán en cuota a pagar.
El contribuyente ha operado con distintos valores y en distintos brokers financieros, y una vez recalculadas todas las operaciones realizadas, ateniéndose ahora sí a la regla de los dos meses y al método FIFO, las consecuencias derivadas son las siguientes:
1º.- Siguen sin producirse ganancias (existen partidas de pérdidas integrables que determinan rendimiento negativo).
2º.- Parte de las pérdidas obtenidas, y que en los años referidos se habían imputado directamente, se difieren a años posteriores, y en algunas en concreto todavía no se pueden imputar.
¿Qué es lo que ocurre? Pues que en este caso, pérdidas del año 2009 (y sucesivos) que prescribe su compensación en 2013 (y sucesivos), se perderían sin poder aplicarlas.
¿Cuál es el planteamiento y/o solución? Hemos visto la posibilidad de aplicando los artículos 122.1 y 122.3 de la Ley General Tributaria, que habilitan al contribuyente a presentar "comunicación de datos sustitutivos", proceder a rectificar las pérdidas declaradas en los años no prescritos, de manera que pueda ejercer a futuro su derecho a compensación.
Es algo enrevesado, pero entiendo que la Ley lo permite en tiempo y forma.
Cordiales saludos. Fernando Otón.