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Impuesto sobre herencia

14 respuestas
Impuesto sobre herencia
Impuesto sobre herencia
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#9

Re: Impuesto sobre herencia

El coeficiente a aplicar por Grupo IV es 2.0000 ( Coeficientes multiplicadores ), por eso si no aplicas este coeficiente te sale la mitad.

Saludos

#10

Re: Impuesto sobre herencia

En esto no hay opiniones , solo hace falta aplicar las tablas y las normas que tienes en el Modelo 650.

Solo tienes alguna minoración si la heredera tiene algún grado de minusvalía reconocida.

GRUPO IV • Colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños. No hay reducción

Apartado n.º 5.- APLICACIÓN DE LA TARIFA
Base Liquidable.. 798.817,20 Cuota Integra... 199.604,23 Tipo aplicable en adelante 34,00%

Apartado n.º 6.- COEFICIENTES MULTIPLICADORES

Patrimonio Preexistente De 0 a 403.000 Grupo I y II..1,0000 Grupo III...1,5882 Grupo IV.. 2,0000

Lo puedes verificar bajándote el Modelo 650.

No existe otro método que pagar el Impuesto Sucesiones según las Normas Tributarias, el problema de este coste esta en el parentesco que no tiene línea directa con el causante.

Saludos

#11

Re: Impuesto sobre herencia

OK. Efectivamente, faltaba aplicar el coeficiente 2,0000

Esto me lleva a una reflexión. Los impuestos son necesarios aunque no nos gusten, pero esto es confiscatorio... resulta un tipo medio de gravamen del 63,21 por 100 ... si no me vuelvo a equivocar.

#12

Re: Impuesto sobre herencia

Hola de nuevo a todos, ahora mismo tengo algo más de información.
Los 3000000 de euros son de una cartera de acciones.
En este caso si se vendieran las acciones que impuestos habria que pagar?

Muchas gracias

#13

Re: Impuesto sobre herencia

Las acciones se valoran según el valor al cierre de la bolsa del día del fallecimiento de la causante , si ese día no hay bolsa se toma el cierre inmediatamente anterior.

Este valor es el que se toma de Base Imponible para la Sucesión y no tiene distinción alguna con cualquier otro activo.

Las acciones heredadas toman como valor de adquisición el de la herencia (Base Imponible) sobre la que se tributo el I. Sucesiones , si se venden por el heredero es este su valor de adquisición y tendrá la plusvalía/minusvalía por la diferencia entre el valor de venta y el de adquisición , tributando en el IRPF por esta operación.

Las posibles plusvalías/minusvalías de la persona fallecida no se tienen en cuenta , es lo que se llama "la plusvalía del muerto".

Saludos

#14

Re: Impuesto sobre herencia

Muchas gracias lunático, entonces en el caso de vender las acciones habría que pagar el IRPF, de cuanto estamos hablando? Lo siento pero no tengo mucha idea

#15

Re: Impuesto sobre herencia

Si el heredero vende las acciones una vez tributado el Impuesto de Sucesiones y escrituradas a su nombre, depende del valor de venta de cada paquete de títulos y del valor escriturado de acuerdo con la Base Imponible del Impuesto Sucesiones, la diferencia puede dar una ganancia o una perdida.

Las perdidas de paquetes de títulos vendidos se pueden compensar con ganancias de otros paquetes vendido, el resultado de ganancia neta , es lo que tributa en el IRPF del vendedor.

Con la actual legislación si el periodo entre la fecha de la herencia (fallecimiento causante) y la fecha de venta , es igual o inferior al año (365 días), tributa en la Base General que tiene unas tarifas mas altas y progresivas, si deja pasar mas de un año , tributara en la Base del Ahorro que tienen menos progresividad y son mas bajas.

Ejemplo: Hereda con fecha 15/06/2013 tres paquetes de acciones - 3.000 acciones TEF - 6.000 acciones de SAN - 4.000 acciones de REP.

A la fecha fallecimiento las TEF cotizaron a 12 euros/acción, las SAN a 10 euros/acción, las REP a 20 euros/acción , la base imponible del I. Sucesiones fue de ( 36.000 + 60.000 + 80.000)= 176.000 euros por lo que liquido el Impuesto de Sucesiones.

La totalidad de las acciones se venden por el heredero el 20/04/2014 (menos del año) a los precios de TEF a 15 euros/acción , SAN a 9 euros/acción, REP a 22 euros/acción.

Tiene plusvalías con TEF y REP , compradas (herencia) por 36.000 y 80.000 , total 116.000 euros y vendidas por 45.000 y 88.000, total 133.000 euros , la plusvalía es de 17.000 euros

Tiene minusvalía con SAN , compradas (herencia) por 60.000 euros y vendidas por 54.000 euros, la minusvalía es de 6.000 euros.

Tiene una plusvalía neta a tributar de (17.000 - 6.000)= 11.000 euros, en este caso tributara en la Base General como si fueran rentas del trabajo. Si el periodo de venta supera el año desde la herencia , esta plusvalía neta tributara en la Base del Ahorro.

Saludos