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Embargo por impago de ibi

14 respuestas
Embargo por impago de ibi
Embargo por impago de ibi
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#1

Embargo por impago de ibi

mi situacion es esta: compro el piso en 2005.
no pago en todos estos años el ibi.
no recibo notificacion alguna (ya que tengo alquilado el piso y no me avisan los inquilinos).
en agosto de 2012, julio 2013 y agosto 2013 me notifican via edicto (boletin oficial provincial).
no consulto el bop por lo que no me entero de las notificaciones.
en enero de 2014 me mandan carta de embargo de mi devolucion del irpf y de mis cuentas bancarias.

mi pregunta es....¿me pueden reclamar toda la deuda desde 2005?, si no es asi, la 1ª notificacion edictal la he recibido en agosto de 2012, ¿que años me pueden reclamar para pagar?

ps. ¿me puedo acoger a un pago fraccionado de la deuda?, y si el ayuntamiento en cuestion me esta pidiendo mas de lo que es, ¿puedo interponer algun recurso o redactar una devolucion por ingresos indebidos?

estoy desesperado,....denme una solucion.

#2

Re: Embargo por impago de ibi

¿Y como propietario de un piso no sabes cuáles son tus obligaciones?
¿En 9 años no te preocupas de acudir a la Administración para informarte y liquidar lo que debes?

Y yo pagando impuestos...

Sin comentarios.

#3

Re: Embargo por impago de ibi

El IBI jurídicamente es un impuesto de notificación periódica y colectiva, lo que hacen los Ayuntamientos de enviarte la liquidación a casa para que la pagues es una comodidad para ti (pues te acuerdas de que lo tienes que pagar) y para ellos (pues se quitan el mochuelo de que vayan todos a sus oficinas a pedir que les hagan la liquidación).

Pero como he dicho, es de comunicación colectiva, no tienen por qué enviarte por Ley ninguna carta ni nada; si no te llega deberías ir tu a preguntar que pasa y allí ya te darían la liquidación.

Por otra parte, me falta la notificación de la providencia de apremio previa a la notificación por comparecencia, ¿O es que tampoco te llegó? Porque ahí sí que veo un fallo en la Administración.

#4

Re: Embargo por impago de ibi

ante todo gracias por vuestras respuestas. kyrie, la notificacion que me llego fisicamente fue cuando realmente ya me habian embargado, que casualidad, intentan localizarme en el domicilio en el cual no he vivido nunca por tenerlo alquilado, pero cuando quieren cobrarlo, me lo han mandando al domicilio de "mis padres". para que luego digan que querer es poder. en cuanto a ti javimate, yo quiero pagar y estoy dispuesto a ello, como ya he dicho si puede ser fraccionado, pero si puedo pagar 4 años "segun dice la ley", porque voy a pagar todo el conjunto?
un saludo

#5

Re: Embargo por impago de ibi

Pues yo pagaría y luego recurriría por un defecto de notificación por no haberse notificado en ningún momento a tu domicilio habitual, a ver si puedes sacar algo en limpio, aunque está difícil...

Por otra parte, ¿Estás empadronado en donde vives?, ¿Hiciste el modelo 030 para avisar a Hacienda?, ¿Qué domicilio pones en las declaraciones?.

#6

Re: Embargo por impago de ibi

hola de nuevo, por descontado que quiero quitarme la deuda, pero a ver si puede ser fraccionadamente,...en cuanto a tus preguntas,...estoy empadronado donde tengo mi piso (aunque lo tengo alquilado), pero vivo en otra ciudad de alquiler por motivos laborales. el modelo 030 no se cual es, vamos, que no lo he hecho y el domicilio que pongo en los irpf es el de mi piso.
un saludo kyrie

#7

Re: Embargo por impago de ibi

Respecto al aplazamiento/fraccionamiento lo mejor que puedes hacer es preguntar a Hacienda (supongo que es la AEAT pues se debe encontrar en ejecutiva la deuda) si te la concederían.

Respecto a las notificaciones, ahí está el problema de porqué se te ha notificado "mal"...

Aunque no te empadrones donde vives ahora por motivos laborales sí que deberías cambiar tu domicilio fiscal (pues es a donde se te van a practicar las notificaciones) mediante el modelo 030 cada vez que te cambies de piso para que, tanto la Hacienda Central como las Autonómicas y Locales sepan a donde notificarte; esto es gratis y existe obligación de hacerlo, aunque no suelen ser muy exigentes con esta obligación y no ponen sanción por ello. Así mismo en el IRPF deberías poner donde vives efectivamente pues es a donde se van a dirigir, y en caso de dar con unos inquilinos despreocupados (como los que tienes) van a romper la carta y no te vas a enterar de nada hasta el último momento como ahora.

Y perdona si mis preguntas han sido demasiado directas, pero como comprenderás es necesario saber como están las cosas para poder ayudarte mejor.

Un saludo.

#8

Re: Embargo por impago de ibi

Al hacer la declaración (esa de la que te han embargado la devolución) deberias habr cambiado el domicilio (por internet son 30 segundos)
Si además estas empadronado en un sitio donde no resides (que no deberias) ¿Como narices quieres que te notifiquen?

Te puede pasar lo mismo con multas de tráfico y demás impuestos. Si en ese municipio hay impuesto de basuras puede que también lo debas y te acaben embargando nuevamente

Hay que tener los domicilios actualizados y estar empadronado donde se reside de verdad.